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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G31/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de marzo de 2004 DUSTRIAL TEXTIL CREDISA TRUTEX S.A.A., en el Registro Público del Mercado de Valores hasta por un monto máximo en circulación de Cinco Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5 000 000,00), así como el registro delComplemento del Prospecto Marco correspondiente. Artículo 3º.- La inscripción de los instrumentos de corto pla- zo y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta pública aque se refieren los artículos anteriores se sujeta a lo dispuesto en el artículo 14º, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobadomediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 4º.- La oferta pública de los instrumentos de corto plazo a que se refiere el artículo 1º de la presenteResolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valo-res Mobiliarios y el emisor deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se refie- ren los artículos 23º y 24º de dicho Reglamento. Artículo 5º.- La aprobación, la inscripción y el registro a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en losvalores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evalua- ción complementaria están a disposición de los interesa-dos en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a COM- PAÑÍA INDUSTRIAL TEXTIL CREDISA TRUTEX S.A.A.,al BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ en su calidad de agen- te estructurador, a CREDIBOLSA SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA S.A. en su calidad de agente colocador, a CAVALIICLV S.A. y a la BOLSA DE VALORES DE LIMA. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL SILVA WITHMORY Gerente General 05376 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G48/G59/G50/G41/G54/G49/G41/G20/G53/G2E/G41/G2E /G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G72/G20/G61/G6E/GE1/G6C/G69/G73/G69/G73/G2C/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G65/G6E/G73/G61/G79/G6F/G20/G6F/G20/G61/G6E/GE1/G6C/G69/G73/G69/G73/G20/G79/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G6E/GE1/G2D/G6C/G69/G73/G69/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G63/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G75/G73/G6F/G68/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 188-2004-J-OPD/INS Lima, 12 de marzo del 2004 Visto el Oficio Nº 348/2004-DG-CNCC-INS, cursado por el Director General del Centro Nacional de Control de Ca- lidad del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el Inc. b) del Art. 50º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA, establece que al CentroNacional de Control de Calidad le corresponde evaluar, super- visar, autorizar y acreditar laboratorios analíticos; Que, por Resolución Jefatural Nº 244-96-J-IPD-INS, del 22 de octubre de 1996, se aprobó el "Reglamento de Autorización y/o Acreditación de Laboratorios Analíticos para la emisión de Protocolos de Análisis de Calidad Sanitaria de Medicamentosy Similares", dentro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud; Que, la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Me- dicamentos del Sector Salud, está integrada por los laborato- rios oficiales acreditados y/o autorizados por el Instituto Nacio- nal de Salud, Organismo Público Descentralizado del SectorSalud; Que, la Empresa HYPATIA S.A., ha solicitado acredita- ción como laboratorio miembro de la Red de Laboratoriosde Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud y de su autorización para ejecutar análisis, emitir informes de ensayo y otros, habiendo la comisión evaluadora cursa-do el Oficio Nº 154/2004-DG-CNCC-INS, mediante la cual informa los resultados de la evaluación del expediente pre-sentado, habiendo remitido dictamen aprobatorio para la autorización de ejecución de 7 tipos de ensayos; Que, el Director General del Centro Nacional de Control de Calidad en cumplimiento del Art. 5.5.5. del Reglamento apro-bado por Resolución Jefatural Nº 244-96-J-IPD-INS, mediante Oficio Nº 348/2004-DG-CNCC-INS del 1.3.04, opina favora- blemente por la procedencia de acreditar al Servicio de Controlde Calidad de la Empresa HYPATIA S.A., como Laboratorio Oficial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Cali- dad de Medicamentos del Sector Salud, por cumplir con losrequisitos exigidos por la normatividad vigente y autorizar a dicha Universidad para la emisión de informes de ensayos o análisis y/o certificados de análisis; De conformidad con la Ley Nº 26842 - Ley General de Sa- lud y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 97-SA, Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, DecretoSupremo Nº 005-94-SA y Resoluciones Jefaturales Nºs. 244- 96-J-OPD/INS, 186-99-J-OPD/INS y 379-2001-J-OPD/INS; En uso de las atribuciones establecidas en el Art. 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacio- nal de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003- SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACREDITAR al Servicio de Control de Ca- lidad de la Empresa HYPATIA S.A., como Laboratorio Ofi- cial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Cali-dad de Medicamentos del Sector Salud, en los ensayos con- templados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Empresa HYPATIA S.A., para ejecutar análisis, emitir informes de ensayo o análisis y certificados de análisis de calidad de medicamentos de uso humano y afines, biológicos, artículos médico-quirúr-gicos y/o cosméticos en los siguientes rubros: ENSAYOS:1. Análisis Fisicoquímicos: 1.1. Prueba de Identificación Cualitativa (P olarimetría, Infrarrojo, Espectrofotometría Atómica). 1.2. Prueba de Desintegración (Tabletas). 1.3.Cuantificación por Espectrofotometría Atómica (Absorción y Emisión). 1.4.Cuantificación por Potenciometría. 1.5.Cuantificación por Técnicas Especiales: Polarime- tría. 1.6. Prueba de Resistencia a la Tensión en Suturas. 2. Análisis Farmacológicos y/o Toxicológicos: 2.1. Pruebas de Pirógenos. Artículo 3º.- Los informes de ensayo o análisis y los certificados de análisis de calidad de medicamentos de uso humano y afines, biológicos, artículos médico-quirúrgicosy/o cosméticos deberán ser firmados por profesional cole- giado, autorizado por la Empresa HYPATIA S.A., acredita- da e inscrita en el Registro de la Red de Laboratorios deControl de Calidad de Medicamentos del Sector Salud. Artículo 4º.- La Empresa acreditada y autorizada de- berá someterse periódicamente a evaluaciones y/o audito-rías técnico-científicas a cargo del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud y deberá participar en los programas de ensayos interlaboratoriosque organice la entidad acreditadora. Artículo 5º.- La acreditación y autorización otorgada a la Empresa HYPATIA S.A., entrará en vigencia a partir de la fechade la presente resolución y tendrá una duración de dos años. Artículo 6º.- La Empresa acreditada y autorizada de- berá cumplir con todas las disposiciones que norman elcontrol de calidad de productos farmacéuticos y afines, que fija la Ley General de Salud y su Reglamento, así como el Reglamento interno de la Red de Laboratorios de Controlde Calidad de Medicamentos del Sector Salud; las Guías Generales de Control de Calidad de Productos Pesquisa- dos; y el Reglamento de Dirimencias del Centro Nacionalde Control de Calidad aprobado. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR G. NÁQUIRA VELARDE Jefe 05664