Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2004 (27/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2004
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0421M02081 "Adquisicion de Oxigeno Medicinal", desde la Etapa de la Convocatoria, previa elaboracion de nuevas Bases. 2. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. 3. ENCARGAR al Organo de Control Institucional que realice la evaluacion del adecuado desempeno de los servidores o funcionarios, asi como de los miembros del Comite Especial que participaron en el presente MORDAZA de seleccion. 4. DISPONER que la Secretaria General notifique la presente Resolucion al Comite Especial de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0421M02081 y a la Gerencia Departamental Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 13843

ruana de Basketball, cuyo periodo de mandato ha sido MORDAZA en Asamblea Extraordinaria de Bases de fecha 12 de junio de 2004 hasta la fecha en que la Federacion realice el MORDAZA eleccionario al termino del Ciclo Olimpico a que se refiere la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28036, la misma que se encuentra integrada por las siguientes personas:
PRESIDENTE VICEPRESIDENTE TESORERO SECRETARIO VOCAL VOCAL VOCAL : : : : : : : MORDAZA FERREYROS SEGUIN MORDAZA MORDAZA CUSSIANOVISH MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MONJES MORDAZA MORDAZA MOSCA CORRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS MIER Presidente 13944

OSITRAN INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Reconocen a la Junta Directiva de la Federacion Deportiva Peruana de Basketball cuyo mandato ha sido MORDAZA hasta que se realice MORDAZA eleccionario
RESOLUCION Nº 333-2004-P/IPD
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2004 Visto los Oficios Nºs. 117 y 136-FPB-2004 y anexos de fechas 2 y 15 de MORDAZA de 2004, respectivamente, con Registro Nº 008806; y, CONSIDERANDO: Que, con los oficios del exordio, la Federacion Deportiva Peruana de Basketball solicita el reconocimiento de la Junta Directiva cuyo mandato ha sido MORDAZA segun el Acta de Asamblea Extraordinaria de Bases de fecha 12 de junio de 2004, para cuyo efecto acompana la documentacion pertinente; Que, en el Acta de Asamblea Extraordinaria de Bases de fecha 12 de junio de 2004, se senala que la Federacion Deportiva Peruana de Basketball presidida por el senor MORDAZA Ferreyros Seguin tuvo un periodo de mandato comprendido del 16 de junio de 2000 al 16 de junio de 2004; Que, segun la referida Acta se aprobo entre otros, el siguiente Acuerdo: "aceptar y aprobar por unanimidad que se amplia el mandato del actual Consejo Directivo hasta la fecha en que la Federacion realice el MORDAZA eleccionario al termino del Ciclo Olimpico que concluye el presente ano; de acuerdo a Ley"; Que, de conformidad con el articulo 11º numeral 8) de la Ley Nº 28036, es atribucion del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, expedir las Resoluciones de Reconocimiento de las Juntas Directivas electas de las Federaciones Deportivas Nacionales; Que, a la fecha se encuentra en MORDAZA la conformacion del Consejo Directivo del IPD y siendo indispensable la continuidad de la marcha administrativa de las Federaciones Deportivas Peruanas, resulta necesario expedir la Resolucion de Reconocimiento de la Junta Directiva recurrente, cuyo mandato ha sido MORDAZA en Asamblea Extraordinaria de Bases de fecha 12 de junio de 2004; Con los visados de la Direccion Nacional de Deporte de Afiliados, Secretaria General y Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM; Con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Reconocer, a partir del 17 de junio de 2004, a la Junta Directiva de la Federacion Deportiva Pe-

Aprueban Tarifas Maximas del Terminal Portuario de Matarani
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 030-2004-CD/OSITRAN MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2004 El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico OSITRAN; VISTOS: El Estudio final de Revision de Tarifas Maximas del Terminal Portuario de Matarani version 3.0, presentado por la Gerencia de Regulacion ante el Consejo Directivo en su sesion de fecha 21 de MORDAZA de 2004 y el Informe Legal Nº 069-04-GAL-OSITRAN presentado por la Gerencia de Asesoria Legal; CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del articulo 3º de la Ley de Supervision de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, aprobada mediante Ley Nº 26917, establece que OSITRAN tiene como mision regular el comportamiento de los mercados en los que actuan las Entidades Prestadoras, con la finalidad de cautelar en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los Inversionistas y de los Usuarios para garantizar la eficiencia en la explotacion de la Infraestructura de Transporte de Uso Publico; Que, OSITRAN ejerce su funcion reguladora con relacion a las empresas publicas y privadas que explotan con titularidad legal o contractual, la infraestructura de transporte de uso publico; Que, el literal b) del numeral 7.1 del articulo 7º de la referida Ley, atribuye a OSITRAN la funcion de operar el sistema tarifario de la infraestructura bajo su ambito, fijando las tarifas correspondientes en los casos en que no exista competencia en el MORDAZA y velando por el libre funcionamiento del MORDAZA en el caso que si exista competencia en este; Que, el literal b) del numeral 3.1 del articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, aprobada por Ley Nº 27332, senala que la funcion reguladora de los Organismos Reguladores, comprende la facultad de fijar tarifas de los servicios bajo su ambito; Que, con el fin de promover el beneficio de los usuarios por la via de una mayor competencia, OSITRAN somete a la aplicacion del Reglamento MORDAZA de Acceso a la infraestructura de transporte de uso publico, la determinacion de los Cargos de Acceso, que constituyen la contraprestacion que MORDAZA los usuarios intermedios por la utilizacion de dicha infraestructura calificada como Facilidad Esencial;

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