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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G31/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de marzo de 2004 las 24:00 horas del día 21 de marzo de 2004, en el área comprendida entre Puerto Pizarro (03° 30' Latitud Sur) e Islas Lobos de Afuera (07° 00' Latitud Sur), con la partici- pación de las embarcaciones pesqueras arrastreras cos-teras, de mediana escala y arrastre mayor o factoría con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso merluza. El citado trabajo de investigación se desarrollaráen dos (2) fases, cada una con una duración de cuatro (4) y seis (6) días consecutivos respectivamente; así como, la asignación de áreas (A, B, C y D) en función a la autono-mía de desplazamiento hacia las áreas más alejadas; Que, mediante los artículos 4º y 5º de la precitada re- solución, se encargó a la Dirección Nacional de Extrac-ción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Pro- ducción, efectuar el sorteo de selección de las embar- caciones pesqueras que participarán en la Operación Mer-luza IV, para efectos de publicar mediante Resolución Di- rectoral la relación de embarcaciones que resultaran se- leccionadas, a fin que la Dirección General de Capitaníasy Guardacostas del Ministerio de Defensa proceda a otor- gar la autorización de zarpe respectiva; Que, a través del sorteo efectuado por la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Mi- nisterio de la Producción el día 9 de marzo de 2004, se seleccionaron a las embarcaciones arrastreras según lasáreas establecidas en el Plan de Operación remitido por el Instituto del Mar del Perú mediante Oficio Nº PCD-100-079- 2004-PRODUCE/IMP para la ejecución de la OperaciónMerluza IV, habiéndose logrado cubrir en su totalidad las áreas B y C, mientras que las áreas A y D fueron cubiertas parcialmente. Asimismo, se seleccionaron a las embarca-ciones pesqueras que se encuentran en calidad de suplen- tes, las mismas que están sujetas a lo dispuesto en el artí- culo 9º de la Resolución Ministerial Nº 092-2004-PRODU-CE; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, estableceque la autoridad podrá disponer en el mismo acto adminis- trativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que nolesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fe- cha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto elsupuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, en tal sentido, es necesario proceder a la publi- cación con eficacia anticipada al 12 de marzo de 2004, larelación de embarcaciones pesqueras seleccionadas para participar en la Operación Merluza IV, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 5º de la Reso-lución Ministerial Nº 092-2004-PRODUCE; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, su Regla-mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003- PRODUCE y la Resolución Ministerial Nº 092-2004-PRO-DUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Publicar, con eficacia anticipada al 12 de marzo de 2004, la relación de embarcaciones pesquerasarrastreras costeras, de mediana escala y arrastre mayor o factoría con permiso de pesca vigente, seleccionadas para participar en calidad de titulares o suplentes en laOperación Merluza IV, conforme a las disposiciones con- tenidas en la Resolución Ministerial Nº 092-2004-PRODU- CE, relación que en Anexo I y II forma parte integrante dela presente resolución. Artículo 2º.- Las embarcaciones pesqueras detalladas en el Anexo I de la presente resolución, están autorizadasa desarrollar operaciones de pesca en las áreas de opera- ción designadas a cada una en dicho Anexo, debiendo cum- plir estrictamente las fases de trabajo señaladas en el artí-culo 3º de la Resolución Ministerial Nº 092-2004-PRODU- CE. Las embarcaciones pesqueras detalladas en el Anexo II de la presente resolución, sólo podrán operar en las áreas designadas a cada una de ellas y de acuer- do a la prioridad que se señala en dicho Anexo, siem-pre que las embarcaciones pesqueras titulares no pue- dan operar por dificultades técnicas, de conformidad con el artículo 9º de la Resolución Ministerial Nº 092-2004-PRODUCE. Artículo 3º.- Los armadores pesqueros de las embar- caciones seleccionadas a participar en la Operación Mer-luza IV, deberán cubrir en su totalidad los gastos que de- mande dicha operación, el cual ha sido fijado en Seiscien- tos Cincuenta y 20/100 Nuevos Soles (S/. 650.20) por em-barcación, monto que debe pagarse al Instituto del Mar del Perú a través de la Cuenta Corriente Nº 0000-281654 del Banco de la Nación. Artículo 4º.- Los armadores pesqueros de las embar- caciones que participen en la Operación Merluza IV, se encuentran obligados a cumplir en adición a las disposi-ciones contenidas en la Resolución Ministerial Nº 092-2004- PRODUCE, con las directivas que dicte el Instituto del Mar del Perú en el marco de la referida operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL FLORES ROMANÍ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (e) REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correoelectrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU