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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2004 (16/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G36/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de marzo de 2004 DOCUMENTO Nº 010-2004/DNPP ASPECTOS RELATIVOS AL PROCESO PRESUPUESTARIO DE LOS GOBIERNOS LOCALES Para efecto de la gestión presupuestaria de los Gobier- nos Locales, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. Procedimientos para la aprobación de modifica- ciones presupuestarias: Las modificaciones presupuestarias en el Nivel Institu- cional corresponden ser aprobadas por los Concejos Muni-cipales; mientras que, las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, corresponden ser apro- badas por el Titular del Pliego; en aplicación de lo dispuestopor el numeral 16 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades - Ley Nº 27972, debidamente concordado con lo establecido en el artículo 38º de la Ley de Gestión Presu-puestaria del Estado - Ley Nº 27209; el artículo 8º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004 - Ley Nº 28128; y el artículo 23º de la Directiva para la Apro-bación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2004 - Directiva Nº 003-2004-EF/76.01. Sobre el particular, cabe puntualizar lo siguiente: a) Modificaciones presupuestarias en el Nivel Institu- cional: Son las que modifiquen o afecten el monto total Anual de cada Fuente de Financiamiento, ya sea por incorporación de Créditos Suplementarios (mayor recaudación, captación yobtención de recursos) o por Habilitaciones y Transferencias de Partidas (traslados de recursos entre Pliegos Presupues- tarios). Dichas modificaciones presupuestarias deben seraprobadas por Acuerdo de Concejo , el mismo que debe detallar las modificaciones efectuadas. b) Modificaciones presupuestarias en el Nivel Fun- cional Programático: Son los Créditos y Anulaciones pre- supuestarias que varíen el monto aprobado para las activi- dades y proyectos de un pliego presupuestario, así comoaquellas que trasladan recursos entre grupos genéricos de gasto dentro de una misma actividad o proyecto, entre actividades, entre proyectos o de una actividad a un pro-yecto, manteniéndose el monto total del Presupuesto. La aprobación de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático deben efectuarse medianteResolución de Alcaldía . 2. Información respecto a las Transferencias efec- tuadas por Fondo de Compensación Municipal, Progra- ma del Vaso de Leche, Canon y Participación en Ren- tas de Aduanas Los usuarios interesados en la información sobre los mon- tos de las transferencias efectuadas a los Gobiernos Locales,por los conceptos de Fondo de Compensación Municipal, Pro- grama del Vaso de Leche, Canon y la Participación en la Renta de Aduanas, según corresponda, podrán acceder a la mismaen la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas. La referida información, la cual recoge datos del año 1995 en ade- lante, se podrá obtener a través de la siguiente ruta: www.mef.gob.pe/propuesta/DNPP/ gobierno_local.php De otro lado, con el objeto de coadyuvar a una mejor super- visión por parte de la ciudadanía respecto al uso de los recur-sos públicos, en el marco del proceso de planeamiento y pro- gramación participativa del presupuesto; así como lo dispues- to en el marco de la Ley de Transparencia y ResponsabilidadFiscal, la Dirección Nacional del Presupuesto Público viene poniendo a disposición de la colectividad en general, mediante publicaciones en el Diario Oficial El Peruano, información tri-mestral correspondiente a los montos que el Gobierno Nacio- nal transfiere a los Gobiernos Regionales y Locales. Dicha in- formación también se encuentra a disposición de los interesa-dos en la ruta electrónica antes indicada. 3. Aplicación de la normatividad del Sistema Nacio- nal de Inversión Pública Las disposiciones regulatorias de los Sistemas Adminis- trativos del Estado que comprenden, entre otros, al Sistema Nacional de Inversión Pública creado a través de la Ley Nº 27293, son de observancia y cumplimiento obligatorio detodos los niveles de gobierno, de conformidad con lo dis- puesto por el numeral 10.3 del artículo 10º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización. Asimismo, la aplicación de las disposiciones conteni- das en la Ley Nº 27293, su Reglamento y Directivas, a los Proyectos de Inversión Pública que formulen y ejecuten los Gobiernos Regionales y Locales, se efectúa en la formasiguiente: • A todos los proyectos nuevos que formulen las Muni- cipalidades señaladas en el listado contenido en la Déci- mo Quinta Disposición Complementaria de la Directiva Nº 004-2003-EF/68.01, aprobada por Resolución Directoral Nº007-2003-EF/68.01. Para este caso, se considera proyec- to nuevo a aquel que cumpla alguna de las condiciones establecidas en la Segunda Disposición Complementariade la Directiva antes mencionada.  Asimismo, se les aplica a todas aquellas Municipalidades que acuerden voluntariamente, incorporarse al Sistema Nacio-nal de Inversión Pública, a través de su Concejo Municipal. En ese sentido, las normas del SNIP son de aplicación obligatoria para todos los proyectos nuevos que se formulen a partir de lafecha del Acuerdo del Concejo Municipal.  Además, las Municipalidades que formulen uno o más proyectos cuyo monto total individual a precios de merca-do, sea igual o mayor a S/. 750 000 quedan incorporados automáticamente al SNIP desde la fecha en que solicitan la codificación presupuestal para la ejecución de dicho pro-yecto. Una vez incorporada la Municipalidad al ámbito del SNIP, deberá obtener la declaratoria de viabilidad para to- dos los proyectos nuevos que formulen, previo a su ejecu-ción, en el marco de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública. Se considera proyecto nuevo a todos aquellos proyectos que se formulen desde la referida soli-citud de codificación presupuestal.  Finalmente, quedarán incorporadas al SNIP, aquellas Municipalidades que sean certificadas, en el marco del Sis-tema de Acreditación, desde la fecha en que se produzca la certificación. Se considera proyecto nuevo a todos aque- llos proyectos que se formulen desde la fecha de la certifi-cación.  Los proyectos que formulen las Unidades Formulado- ras de los Gobiernos Regionales, que de acuerdo a la Leyde Bases de la Descentralización y a la Ley Orgánica de Municipalidades sean de competencia exclusiva de los Gobiernos Locales, y que se enmarquen en las delegacio-nes vigentes para los Gobiernos Regionales, previa a su evaluación por la Oficina de Programación e Inversiones Regional, deberán contar con la opinión favorable del Go-bierno Local respectivo, conforme lo dispone la Resolu- ción Ministerial Nº 458-2003-EF-15 modificada por la Re- solución Ministerial Nº 694-2003-EF-15. 4. Distribución y uso de la Asignación Provincial y Distrital del Fondo de Compensación Municipal comu-nicada a través del Oficio Circular Nº 007-2003-EF/ 76.15.2 Con el objeto de establecer con claridad las asignacio- nes presupuestarias referenciales para la ejecución de las acciones (gasto corriente y gasto de capital) a consideraren los Planes de Desarrollo Provincial y Distrital, el Fondo de Compensación Municipal ha sido separado en Asigna- ciones por ámbito Provincial y Distrital. A mayor abunda-miento, debemos precisar lo siguiente: a) Asignación por ámbito Provincial: La cual corresponde a la provincia, para acciones de incidencia a nivel de toda la Pro- vincia. Los recursos del FONCOMUN asignados al municipio para acciones de ámbito Provincial, deben ser utilizados deacuerdo a los result ados de la Programación Participativa del Presupuesto, efectuada en forma concertada con los distritos que conforman la provincia; correspondiéndole a la Municipa-lidad Provincial la ejecución de las acciones (gasto corriente y gasto de capital) consideradas en los Planes de Desarrollo Provincial y Distrital, consistentes con el Proceso Participati-vo en el cual las Municipalidades de la Provincia participaron en la programación, promovieron el debate y la concertación de sus Planes de Desarrollo. b) Asignación por ámbito Distrital: La misma que co- rresponde a las Municipalidades Distritales, incluido el mu- nicipio del distrito capital. Dirección Nacional del Presupuesto Público 11 de marzo de 2004