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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de marzo de 2004 ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SUDAMERICANOS (PROCITROPICOS)Pago de las cuotas años 1995, 1996, 1997 y 2002 - PROGRAMA COOPERATIVO DE INVESTIGACIÓN Y 18 720,00 TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA PARA LA SUBREGIÓN ANDINA (PROCIANDINO) Pago de la cuota año 2002 y pago parcial de la cuota año 2003 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al pre-supuesto del Instituto Nacional de Investigación Agraria(INIA). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha depago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 05372 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 091-2004-RE Lima, 12 de marzo de 2004 VISTO:El Oficio Nº 085-2004/PRE-INDECOPI, de 27 de enero de 2004, del Instituto Nacional de Defensa de la Compe-tencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (IN-DECOPI), en el que solicita al Ministerio de RelacionesExteriores la expedición de la Resolución Suprema queautorice el pago de las cuotas año 2004 a diversos orga-nismos internacionales de los cuales el Perú es país miem-bro; CONSIDERANDO: Que el artículo 19º numeral 19.2 de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar,con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas delGobierno peruano a los organismos internacionales de loscuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados demanera que permitan potenciar la capacidad de negocia-ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi-cio de los flujos de cooperación y asistencia técnica inter-nacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas año 2004 al mencionado organismo inter-nacional, con cargo al presupuesto del Instituto Nacionalde Defensa de la Competencia y de la Protección de laPropiedad Intelectual (INDECOPI); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de De- fensa de la Competencia y de la Protección de la Pro-piedad Intelectual (INDECOPI), a efectuar el pago delas cuotas año 2004, a los siguientes organismosinternacionales: ORGANISMO IMPORTE ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LA CHF 11 552,00 EST ANDARIZACIÓN (ISO) (Francos Suizos) COMISIÓN PANAMERICANA DE NORMAS TÉCNICAS US$ 1 500,00 (COPANT) (Dólares americanos)ORGANISMO IMPORTE ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE METROLOGÍA 914,00 LEGAL (OIML) (Euros) COOPERACIÓN INTERAMERICANA DE ACREDIT ACIÓN US$ 1 000,00 (IAAC) (Dólares americanos) Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al pre-supuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Compe-tencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (IN-DECOPI). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha depago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 05373 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 092-2004-RE Lima, 12 de marzo de 2004 VISTO:El Oficio Nº 010-2004-MTC/INICTEL-OD, de 15 de ene- ro de 2004, del Instituto Nacional de Investigación y Capa-citación de Telecomunicaciones (INICTEL), en el que soli-cita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expediciónde la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuo-tas año 2004 a la Asociación Hispanoamericana de Cen-tros de Investigación y Empresas de Telecomunicaciones(AHCIET) y a la Unión Internacional de las Telecomunica-ciones (UIT); CONSIDERANDO:Que el artículo 19º numeral 19.2 de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar,con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas delGobierno peruano a los organismos internacionales de loscuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados demanera que permitan potenciar la capacidad de negocia-ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi-cio de los flujos de cooperación y asistencia técnica inter-nacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas año 2004 a los mencionados organismos in-ternacionales, con cargo al presupuesto del Instituto Na-cional de Investigación y Capacitación de Telecomu-nicaciones (INICTEL); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Investi- gación y Capacitación de Telecomunicaciones (INICTEL)a efectuar el pago de las cuotas año 2004, a los siguientesorganismos internacionales: ORGANISMO IMPORTE ASOCIACIÓN HISPANOAMERICANA DE CENTROS US$ 20 000,00 DE INVESTIGACIÓN Y EMPRESAS DE (Dólares americanos) TELECOMUNICACIONES (AHCIET) UNIÓN INTERNACIONAL DE LAS CHF 3 937,50 TELECOMUNICACIONES (UIT) (Francos Suizos)