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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (08/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G35/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 8 de junio de 2004 da en los Centros de Servicios al Contribuyente o depen- dencias de la SUNAT, la constancia de rechazo será sella- da y entregada a la persona que realiza la presentación de la solicitud. Artículo 11º.- RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD Y SUS EFECTOS Los resultados de la evaluación de la Solicitud de Modi- ficación y/o Inclusión de Datos serán notificados al deudortributario o su representante legal acreditado en el RUC, teniendo en cuenta los medios de notificación a que se re- fiere el artículo 104º del Código Tributario. Adicionalmente,el deudor tributario podrá consultar dicha información a tra- vés de SUNAT Virtual. De aprobarse la referida solicitud, los datos se modifi- carán y/o incluirán desde la fecha de la presentación de los formularios por los que se ingresó la solicitud. CAPÍTULO III COMUNICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS QUE NO FIGUREN REGISTRADOS EN LOS SISTEMAS DE LA SUNAT Artículo 12º.- REQUISITOS Para comunicar el cumplimiento de la presentación de formularios que no figuren registrados en los sistemas de la SUNAT, el deudor tributario o su representante legal acre- ditado en el RUC deberá cumplir con lo siguiente, en ladependencia que le corresponda. 1) Presentar:a) Un escrito firmado por el deudor tributario o su re- presentante legal acreditado en el RUC, indicando el nú-mero del formulario no registrado, la fecha de presentación y su número de orden o número de operación, según sea el caso, así como el nombre de la agencia o sucursal yentidad bancaria o dependencia de la SUNAT en la que se presentó; y, b) Copia simple del formulario físico o de la constancia de presentación del Formulario Virtual, no registrado en elsistema de la SUNAT. En la copia del formulario físico se deberá distinguir de manera clara y legible el sello de re- cepción de la SUNAT y/o de la agencia o sucursal de la entidad bancaria receptora. 2) Exhibir el documento de identidad original vigente del deudor tributario o de su representante legal acredita-do en el RUC, según corresponda. En caso el trámite de la comunicación antes menciona- da sea realizado por una persona distinta al deudor tributa- rio o su representante legal acreditado en el RUC, deberá exhibir, además de lo indicado en los puntos 1 y 2, su do-cumento de identidad original vigente. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA .- FORMULARIO ANTERIOR Déjese sin efecto el Formulario Nº 1093 “Solicitud de Modificación de Datos/Comunicación de presentación de formularios”. SEGUNDA .- DEROGACIÓN DE NORMAS Derógase la Resolución de Superintendencia Nº 089- 95/SUNAT y modificatorias. TERCERA .- REFERENCIAS AL FORMULARIO AN- TERIOR Cualquier mención al Formulario Nº 1093 “Solicitud de Modificación de Datos/Comunicación de presentación deformularios”, se entiende referida al Formulario Virtual 1693 “Solicitud de Modificación y/o Inclusión de Datos” o a los documentos a que se refiere el artículo 12º, según el caso. CUARTA.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia al día si- guiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado , se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además al siguiente correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una líneapor celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G39/G39/G39