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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (08/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G39/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 8 de junio de 2004 Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione la participación del mencionado funcionario, por conceptode pasajes US$ 388.55, viáticos US$ 600.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28.00, serán cubiertos por el Plie- go Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores,debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comi- sión. Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las referidas reuniones, el citado funcionario deberá presentar anteel señor Ministro de Relaciones Exteriores un infor- me de las acciones realizadas durante el viaje auto- rizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da de- recho a exoneración ni liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 10814 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G41/G6E/G74/GE1/G72/G74/G69/G63/G6F/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 INSTITUTO ANTÁRTICO PERUANO (INANPE) RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0027-2004-RE Lima, 24 de mayo de 2004 VISTOS: El Memorándum (ADM) Nº 042 de fecha 19 de mayo de 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 0020-2004/ INANPE de fecha 26 de abril de 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto An- tártico Peruano para el año 2004; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes antes mencionado se incluye un proceso de adjudica- ción directa selectiva para la adquisición de equiposinformáticos por un valor de US$ 22,000.00 (Veintidós mil y 00/100 Dólares Americanos); Que, mediante documento de vistos, se informa que la necesidad de adquisición de equipos de cómputo se ha visto reducida, por cuestiones de índole presupuestal que afectan la programación para la contratación depersonal durante el presente ejercicio fiscal, por lo que es de entenderse que la necesidad de adquisición de estos equipos se vea reducida, dado que la adquisiciónde equipos adicionales significaría su almacenamiento por tiempo indefinido; Que, el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en su inciso a. dispone que el Plan Anual contendrá obligatoriamen- te las licitaciones públicas, concursos públicos,adjudicaciones directas públicas y adjudicaciones direc- tas selectivas a realizarse en el año fiscal y que opcio- nalmente podrá incluirse información relativa a las adju-dicaciones de menor cuantía; Que, el último párrafo del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM dispone que el Plan Anual podrá ser modificado de con- formidad con la asignación presupuestal o en caso dereprogramación de metas propuestas;Que, el artículo 8º del mismo cuerpo legal, dispone que las inclusiones y exclusiones de los procesos de se-lección, serán comunicadas a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa (PROMPYME) y el Con- sejo Superior de Contrataciones del Estado (CONSU-CODE) en un plazo máximo de diez (10) días hábiles; Que, el punto 7. de las Disposiciones específicas de la Directiva Nº 005-2003/CONSUCODE/PRE disponeque el instrumento que aprueba la modificación del PAAC deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez días hábiles de su aprobación; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Antártico Peruano, aprobado mediante De- creto Supremo Nº 107-2003-RE en el inciso d) del ar-tículo 13º, dispone que el Presidente del Consejo Di- rectivo ejerce la Titularidad del Pliego del Presupues- to de la Entidad; De conformidad con lo establecido Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM Reglamento del TUO de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y el Decreto Supre- mo Nº 107-2003-RE Reglamento de Organización yFunciones del Instituto Antártico Peruano y la Directiva Nº 005-2003/CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondien- te al año 2004, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución, excluyendo el proceso deadquisición de equipos de cómputo, al cambiar su mo- dalidad de Adjudicación Directa Selectiva a Adjudicación de Menor Cuantía por reducción en el valor referencialde la adquisición de US$ 22,000.00 (Veintidós mil y 00/100 Dólares Americanos) a US$ 9,900.00 (Nueve mil novecientos y 00/100 Dólares Americanos). Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez días hábilessiguientes a su aprobación, así como remitir, dentro del mismo plazo, copia de la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO- DE y la Comisión de Promoción de la Pequeña y Mi- croempresa - PROMPYME. Artículo Tercero.- Poner a disposición de los intere- sados el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones en las oficinas del Instituto Antártico Peruano, sito en Jr.Lampa Nº 545, 7mo. Piso y en la página web de la enti- dad. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO DE ZELA Presidente del Consejo Directivo del 10815 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/G72/G65/G63/G75/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F /G64/G65/G20/G52/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G46/G72/G65/G63/G75/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G4D/G6F/G64/G75/G2D /G6C/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G2D/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61/G2C/G20/G4D/G6F/G71/G75/G65/G67/G75/G61/G2C/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G2C/G54/G75/G6D/G62/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 082-2004-MTC/03 Lima, 3 de junio de 2004