Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2004 (25/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, jueves 25 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 13-2003-HFR-REG/MDSMP y el Oficio Nº 033-2003, RHFR-MDSMP, de la Regidora MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, el Informe Nº 224-03-DDU/MDSMP de la Direccion de Desa, rrollo MORDAZA, y el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres en Materia de Desarrollo MORDAZA y Vivienda; CONSIDERANDO: Que, el ambito de competencia y atribuciones de las Municipalidades en la estructura del Estado esta establecido en la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, cuyos articulos I, II, VII, VIII, X del Titulo Preliminar, Capitulo II del Titulo V y Disposicion Complementaria Decimo Sexta definen a la Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promotores del desarrollo integral, de la economia local y de la prestacion de sus servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales; Que, el articulo 9º inciso 26) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que es atribucion del Concejo Municipal, aprobar la celebracion de Convenios Interinstitucionales; Que, el Convenio MORDAZA Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y esta Comuna, tiene por finalidad proponer y concertar acciones entre MORDAZA instituciones en espacios geograficos, a traves de actuaciones urbanas integradas orientadas a la renovacion MORDAZA, destugurizacion, expansion MORDAZA, densificacion y reurbanizacion, generando mecanismos de promocion y de facilitacion de la actividad privada, para brindar soluciones habitacionales, facilitar a la poblacion el acceso a una MORDAZA MORDAZA que al mismo tiempo conlleve la reduccion del deficit habitacional existente, contribuir a un crecimiento MORDAZA ordenado y mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion en general, con enfasis en la de menores recursos; Que, el objeto del presente convenio es la de optimizar el uso racional y sostenido de los terrenos de dominio privado del Estado y de esta Municipalidad, facilitando la intervencion del sector privado en la construccion de viviendas y el equipamiento MORDAZA, estableciendo procedimientos administrativos agiles que permitan la ejecucion de los proyectos de construccion, promover el desarrollo MORDAZA planificado, promover la construccion de viviendas adecuadas y accesibles a la poblacion de menores recursos; Estando a lo informado por la Direccion de Desarrollo MORDAZA mediante Informe Nº 224-03-DDU/MDSMP, y el Informe Legal Nº 272-2004-GAJ/MDSMP, y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo con el MORDAZA unanime del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo de la MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con dispensa de lectura y aprobacion del Acta el siguiente; ACUERDO: Articulo Primero.- Aprobar la suscripcion del Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres en Materia de Desarrollo MORDAZA y Vivienda, el mismo que debidamente firmado en tres (3) fojas forma parte del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA la implementacion y cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05972

Declaran improcedente solicitud de vacancia del MORDAZA y Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-2004 San MORDAZA de Porres, 19 de marzo del 2004 Visto, en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Expediente Nº 9869-04, generado mediante Oficio Nº 429-2004SG/JNE, del Subsecretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones, con el cual remite la transcripcion del Acuerdo Nº 25024024 del 25.2.2004, que acordo correr traslado al Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, con la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que proceda a resolverlo dentro del plazo de quince (15) dias habiles de recibido el acuerdo, en los terminos dispuestos en el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, debiendo dar cuenta al MORDAZA Nacional de Elecciones; CONSIDERANDO: Que, son atribuciones del Concejo Municipal, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 9º numeral 10) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, declarar la vacancia o suspension de los cargos de alcaldes y regidores, que asimismo en el articulo 23º de la precitada Ley se establece el procedimiento a seguir en el presente caso; en tal sentido y habiendo sido remitido por el MORDAZA Nacional de Elecciones el Acuerdo Nº 25024024 del 25.2.2004, para ser resuelto por este Concejo la solicitud de vacancia, por lo tanto la competencia sobre el MORDAZA de la materia se encuentra claramente definida; Que, mediante Expediente Nº J-0084-2004 don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita ante MORDAZA Nacional de Elecciones la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, que ostenta el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como de los Regidores que votaron a favor de la contratacion de la Empresa Compania Inmobiliaria y Consultoria J.M. & S.A.C. - COINCO, con Acuerdo de Concejo Nº 100-2003-AL/MDSMP invocando las causales previstas en , los incisos 9) y 10) del articulo 22º y articulo 63º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el articulo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades dispone: Que son Atribuciones del Concejo Municipal Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el articulo 22º incisos 9) y 10) de la Ley Nº 27972 dispone que "El cargo de MORDAZA o regidor se declara vacante por el concejo municipal en los siguientes casos: (...) 9. Por incurrir en la causal establecida en el articulo 63º de la presente Ley; 10. Por sobrevenir alguno de los impedimentos establecidos en la Ley de Elecciones Municipales, despues de la eleccion; y el articulo 63º de la precitada Ley establece que "El MORDAZA, los regidores, los servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden contratar, rematar obras o servicios publicos municipales ni adquirir directamente ni por interposita persona sus bienes. Se exceptua de la presente disposicion el respectivo contrato de trabajo, que se formaliza conforme a la ley de la materia. Los contratos, escrituras o resoluciones que contravengan a lo dispuesto en este articulo son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales a que hubiese lugar, inclusive la vacancia en el cargo municipal y la destitucion en la funcion publica". Que, el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que "(...) Cualquier vecino puede solicitar la vacancia del cargo de un miembro ante el concejo municipal o ante el MORDAZA Nacional de Elecciones su pedido debe estar fundamentado y debidamente sustentado, con la prueba que corresponda, segun la causal. (...)"; Que, analizados los medios probatorios que acompanan el pedido de vacancia, en ninguno de ellos se ha demostrado el supuesto interes directo y personal al que se refiere el articulo 63º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que tendrian el MORDAZA y los Regidores al aprobar mediante el Acuerdo de Concejo Nº 100-2003, la contratacion de la Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M & Asociados S.A.C. (COINCO JM S.A.C); asi como tampoco se demuestra con documento fehaciente la contratacion directa o indirecta que pudiese haber efectuado el MORDAZA o los Regidores con la citada empresa, por lo tanto no se encuentran el MORDAZA ni los Regidores dentro de esta causal de vacancia; Que, el Acuerdo de Concejo Nº 100-2003-AL/MDSMP, fue aprobado por mayoria con el MORDAZA a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Car-

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