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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (10/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G30/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de junio de 2004 NÚMERO DE RESOLUCIÓN FECHA SE RESUELVE del 2002, infracción tipificada en el inciso 10 artículo 76º del D.L.25977 - Ley General de Pesca. R.D. Nº 082 -2004-PRODUCE/DINSECOVI 12-Abr-04 Sancionar a Austral Group S.A.A., con multa ascendente a 0.5 Unidades Imposi- tivas Tributarias (UIT) , por haber proporcionado información incorrecta a las au- toridades, infringiendo el inciso 10 del artículo 76º de la Ley General de Pesca yconforme a la sanción prevista por el código 25 del artículo 41º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE R.D. Nº 083 -2004-PRODUCE/DINSECOVI 12-Abr-04 Sancionar a Compañía Pesquera Cantabria S.A., con multa ascendente a 0.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) , por haber proporcionado información in-correcta a las autoridades, infringiendo el inciso 10 del artículo 76º de la Ley General de Pesca, y conforme a la sanción prevista por el código 25 del artículo 41º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE R.D. Nº 084 -2004-PRODUCE/DINSECOVI 12-Abr-04 Sancionar a Compañía Pesquera Exalmar S.A., con multa ascendente a 0.5 Uni- dades Impositivas Tributarias (UIT) , por haber proporcionado información inco- rrecta a las autoridades, infringiendo el inciso 10 del artículo 76º de la Ley Gene- ral de Pesca, y conforme a la sanción prevista por el código 25 del artículo 41º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE R.D. Nº 085-2004-PRODUCE/DINSECO VI 12-Abr-04 Sancionar a Compañía Pesquera del P acífico Centro S.A., con multa ascendente a 0.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) , por haber proporcionado informa- ción incorrecta a las autoridades, infringiendo el inciso 10 del artículo 76º de laLey General de Pesca, y conforme a la sanción prevista por el código 25 del artículo 41 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE R.D. Nº 086 -2004-PRODUCE/DINSECOVI 12-Abr-04 San cionar a Alexandra S.A.C., con multa ascendente A 0.5 unidades Impositi- vas Tributarias (UIT) , por haber en uso de las facultades conferidas por incisoa) del artículo 147º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, e inciso b) del artículo 18º del Reglamento de Inspecciones y del procedimiento Sancionador de las infracciones en lasactividades pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-PE R.D. Nº 087 -2004-PRODUCE/DINSECOVI 12-Abr-04 Sancionar a pesquera EXALMAR S.A., con multa ascendente A 0.5 unidades Impositivas Tributarias (UIT) , por haber proporcionado información incorrecta alas autoridades, infringiendo el inciso 10 del artículo 76º de la Ley General de Pesca, y conforme a la sanción prevista por el código 25 del artículo 41º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE R.D. Nº 088 -2004-PRODUCE/DINSECOVI 12-Abr-04 Sancionar a Grupo de Negocios Paita S .A.(GRUNEPA), con multa ascendente 0.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) , por haber proporcionado información incorrecta a las autoridades, infringiendo el inciso 10 del artículo 76º de la Ley General de Pesca, y conforme a la sanción prevista por el código 25 del artículo 41º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE R.D. Nº 089 -2004-PRODUCE/DINSECOVI 12-Abr-04 S ancionar a PESQUERA HARINAS ESPECIALES S.A.C., con multa ascen- dente a 0.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) , por haber proporcionado información incorrecta a las autoridades, infringiendo el inciso 10 del artículo76º de la Ley General de Pesca, y conforme a la sanción prevista por el código 25 del artículo 41º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-PE R.D. Nº 090-2004-PRODUCE/DINSECOVI 12-Abr-04 Sancionar a la empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., con multa ascendente a 0.41Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por procesar recur- so de anchoveta en tallas menores a las permitidas infringiendo lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 76º del Decreto Ley 25977 - Ley General de Pesca R.D. Nº 091-2004-PRODUCE/DINSECOVI 12-Abr-04 Sancionar a empresa PESQ UERA ALEJANDRIA S.A.C, armador de la E/P “ALE- JANDRIA III” de matrícula Nº CO-3514-PM, con una multa ascendente 2.40 Uni- dades Impositivas Tributarias (UIT), por extraer el recurso de anchoveta tallas menores a las permitidas infringiendo lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 76º de la Ley General de Pesca R.D. Nº 92-2004-PRODUCE/DINSECOVI 16-Abr-04 Sancionar al señor MAXIMO TEJADA BANCES, armador DE LA E/P “MI ABRA- HAM”, de matrícula Nº PL-20292-CM, con multa ascendente 0.20 Unidades Im- positivas Tributarias (UIT), por haber cometido infracción tipificada en el inciso 2del artículo 76º de la Ley General de Pesca D.l. 25977 que describe como infrac- ción extraer producto hidrobiológico no autorizado R.D. Nº 93-2004-PRODUCE/DINSECOVI 16-Abr-04 Sancionar la empresa REPRESENTACIONES CHAVEZ S.A, armador de la E/P “PIRATA”, de matrícula Nº CE-2792-CM, con tres días de suspensión efectivasde pesca, por haber cometido infracción establecida en el artículo 134º numeral 28 del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE Reglamento de la Ley General de Pes- ca modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2003-PRODUCE que tipifica comoinfracción no emitir señal de posicionamiento GPS del SISESAT sin causa justi- ficada o impedir o distorsionar por cualquier medio o acto la transmisión u opera- tividad de lo equipos del sistema indicado R.D. Nº 094-2004-PRODUCE/DINSECO VI 16-Abr-04 Sancionar al señor EUGENIO CONSTANTINO LUNA BAZALAR, armador de la embarcación pesquera “ZOILA ROSA” de matrícula Nº CE-19852-CM, con multa ascendente a 1.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por extraer recurso de anchoveta en tallas menores a las permitidas infringiendo lo dispuesto en el inci- so 3 del artículo 76º del Decreto Ley 25977 - Ley General de Pesca R.D. Nº 95-2004-PRODUCE/DINSECOVI 16-Abr-04 Sancionar a PESQUERA VELEVIT S.A., armador de la embarcación pesquera “ZDENKA B”, de matrícula Nº CE-0216-PM, con una multa de 6.25 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por haber extraido el recurso anchoveta dentro de lazona reservada de las 5 millas marinas el 20 de octubre del 2001 infringiendo lo dispuesto en el inciso 2 del Art. 76 de la Ley General de Pesca, y conforme a la sanción prevista por el código 2 del artículo 41º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE