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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G37/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 17 de junio de 2004 por Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM, en concordancia con el numeral 51.7 del artículo 51º del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, el Despacho Presidencial es un organismo público descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Informe Legal Nº 045-2004-DP/GER.LEG emiti- do por el Gerente Legal del Despacho Presidencial, indica que el Secretario General del Despacho Presidencial le haremitido el documento signado con el nombre de “Oficio Nº 005 P.D.L.R.-04”, dirigido al señor Domingo Camarena Hua- mán de la Municipalidad Distrital de Curicaca, provincia deJauja, departamento de Junín en el cual se ha hecho uso indebido tanto de su nombre como del cargo que ostenta; Que, el indicado documento contiene sello y firma del Secretario General de la Presidencia de la República, que no ha sido emitido o efectuado por éste evidenciándose su falsedad. Asimismo, el documento ha cambiado el apellidomaterno del Secretario General de la Presidencia de la República, utilizándose un papel membretado apócrifo que no corresponde a la documentación usual de la instituciónagraviada; Que, el mencionado Informe Nº 045-2004-DP/GER.LEG recomienda el inicio de las acciones legales correspon-dientes, contra las personas que resulten implicadas en la emisión y suscripción del presunto documento falso; Que, en tal sentido, resulta pertinente en resguardo del interés público autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales quecorrespondan; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicialdel Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modifi- cado por la Ley Nº 27779 y el Reglamento de Organizacióny Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judicia-les que correspondan contra los que resulten responsa- bles por los hechos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al mencionado Procu- rador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11355 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 188-2004-PCM Lima, 14 de junio de 2004 Vistos, el Oficio Nº 281-2004-PCM/PRO.-500 del Pro- curador Público del Estado a cargo de los Asuntos Judicia- les de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 233-2004-CNJ-CONAJU/P de la Presidenta de la ComisiónNacional de la Juventud - CNJ; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacio- nal de la Juventud, se creó la Comisión Nacional de Juven-tud - CNJ, como organismo público descentralizado, adscri- to a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en los antecedentes del Informe Nº 035-2004/ CNJ-OAJ, emitido por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, se indica que mediante Informe Nº 006-2004-CONAJU-CNJ-OP/P el señor Walter Pilcón Chafloque, Jefe de la Oficina de Planeamiento de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ comunica que el Gerente de Administración y Finan-zas de la Superintendencia de Registros Públicos Zona Registral Nº V, Sede Trujillo le solicitó la conformidad de un Certificado de Bienes suscrito por el Gerente General de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, mediante el cualse dejaba constancia que la Empresa Copy Packar de Enrique Aguilar Alvarado había ejecutado con la califica- ción de excelente el abastecimiento de suministros de equi-pos de cómputo a esta entidad; Que, de la revisión del citado Certificado de Bienes, el Jefe de la Oficina de Planeamiento de la Comisión Nacionalde la Juventud mediante Oficio Nº 0020-2004-CONAJU-CNJ- OP/P manifestó que dicho documento no había sido emitido ni suscrito por la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ; Que, según el análisis del Informe Nº 035-2004/CNJ-OAJ, se indica que de los hechos y la documentación se observa que se utilizó para la emisión del certificado de bienes unahoja con el logotipo de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, pero que aparece suscrito por el Gerente General de esta entidad, cargo que no se encuentra previsto dentro desu organigrama. Asimismo, indica que el órgano competente para emitir el mencionado certificado es la Oficina de Adminis- tración de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ; Que, adicionalmente el precitado informe indica que mediante Informe Nº 025-2004-CONAJU-CNJ/OA, la Jefa de la Oficina de Administración de la CNJ informó que CopyPackar de Enrique Aguilar Alvarado no ha sido proveedora de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ y recomienda el inicio de las acciones legales correspondientes, contralas personas que resulten implicadas en la emisión y sus- cripción del presunto documento falso; Que, en tal sentido, resulta pertinente en resguardo del interés público autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales quecorrespondan; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decre- to Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779 y el Reglamento de Organización yFunciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Mi- nistros, a fin que en representación y defensa de los intere- ses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales quecorrespondan contra los presuntos responsables por la emisión y suscripción del presunto documento falso a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al mencionado Procu- rador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11357 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G69/G6E/G2D /G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64 /G65/G6E/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G52/G54/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 187-2004-PCM Lima, 14 de junio de 2004 Visto el Oficio Nº 317-2004-PCM/PRO.-500 del Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presi- dencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 161-2004- GG/IRTP del Gerente General (e) del Instituto Nacional deRadio y Televisión del Perú - IRTP; CONSIDERANDO:Que, la Fábrica de Bocaditos y Alimentos S.A. - KRIMPI suscribió con el Instituto Nacional de Radio y Televisión del