Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2004 (17/06/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 17 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 270745

Declaran nulo otorgamiento de buena pro de MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia sobre adquisicion de medicinas para el ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 339-2004-EF/43
MORDAZA, 15 de junio de 2004 Visto, el Oficio Nº 789-2004-DG-DIGEMID/MINSA de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas DIGEMID del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de MORDAZA de 2004 se efectuo el Otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0161-2004-EF/43 "Adquisicion de Medicinas para el Ministerio de Economia y Finanzas", declarandose como postor ganador a la empresa Mega Medical S.A.C.; Que, mediante escrito de fecha 5 de MORDAZA de 2004 el postor empresa Medicinas Peru E.I.R.L., interpuso Recurso de Apelacion contra el Otorgamiento de la Buena Pro del citado MORDAZA de seleccion, por cuanto consideraba que la Empresa Mega Medical S.A.C. en su propuesta tecnica incluyo como items 12 y 53 naproxeno y diazepan, productos que son genericos, igualmente la empresa Farmacia Universal S.A.C. en su propuesta tecnica oferto en el item 32 ketorolaco 10 mg. que constituye tambien un producto generico, contraviniendo lo dispuesto en las Bases Administrativas del indicado MORDAZA de seleccion; Que, dicho Recurso de Apelacion fue declarado por Resolucion Ministerial Nº 275-2004-EF/43 inadmisible por haberse verificado la existencia del incumplimiento de requisitos de admisibilidad; Que, por Informe Nº 001-2004-EF/CEPMC el Comite Especial Permanente encargado del MORDAZA de seleccion refiere que habiendo tomado conocimiento de la apelacion presentada procedio a la reevaluacion de las propuestas concluyendo que el naproxeno y el diazepan son productos genericos; Que, ante la consulta formulada por Oficio Nº 457-2004EF/60 a la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID del Ministerio de Salud en su calidad de organo tecnico-normativo en aspectos relacionados al control de la produccion de medicamentos, distribucion y comercializacion de los medicamentos, insumos y drogas, respecto a si el naproxeno, diazepan y ketorolaco son productos genericos o de MORDAZA, por Oficio Nº 789-2004DG-DIGEMID/MINSA, senala que dichos productos son considerados como medicamentos genericos en el Registro Sanitario; Que, las Bases Integradas de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0161-2004-EF/43 "Adquisicion de Medicinas para el Ministerio de Economia y Finanzas", establece que el postor debia presentar en su propuesta tecnica los medicamentos detallados en el Anexo Nº 01 Especificaciones Tecnicas Requeridas, considerando productos de marca; Que, al verificarse la existencia de errores en la calificacion de las propuestas tecnicas de algunos de los postores que intervinieron en el MORDAZA de seleccion, se estaria contraviniendo los criterios de calificacion dispuestos en las Bases asi como lo normado en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en consecuencia corresponde declarar nulo el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0161-2004-EF/43, debiendo retrotraerse el MORDAZA al momento anterior al de la evaluacion tecnica de las propuestas, a fin de que MORDAZA reevaluadas; Que, el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº

26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos, debiendo expresar en la resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar nulo el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0161-2004EF/43 "Adquisicion de Medicinas para el Ministerio de Economia y Finanzas", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendo retrotraerse el MORDAZA al momento anterior al de la evaluacion tecnica de las propuestas, a fin de que MORDAZA reevaluadas. Articulo 2º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 11434

Declaran improcedente recurso de queja interpuesto contra Vocales de la Sala 2 del Tribunal Fiscal, por haber emitido la Res. Nº 01211-2-2004
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 341-2004-EF/10
MORDAZA, 15 de junio de 2004 Visto, el recurso de queja interpuesto por la senora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA contra las Vocales de la Sala 2 del Tribunal Fiscal por haber emitido la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 01211-2-2004; CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de marzo de 2004, la senora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA interpone Recurso de Queja contra las Vocales de la Sala 2 del Tribunal Fiscal por haber emitido la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 01211-2-2004 del 3 de marzo de 2004, que declara improcedente el recurso de apelacion de puro derecho interpuesto contra el Acuerdo de Concejo Nº 182 emitido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que ratifico la Ordenanza Nº 130-MSS, por la cual se aprobaron los montos de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Serenazgo, Parques y Jardines correspondientes al ano 2003 para el distrito de MORDAZA de Surco; Que, la quejosa alega que interpone Recurso de Queja al MORDAZA del inciso b) del articulo 155º del Codigo Tributario contra las Vocales de la Sala 2 del Tribunal Fiscal, por haber transgredido los principios constitucionales de legitima defensa y a la observancia del debido MORDAZA, los articulos 100º, 146º, 150º y 151º del Codigo Tributario y los principios del procedimiento administrativo establecidos en el articulo IV de la Ley Nº 27444 referidos a la legalidad, al debido procedimiento y a la imparcialidad, al momento de emitir la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 01211-2-2004, a efectos que luego que se declare fundada la queja se ordene a la Presidenta del Tribunal Fiscal determine y sancione la responsabilidad administrativa de las vocales cuestionadas y autorice al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas denunciar la infraccion de omision de deber de funcion de las vocales, prescrita en el articulo 244º de la Ley Nº 27444;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.