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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G33/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de marzo de 2004 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G43/G61/G74/G61/G73/G2D/G74/G72/G61/G6C/G20/G65/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 ORDENANZA Nº 598 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMACONSIDERANDO: Que, el artículo 36° de la Ley N° 27444, "Ley del Proce- dimiento Administrativo General", establece que los pro- cedimientos, requisitos y costos administrativos de las en-tidades públicas deben ser compendiados y sistematiza- dos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de cada entidad; Que, mediante Ordenanza N° 365 del 11 de febrero de 2002, se aprobó el TUPA del Instituto Catastral e Informáti- co de Lima, siendo publicado el 17 del mismo mes en elDiario Oficial El Peruano; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27444 establece la obligación para todas las entidades de la AdministraciónPública, de publicar el TUPA íntegramente, cada 2 (dos) años; Que, es necesario publicar íntegramente el Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos - 2004, del InstitutoCatastral e Informático de Lima, que compendia y sistema- tiza sus normas vigentes; De conformidad con el artículo 74° de la Constitución Política del Perú y del artículo 38° de la Ley N° 27444; y loopinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Econó- micos y de Organización en su Dictamen N° 023-2004- MML-CMAEDO; Aprobó la siguiente: ORDENANZA TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 2004 Artículo Primero .- Aprobar el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos - TUPA 2004, del Instituto Catas-tral e Informático de Lima, que como anexo forma parte de la presente norma. Artículo Segundo .- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los veintiséis días del mes de febrero de dos mil cuatro. MANUEL CASTAGNOLA PINILLOS Regidor de la Municipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU