Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2004 (27/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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a la fecha de su solicitud, aplicandoles la rebaja del 50% del factor de ajuste, 100% de intereses moratorios 2004 y las costas y gastos del procedimiento de ejecucion coactiva. 5.1 Condiciones 5.1.1 Cuota Inicial .- La cuota inicial sera el 20% del monto total a que asciende la deuda tributaria al momento de suscribirse el convenio de fraccionamiento y el monto de las cuotas restantes sera el resultado de dividir el saldo entre el numero de cuotas otorgadas. 5.1.2 Numero de Cuotas.- El pago fraccionado de la deuda podra realizarse hasta en un MORDAZA de veinte (20) cuotas, deducida la cuota inicial, como se detalla en el cuadro inserto. En ningun caso, la cuota mensual de fraccionamiento sera menor a S/. 50.00. 5.1.3. Fecha de vencimiento.- El plazo para el pago de las cuotas de fraccionamiento, tendra como fecha de vencimiento, el que aparezca en el compromiso de pago. 5.1.4. Tasa de Interes de Fraccionamiento.- La tasa de interes aplicable a la cuota del Fraccionamiento Especial sera el 80% de la tasa de interes moratorio (TIM), vigente a la fecha de aprobacion del fraccionamiento. Condiciones del Fraccionamiento
Periodo Monto a Fraccionar Hasta 1 UIT Hasta 30.6.04 Mas de 1 UIT hasta 4 UIT Mas de 4 UIT Cuota Inicial 20% 20% 20% Nº de Cuotas De 2 a 12 De 2 a 15 De 2 a 20 Interes de Fraccionamiento 80% de la TIM 80% de la TIM 80% de la TIM

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera.- Los contribuyentes que hasta el 30.06.2004, se encontraran en condicion de omisos o subvaluantes a la MORDAZA de la declaracion jurada del Impuesto Predial, pueden efectuarla sin pago de sancion alguna (Multa Tributaria), durante el plazo de vigencia de la presente Ordenanza, en concordancia con la Ordenanza Nº 140-MPL, que establece beneficios administrativos y tributarios con ocasion al programa de Actualizacion Catastral. Segunda.- Aquellos contribuyentes que tengan pendientes de resolver, recursos de reclamacion, reconsideracion o apelacion, deberan previamente desistirse de los procedimientos indicados, a cuyo efecto utilizaran el formato de solicitud que se les entregara gratuitamente. Tercera.- El ambito de aplicacion de la presente Ordenanza, comprende tambien, a los contribuyentes fiscalizados, de conformidad con el Art. 62º del Codigo Tributario. Cuarta.- Para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con cancelar o fraccionar la deuda en cobranza coactiva en su totalidad, con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente Ordenanza, se les condonara las Costas y Gastos del Procedimiento de Ejecucion Coactiva. Asimismo, se condonara las Costas y Gastos pendientes para aquellos vecinos que hasta la fecha de vigencia de la presente Ordenanza, hayan sido objeto de algun procedimiento coactivo sobre obligacion de hacer. Quinta.- La presente Ordenanza rige a partir de la fecha de su publicacion hasta el 16 de agosto del 2004. Sexta.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Informatica y Oficina de Ejecucion Coactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina de Comunicacion Social su difusion y a la Oficina de Administracion, su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 13929

Excepcionalmente, la Oficina de Administracion Tributaria en coordinacion con la Unidad de Recaudacion y siempre que el caso lo amerite, autorizara la disminucion de la cuota inicial y/o ampliacion del numero de cuotas. 5.2 Requisitos: 1. Firmar la Solicitud y el acuerdo de Fraccionamiento. 2. Pagar la Cuota inicial. 3. Adjuntar copias del documento de identidad del deudor tributario y cuando se trate de persona distinta al deudor, se debera acompanar poder simple con certificacion de firmas ante el fedatario de la Municipalidad. 4. Acreditar domicilio fiscal vigente. 5.3 MORDAZA de Garantias: De acuerdo a lo establecido en el Codigo Tributario vigente. 5.4 Aprobacion del Fraccionamiento La administracion tributaria aprobara el fraccionamiento de la deuda, una vez cumplidas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Ordenanza, mediante Resolucion Directoral. 5.5 Perdida del Fraccionamiento El recurrente incurrira en causal de perdida del fraccionamiento, cuando incumpla con el pago integro de dos (2) cuotas consecutivas. Producida la perdida del fraccionamiento, MORDAZA lugar a que se den por vencidos todos los plazos, siendo exigibles las cuotas de fraccionamiento pendientes de pago e intereses moratorios correspondientes, aplicandose la tasa de interes moratorio (TIM) vigente sobre el total de la deuda pendiente de pago. Asimismo, se procedera a dar inicio al procedimiento de cobranza coactiva de la deuda. La perdida del fraccionamiento se declarara mediante Resolucion Directoral. Articulo 6º.- BENEFICIO ADMINISTRATIVO Otorgar un beneficio de descuento del 80% en el monto de las multas administrativas impuestas hasta el 30 del junio del 2004, con excepcion de las multas administrativas generadas por construir sin la correspondiente autorizacion, establecida en la Ley Nº 27157, que se regira por lo dispuesto en la Ordenanza Nº 140-MPL. Los infractores que hayan efectuado pagos a cuenta por las multas administrativas en monto inferior al 20% de la misma, deberan abonar el saldo con el 80% de descuento. Para aquellos contribuyentes que a la vigencia de la presente Ordenanza hayan efectuado pagos a cuenta por el 20% del total de la multa, se considerara cancelada automaticamente; sin que esto genere devoluciones a los que hayan efectuado pagos que superen el porcentaje indicado.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumo para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 110-2004-ACSS
MORDAZA de MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; en atencion al Dictamen Conjunto Nº 005-2004-CGM/CAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 2582004-GM-MSS de fecha 20.JUL.2004 solicita poner a consideracion del Concejo Municipal el pedido de declarar en situacion de urgencia la adquisicion del insumo leche evaporada entera UHT, por el importe ascendente a S/. 88,476.84, en bolsas de 410 gramos cada, por el periodo de sesenta (60) dias, a contarse desde el 1.AGO.2004 hasta el 30.SET.2004, por ser de caracter esencial para la atencion del abastecimiento del referido programa social; Que, con Informe Nº 1152-2004-SGL-GA-GCAR-MSS de fecha 16.JUL.2004 la Subgerencia de Logistica ha informado que la operacion en la Bolsa de Productos que se encontraba a punto de llevarse a cabo a traves de la Sociedad Agente de Bolsa Wiese Sudameris, corredor de la Municipalidad, ha quedado suspendida en tanto no se subsanen las observaciones al articulo 76º de la Constitucion Politica del Peru, vertidas por el Tribunal Constitucional con-

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