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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G30/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de junio de 2004 MINCETUR /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G46/G6F/G6E/G2D /G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G54/G75/G72/GED/G73/G2D /G74/G69/G63/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G6A/G75/G6E/G69/G6F /G32/G30/G30/G34/G20/G2D/G20/G6A/G75/G6E/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2004-MINCETUR/DM Lima, 9 de junio de 2004 Visto el Oficio Nº (OPE-PTU) Nº2-14/16, del Ministro de Relaciones Exteriores, los Oficios Nºs. 534-2004-EF/ 13, y 558-2004-CND/ST, del Ministerio de Economía y Fi- nanzas y del Consejo Nacional de Descentralización, res-pectivamente, así como las propuestas formuladas por laCámara Nacional de Turismo y las entidades gremiales re-presentativas de los establecimientos de hospedaje y afi-nes, las agencias de viajes y operadores turísticos y las líneas aéreas; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27889 se crea el "Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional" para financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo a nivel nacional; asimismo, se creacomo uno de los recursos de dicho Fondo, el ImpuestoExtraordinario para la Promoción y Desarrollo TurísticoNacional; Que, la administración de los recursos de dicho Fondo está a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para cuyo efecto cuenta con un Comité Especial encarga-do de proponer el Plan Anual de Promoción y DesarrolloTurístico Nacional; el cual está integrado por el Ministro deComercio Exterior y Turismo, quien lo preside, y por repre-sentantes del sector público y del sector turístico privado; Que, por Resolución Ministerial Nº 062-2003-MINCE- TUR/DM, del 27 de febrero del 2003, se designó a los miem-bros integrantes del Comité Especial; designación que esnecesario actualizar en cumplimiento del artículo 11º delDecreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR, Reglamentode la Ley Nº 27889, antes citada, el cual dispone que el cargo de miembro del Comité Especial tiene una duración de un año, que puede ser renovada mediante la Resolu-ción correspondiente; Que, los organismos del sector público han comunica- do la designación de sus representantes; asimismo, lasentidades del sector privado han formulado las propuestas correspondientes; razón por cual procede establecer la conformación del Comité Especial para el período junio2004 - junio 2005, referido en el segundo considerando dela presente Resolución Ministerial, designando a la vez alos representantes del sector privado de acuerdo a las pro-puestas que han sido presentadas; En cumplimiento de la Ley Nº 27889, Ley que crea el "Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional"y el Impuesto Extraordinario como recurso de dicho Fon-do, y los artículos 7º y 11º de su Reglamento aprobado porDecreto Supremo 007-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El Comité Especial del "Fondo para la Promo- ción y Desarrollo Turístico Nacional", para el período junio 2004- junio 2005, estará conformado por los siguientes miembros: - Ministro de Comercio Exterior y Turismo, quien lo pre- side; - Viceministro de Turismo; - Señor Carlos Valderrama Bocanegra, representante del Ministerio de Economía y Finanzas; - Señora Marcela López Bravo, Embajadora en el Servi- cio Diplomático de la República, representante del Ministe-rio de Relaciones Exteriores; - Señor Yehude Simon Munaro, Presidente de la Región Lambayeque, representante del Circuito Turístico Norte- NorOriental; - Señor Daniel Ernesto Vera Ballón, Presidente de la Región Arequipa, representante del Circuito Turístico Sur; - Señor Miguel Angel Mufarech Nemy, Presidente de la Región Lima, representante del Circuito Turístico del Cen- tro;- Gerente General de PROMPERU; - Señor Luis Alberto Aparicio Latorre, representante del Proyecto Especial Plan COPESCO; - Señor Jaime Daly Arbulú, representante de la Cámara Nacional de Turismo - CANATUR; - Señora Liliana Picasso Salinas, representante de los establecimientos de hospedaje y afines; - Señora Margarita Revilla Calvo, representante de las agencias de viajes y operadores turísticos; y, - Señora Patricia Siles Alvarez, representante de las líneas aéreas. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolución a los interesados, organismos y entidades correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 10984 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 169-2004-MINCETUR/DM Mediante Oficio Nº 533-2004-MINCETUR/SG el Minis- terio de Comercio Exterior y Turismo solicita se publique Fede Erratas de la Resolución Ministerial Nº 169-2004-MINCE-TUR/DM, publicada en la edición del 6 de junio de 2004. En el artículo 2º donde consta el nombre del encargado: DICE:Artículo 2º.- Encargar ... Juan José Castañeta Carrillo de Albornoz, ... DEBE DECIR: Artículo 2º.- Encargar ... Juan José Gastañeta Carrillo de Albornoz, ... 10922 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 /G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G63/G61/G6D/G62/G69/G61/G72/G20/G65/G78/G70/G65/G72/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G2D /G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73/G20/G6D/G75/G74/G75/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 246-2004-DE/SG Lima, 9 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingresode Tropas Extranjeras en el Territorio de la República", es- tablece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por ra-zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgadamediante Resolución Suprema, en la que se debe especi-ficar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanen- cia en el territorio peruano; Que, con Oficio G.100-1139 de fecha 10 de mayo del 2004, el Secretario del Comandante General de la Marina,comunica a la Secretaría General del Ministerio de Defen-sa, que la Marina de Guerra ha emitido opinión favorable para que se gestione la autorización de ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, de personal militarde la Armada de Chile, del 10 al 16 de junio del presenteaño, con la finalidad de intercambiar experiencias profesio-nales de interés mutuo, lo que a su vez contribuirá al forta-lecimiento de las relaciones de cooperación y amistad en- tre ambas Instituciones Armadas; y, De conformidad con la Ley Nº 27856;