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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (10/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G30/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de junio de 2004 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 425-2004 MTC/02 Lima, 8 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia-rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex-cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguengastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los via-jes al exterior del país en comisión de servicios, estable-ciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos seránaprobados por resolución suprema refrendada por el Pre-sidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepción de los sectores de Rela- ciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así comode la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministe-rio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso seaprobarán por resolución del Titular del Pliego correspon-diente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspec- ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba- sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, la empresa Cielos del Perú S.A., con Carta GOP- 105-2004-CDP, del 18 de mayo del 2004, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Di- rección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Per-sonal), establecido en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC,solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec- tuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equi- po DC-10, a sus tripulantes técnicos Fernando Castro, Ri-cardo Balarezo y José Herrada, en la ciudad de Minneapo-lis, durante el día 11 de junio del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 10438, 10439, 10441 y 10442, la solicitante ha cum- plido con el pago del derecho de tramitación corres- pondiente al Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Ordenes deInspección Nºs 0774-2004-MTC/12.04-SDO y 0775-2004-MTC/12.04-SDO designando a los Inspectores Ricardo Rafael Pazos Raygada y Elías Ellard Robles Stambury, res- pectivamente, para realizar los chequeos técnicos en si-mulador de vuelo del equipo DC-10 al personal aeronáuti-co propuesto por la empresa Cielos del Perú S.A., en laciudad de Minneapolis, Minnesota, Estados Unidos deAmérica, durante los días 10 al 12 de junio del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je de los referidos Inspectores de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcio-nes que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pue-dan realizar los chequeos técnicos en simulador de vueloa que se contraen las Ordenes de Inspección Nºs 0774- 2004-MTC/12.04-SDO y 0775-2004-MTC/12.04-SDO;De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Ricardo Rafael Pazos Raygada y Elías Ellard Robles Stambury, Ins-pectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudadde Minneapolis, Minnesota, Estados Unidos de América, durante los días 10 al 12 de junio del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Reso-lución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Cielos del Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nº 10438, 10439, 10441 y 10442, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, incluyendo las asignaciones por conceptode viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo alsiguiente detalle : Viáticos (por dos inspectores) US$ 1, 320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 (por dos inspectores) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspecto- res mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un in-forme al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Ge-neral de Administración del Ministerio de Transportes yComunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10895 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G4D/G4B/G20/G41/G69/G72/G6C/G69/G6E/G65/G73/G20/G4C/G69/G6D/G69/G74/G65/G64/G20/G50/G65/G72/G6D/G69/G2D /G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G2D/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G20/G6E/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G2D/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 072-2004-MTC/12 Lima, 24 de mayo del 2004 Vista la solicitud de MK AIRLINES LIMITED, sobre Per- miso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Inter-nacional No Regular de carga. CONSIDERANDO: Que, con Solicitud de Registro Nº 2003-014341 del 1 de julio del 2003, precisado con Documento de Registro Nº 036728 del 9 de julio del 2003, MK AIRLINES LIMITED requiere el otorgamiento de un Permiso de Operación paraprestar un Servicio de Transporte Aéreo Internacional NoRegular de carga; Que, según los términos del Memorándum Nº 0349- 2003-MTC/12.OAL, Memorándum Nº 0334-2004-MTC/ 12.AL, emitidos por la Asesoría Legal, Memorándum Nº 0217-2004-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguri-dad Aérea y; Memorándum Nº 556-2003-MTC/12, emitidopor la Asesoría de Política Aérea; se considera pertinenteatender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con loestablecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronáutica de la República de Gha- na, ha autorizado a MK AIRLINES LIMITED, realizar Ser-vicios de Transporte Aéreo No Regular Internacional decarga, y; se compromete a aplicar el principio de reciproci-dad en la oportunidad que las aerolíneas peruanas deseen operar un servicio similar a la República de Ghana;