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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (10/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G30/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de junio de 2004 se determinará según el procedimiento previsto en el Plie- go; (iv) Las condiciones que deberá incluir la oferta de ca- rácter irrevocable; y, (v) La Tarifa aplicable. La intención de realizar la Ampliación es de carácter preliminar y se encuentra sujeta a la condición de que elConcesionario reciba ofertas de carácter irrevocable deContratación del Servicio Firme que aseguren la factibi- lidad de la Ampliación, tomando en cuenta tanto los aspec- tos técnicos como económicos y financieros. Los interesados dentro de los veinte (20) días calenda- rio de recibida la notificación que exhibe la decisión delConcesionario de realizar la Ampliación Propuesta, debe-rán presentar a éste su oferta de carácter irrevocable de contratación de Capacidad de Transporte. Las ofertas de carácter irrevocable, en las que el plazo, los Puntos de Recepción y/o Entrega o las cantidades so-licitadas, no coincidan con los previamente establecidosen las Solicitudes de Capacidad originales, podrán no serconsideradas por el Concesionario. Se tendrá por desistida la Solicitud de Capacidad del intere- sado, si transcurrido el plazo antedicho único e improrrogable, elConcesionario no hubiese recibido la oferta de carácter irrevoca-ble respectiva. En ese caso el Concesionario podrá ofrecer laCapacidad de Transporte no aceptada por el interesado respecti-vo a los demás interesados en la forma que establezca al definir el criterio de asignación de la capacidad. f.2.b) Rechazo o Modificación de la Ampliación Pro- puesta: En caso que se decidiese no realizar totalmente la Ampliación Propuesta, el Concesionario podrá proponer a los interesados alternativas que tornen viable la Amplia-ción. En caso que algún interesado desistiese de su Solici- tud de Capacidad o no aceptase la alternativa propuesta,el Concesionario podrá modificar su proyecto y eventual- mente cambiar total o parcialmente su decisión. f.2.c) Modificación de las condiciones de la Ampliación Propuesta Ofertada: En caso de modificarse las condiciones de la Amplia- ción Propuesta ofertada, el Concesionario otorgará a los Solicitantes un plazo de diez (10) días para evaluar lasnuevas condiciones y presentar una nueva oferta de ca-rácter irrevocable. Al cabo de dicho plazo evaluará las nue-vas ofertas de carácter irrevocable y adjudicará la capaci-dad dentro de los treinta (30) días calendario, o de ser el caso, presentará a los Solicitantes nuevas condiciones. g) Adjudicación: g.1) Capacidad Disponible y capacidad proveniente de Ampliaciones: El Concesionario deberá notificar al OSINERG y a los Solicitantes que hubiesen participado de la Oferta Públicamediante la presentación de una Solicitud de Capacidad,la adjudicación final de dichas capacidades. g.2) Capacidad proveniente de Ampliaciones Propues- tas: Dentro de los quince (15) días posteriores a la recepción de las ofertas de carácter irrevocable, el Concesionario notificará losresultados de la adjudicación de la Capacidad de Transporte de Servicio Firme resultante de la Ampliación a: (i) Los Solicitantes que resultaron adjudicatarios; (ii) Los Solicitantes que no hubieran recibido asigna- ción, indicándoles que sus ofertas han quedado sin efectoy que se encuentran liberados de cualquier obligación que surja de las mismas; y, (iii) OSINERG. g.3) Reemplazo o retiro de la oferta de carácter irrevo- cable: El Solicitante, al que se le haya adjudicado una capaci- dad inferior a la solicitada, deberá reemplazar la oferta decarácter irrevocable presentada originalmente por una nue- va que indique la capacidad realmente asignada o retirarla.h) Objeciones al Proceso de Oferta Pública: En caso de existir objeciones al proceso de Oferta Pú- blica, éstas serán resueltas de acuerdo a lo previsto en las normas que sobre la materia expida el OSINERG. i) Finalización del proceso y publicación de resulta- dos: Una vez notificadas las adjudicaciones de Servicio Fir- me se firmarán los Contratos de Transporte respectivos y se dará por cerrado el proceso de Oferta Pública. Los resultados del proceso de la Oferta Pública debe- rán ser publicados en la página web del Concesionario ydel OSINERG, cuando menos por un período de sesenta(60) días calendario, contados a partir de la fecha de con- cluido el referido proceso. El Concesionario solicitará la aprobación de la Autori- dad Competente para construir y poner en operación lasinstalaciones que se requieran para brindar el servicio ad-judicado, quedando sujeta la fecha de inicio de la presta-ción del Servicio de Transporte a la obtención de las apro- baciones y autorizaciones por parte de la Autoridad Com- petente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Ámbito de Aplicación. Las presentes Disposiciones Complementarias serán de aplicación de manera exclusiva a los Concesionariosque a la fecha de vigencia de la presente norma cuentancon Contrato de Concesión de Transporte suscrito al am-paro de la Ley Nº 27133, Ley de Promoción del Desarrollode la Industria del Gas Natural. Segunda.- Restricciones al Libre Acceso. Respecto a las restricciones al Libre Acceso, serán de aplicación las previstas en el Contrato de Concesión, apro-bado mediante Resolución Suprema Nº 101-2000-EM. Tercera.- Cesión de Capacidad de Transporte. Los Usuarios del Sistema de Transporte comprendido en un Contrato de Concesión suscritos al amparo de laLey de Promoción, no podrán efectuar transferencias decapacidad mientras se encuentre vigente la Garantía pre-vista en la citada Ley de Promoción. Cuarta.- Ofertas Semestrales. Las presentes Condiciones Generales serán de aplica- ción a las ofertas semestrales de capacidad que realiceTransportadora de Gas del Perú S.A. y Gas Natural de Limay Callao S.R.L., de acuerdo a sus respectivos Contratos BOOT de Concesión, durante la vigencia de la Garantía otorgada por la Ley de Promoción y su reglamento, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 040-99-EM. Durantedicho período, el Servicio Interrumpible se contratará si-multáneamente al proceso de Oferta Pública. Quinta.- Nueva demanda. De acuerdo a lo previsto en los Contratos BOOT de Concesión suscritos al amparo de la Ley de Promoción ysu reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº040-99-EM, se entenderá como "nueva demanda" a lasCapacidades Reservadas Diarias resultantes del proceso de Oferta Pública. Sexta.- Derecho de Transformación. Los Usuarios con Contrato de Transporte de Servicio Interrumpible pueden ejercer el derecho de transformar, totalo parcialmente, su servicio en uno de Servicio Firme, para lo cual deberá seguirse el siguiente procedimiento: a) En el caso que la suma de las Cantidades Máximas Dia- rias vigentes más las Solicitudes de Capacidad y las solicitu- des de Servicio Interrumpible supere la Capacidad de Trans-porte, los Concesionarios deberán, antes de la asignación de-finitiva de capacidad, notificar a los Usuarios con Contratos deServicio Interrumpible vigentes, la existencia de Solicitudes deCapacidad de Servicio Firme y de Servicio Interrumpible a los efectos de que puedan ejercer su derecho de transformación. b) Notificados los usuarios de conformidad a lo dis- puesto en el inciso precedente tendrán un plazo de cinco(5) días para presentar sus pedidos de transformación aServicio Firme. c) Presentadas las nuevas Solicitudes de Capacidad, los Concesionarios asignarán a los Usuarios que hubie-