Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2004 (10/06/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 10 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 270095 Pag. 27095

Que, en aplicacion del Articulo 9º literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MK AIRLINES LIMITED, de acuerdo al MORDAZA de reciprocidad, Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (4) anos contado a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo No Regular de carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. ZONAS y/o PUNTOS DE OPERACION: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA, CUARTA Y MORDAZA LIBERTADES DEL AIRE: DESDE PUNTOS EN LA REPUBLICA DE GHANA, VIA PUNTOS INTERMEDIOS EN MORDAZA, LUXEMBURGO, LIEGE, HANN, AMSTERDAM, MANSTON, MORDAZA, PRESTWICK, BANGOR, TORONTO, HALIFAX, MORDAZA, HUNTSVILLE, MIAMI, GUATEMALA Y MORDAZA DE PANAMA, A MORDAZA Y/O IQUITOS Y/O MORDAZA Y VV. MATERIAL AERONAUTICO: - DC-8-63F

nautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea. Articulo 5º.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de MK AIRLINES LIMITED: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6º.- MK AIRLINES LIMITED, queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9º.- MK AIRLINES LIMITED, debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los Articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- MK AIRLINES LIMITED queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a MK AIRLINES LIMITED, queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de Ghana, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese.

BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Kotoka - Accra, Republica de Ghana. SUBBASES DE OPERACION: - Miami International Airport - Miami, USA. - Huntsville International Airport - Huntsville, USA. - La MORDAZA - Guatemala, Guatemala. - Aeropuerto Internacional de Tocumen - Panama, Panama. - Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA - Callao, Peru. - Aeropuerto Crnl. MORDAZA Secada V. - Iquitos, Peru. - Aeropuerto Capitan FAP MORDAZA MORDAZA Pinillos - MORDAZA, Peru. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a MK AIRLINES LIMITED, deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En relacion al Peru, en los casos que MK AIRLINES LIMITED, realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos autorizados, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Articulo 4º.- MK AIRLINES LIMITED, esta obligada a presentar mensualmente a la Direccion General de AeroWILSON BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 10641

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen cese de la Jueza Titular del Juzgado de Paz Letrado de Brena, del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 119-2004-CE-PJ
MORDAZA, 2 de junio del 2004 VISTOS: El Certificado de Defuncion expedido por la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo, y el Informe Nº 015-2004GPEJ-GG-PJ, emitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al fallecimiento de la Magistrada MORDAZA Veridiana Nonunca MORDAZA, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Brena, del Distrito Judicial de Lima; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.