Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2004 (22/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G31/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de marzo de 2004 Cuadro Nº II.2.2 CUADRO RESUMEN: ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE DENSIDAD ALTA - R6 R6 USOS PERMITIDOS RESIDENCIAL DE ALTA DENSIDAD Área de Estructuración Urbana I II III A III B III C Usos MULT CONJ MULT CONJ MULT CONJ MULT CONJ MULT CONJ Variables RES RES RES RES RES Lote mínimo con fines de habilitación o 600 2500 600 2500 600 2500 600 2500 600 2500 subdivisión (m2) Frente mínimo de lote para habilitación 15 30 15 30 15 30 15 30 15 30 ó subdivisión (ml) Área libre mínima 35 60 35 60 40 60 40 60 40 60 (% del lote) Área neta mínima x vivienda (m2) 80 80 80 80 100 100 90 90 80 80 Estacionamientos x vivienda 111122 1 . 5 1 . 5 11 Cuadro Nº II.2.3 CUADRO RESUMEN: ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE DENSIDAD ALTA - R5 IR-5 USOS PERMITIDOS RESIDENCIAL DE ALTA DENSIDAD Área de Estructuración Urbana I II III A III B III C Usos MULT MULT CONJ MULT CONJ MULT CONJ Variables CONJ. RES. RES RES RES Lote mínimo con fines de habilitación o Según la Según la 450 2500 450 2500 450 2500 subdivisión (m2) normativa normativa Frente mínimo de lote para habilitación o de de 15 30 15 30 15 30 subdivisión (m2) MIVIVIENDA MIVIVIENDA Área libre mínima (% del lote) 40 50 40 50 40 50 Área neta mínima x vivienda (m2) 110 110 100 100 90 90 Estacionamientos x vivienda 1 1 2 2 1.5 1.5 1 1 Nota.- Los presentes cuadros constituyen un resumen complementario del Reglamento de la Zonificación Urbana prevaleciendo las normas contenidas en él. 2.2 ZONAS RESIDENCIALES DE DENSIDAD MEDIA R4 - R3.- 2.2.1 Definición.- Son las zonas caracterizadas por el uso residencial unifamiliar, bifamiliar y/o multifamiliar de densidad media. Las zonas comprendidas dentro de esta clasificación son las siguientes: Residencial unifamiliar o multifamiliar R4. (Ver Cuadro Nº II.2.4) Residencial unifamiliar o multifamiliar R3. (Ver Cuadro Nº II.2.5) 2.2.2 Usos Permitidos.- Residencial, comercial, industrial y usos especiales. a) Uso Genérico.- Uso residencial en sus distintas modalidades: Unifa- miliar, Bifamiliar, Quintas, Multifamiliar y Conjunto Resi- dencial regulados por los parámetros del presente Re- glamento. b) Quintas.- De acuerdo al Reglamento de Quintas del R.N.C., con los parámetros que se establecen en el presente Regla- mento y las normas correspondientes a la calificación residencial del área urbana respectiva. c) Uso Comercial.- - En vías locales de 22 ml. o más de sección y en vías colectoras o de mayor jerarquía, en zonas R4 y R3 se permite el uso de Comercio Local C1 y C2, en el 100%del área del primer piso, con obligatoriedad del uso resi- dencial, en los siguientes supuestos: * En Áreas de Estructuración Urbana I y II, lotes con frente a las indicadas vías.* En Área de Estructuración Urbana IIIc sólo lotes en esquina, frente a las indicadas vías. - Se permite el uso comercial en aquellos lotes habi- litados como comerciales que no aparecen señalados específicamente en el Plano de Zonificación Urbana, de- biendo sujetarse su tratamiento a las normas de zonifi-cación comercial C1. - En la Zona R4 en las Áreas de Estructuración I y II, adicionalmente, se permite el uso comercial C1 en cual-quiera de los lotes, siempre que sea complementario del uso residencial unifamiliar, el área destinada a comercio no supere los 60 m2. y el uso predominante en el lotesea el residencial. - Se permite la actividad profesional individual hasta en un máximo de 40 m2, manteniendo el uso predomi-nante de vivienda, deberán funcionar, a puerta cerrada y sin anuncio o letrero en el exterior. d) Uso Industrial.- En las Áreas de Estructuración Urbana I y II, se per- mite el establecimiento de actividades industriales con-sideradas en el Índice para la Ubicación de Actividades Urbanas del presente Reglamento y de acuerdo al Cua- dro de Niveles Operacionales del presente Reglamento. e) Usos Especiales.- Además de los señalados, se permitirán todos aque- llos establecidos en el Índice para la Ubicación de Activi- dades Urbanas del presente Reglamento. 2.2.3 Dimensiones del Lote.- a) Lotes Normativos.- Para los efectos de habilitación urbana y subdivisión de lotes, deberán considerarse las dimensiones norma- tivas mínimas siguientes: