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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G33/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de marzo de 2004 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el In- forme Nº 13-2003-HFR-REG/MDSMP, y el Oficio Nº 033-2003- RHFR-MDSMP, de la Regidora Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, el Informe Nº 224-03-DDU/MDSMP, de la Dirección de Desa-rrollo Urbano, y el Convenio Marco de Cooperación Interinsti- tucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento y la Municipalidad Distrital de San Martín de Po-rres en Materia de Desarrollo Urbano y Vivienda; CONSIDERANDO:Que, el ámbito de competencia y atribuciones de las Municipalidades en la estructura del Estado está estable-cido en la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, cuyos artículos I, II, VII, VIII, X del Título Preliminar, Capítulo II del Título V y Disposición Complementaria Dé- cimo Sexta definen a la Municipalidades como órganos degobierno, con personería jurídica de derecho publico, con autonomía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia, promotores del desarrollo integral,de la economía local y de la prestación de sus servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políti- cas y planes nacionales y regionales; Que, el artículo 9º inciso 26) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que es atribución del Concejo Municipal, aprobar la celebración de Conve-nios Interinstitucionales; Que, el Convenio Marco Interinstitucional entre el Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y estaComuna, tiene por finalidad proponer y concertar acciones entre ambas instituciones en espacios geográficos, a tra- vés de actuaciones urbanas integradas orientadas a la re-novación urbana, destugurización, expansión urbana, den- sificación y reurbanización, generando mecanismos de pro- moción y de facilitación de la actividad privada, para brin-dar soluciones habitacionales, facilitar a la población el acceso a una vida digna que al mismo tiempo conlleve la reducción del déficit habitacional existente, contribuir a uncrecimiento urbano ordenado y mejorar la calidad de vida de la población en general, con énfasis en la de menores recursos; Que, el objeto del presente convenio es la de optimizar el uso racional y sostenido de los terrenos de dominio pri- vado del Estado y de esta Municipalidad, facilitando la in-tervención del sector privado en la construcción de vivien- das y el equipamiento urbano, estableciendo procedimien- tos administrativos ágiles que permitan la ejecución de losproyectos de construcción, promover el desarrollo urbano planificado, promover la construcción de viviendas adecua- das y accesibles a la población de menores recursos; Estando a lo informado por la Dirección de Desarrollo Urbano mediante Informe Nº 224-03-DDU/MDSMP, y el Informe Legal Nº 272-2004-GAJ/MDSMP, y de conformi-dad con las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal apro- bó con el voto unánime del señor Alcalde Lucio Jorge Cam-pos Huayta y de los señores Regidores Jesús Alvaro Veliz Duarte, Luis Caballero Sabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia FerrerRamírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo de la Cruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Cas-tillo Vidalón, Carlos Enrique Calderón Carvajal, Roberto Asunción Castillo Paulino y con dispensa de lectura y apro- bación del Acta el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- Aprobar la suscripción del Conve- nio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Minis- terio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Muni-cipalidad Distrital de San Martín de Porres en Materia de Desarrollo Urbano y Vivienda, el mismo que debidamente firmado en tres (3) fojas forma parte del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desa- rrollo Urbano la implementación y cumplimiento del pre- sente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 05972/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G2D /G63/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-2004 San Martín de Porres, 19 de marzo del 2004Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Expediente Nº 9869-04, generado mediante Oficio Nº 429-2004- SG/JNE, del Subsecretario General del Jurado Nacional de Elec- ciones, con el cual remite la transcripción del Acuerdo Nº 25024-024 del 25.2.2004, que acordó correr traslado al Concejo Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, con la solicitud presentada por Jorge Luis Felipe Rodríguez, para queproceda a resolverlo dentro del plazo de quince (15) días hábiles de recibido el acuerdo, en los términos dispuestos en el artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, debiendodar cuenta al Jurado Nacional de Elecciones; CONSIDERANDO:Que, son atribuciones del Concejo Municipal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9º numeral 10) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, declarar la vacancia o suspen-sión de los cargos de alcaldes y regidores, que asimismo en el artículo 23º de la precitada Ley se establece el procedimiento a seguir en el presente caso; en tal sentido y habiendo sido remiti-do por el Jurado Nacional de Elecciones el Acuerdo Nº 25024- 024 del 25.2.2004, para ser resuelto por este Concejo la solicitud de vacancia, por lo tanto la competencia sobre el asunto de lamateria se encuentra claramente definida; Que, mediante Expediente Nº J-0084-2004 don Jorge Luis Felipe Rodríguez, solicita ante Jurado Nacional de Elecciones ladeclaratoria de vacancia del cargo de Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que ostenta el señor Lucio Jor- ge Campos Huayta, así como de los Regidores que votaron afavor de la contratación de la Empresa Compañía Inmobiliaria y Consultoría J.M. & S.A.C. - COINCO, con Acuerdo de Concejo Nº 100-2003-AL/MDSMP, invocando las causales previstas enlos incisos 9) y 10) del artículo 22º y artículo 63º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades dispone: Que son Atribu- ciones del Concejo Municipal Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 22º incisos 9) y 10) de la Ley Nº 27972 dispo- ne que "El cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en los siguientes casos: (...) 9. Por incurrir en lacausal establecida en el artículo 63º de la presente Ley; 10. Por sobrevenir alguno de los impedimentos establecidos en la Ley de Elecciones Municipales, después de la elección; y el artículo 63ºde la precitada Ley establece que "El alcalde, los regidores, los servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden con- tratar, rematar obras o servicios públicos municipales ni adquirirdirectamente ni por interpósita persona sus bienes. Se exceptúa de la presente disposición el respectivo contrato de trabajo, que se formaliza conforme a la ley de la materia. Los contratos, escritu-ras o resoluciones que contravengan a lo dispuesto en este artí- culo son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades administra- tivas, civiles y penales a que hubiese lugar, inclusive la vacanciaen el cargo municipal y la destitución en la función pública". Que, el artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, establece que "(...) Cualquier vecino puede solici-tar la vacancia del cargo de un miembro ante el concejo municipal o ante el Jurado Nacional de Elecciones su pedi- do debe estar fundamentado y debidamente sustentado,con la prueba que corresponda, según la causal. (...)"; Que, analizados los medios probatorios que acompa- ñan el pedido de vacancia, en ninguno de ellos se ha demos-trado el supuesto interés directo y personal al que se refie- re el artículo 63º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que tendrían el Alcalde y los Regidores alaprobar mediante el Acuerdo de Concejo Nº 100-2003, la contratación de la Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoría J.M & Asociados S.A.C. (COINCO JM S.A.C);así como tampoco se demuestra con documento fehacien- te la contratación directa o indirecta que pudiese haber efec- tuado el Alcalde o los Regidores con la citada empresa,por lo tanto no se encuentran el Alcalde ni los Regidores dentro de esta causal de vacancia; Que, el Acuerdo de Concejo Nº 100-2003-AL/MDSMP, fue aprobado por mayoría con el voto a favor del señor Al- calde Lucio Jorge Campos Huayta y de los señores Regido- res Jesús Alvaro Veliz Duarte, Johnny Alberto Ruiz Ruiz,Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Cas- tañeda, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Car-