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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2004 (26/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 72

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G34/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de marzo de 2004 Que, el entendimiento del Sector Turismo como espa- cio en el que se organiza, maneja y percibe el productoturístico final nos remite a la necesidad de afianzar el lide-razgo de los empresarios en la gestión sostenible de eseproducto. Con esta finalidad es imprescindible la adapta-ción del rol que debe desempeñar el Gobierno Regional yLocal, superando el papel pasivo y meramente reguladorde su actividad; Que, de este modo que la aceptación del papel del tu- rismo en el desarrollo regional tacneño debería comenzarcon la creación y puesta en marcha de un Comité de Pro-moción Turística, presidido por un representante del Go-bierno Regional de Tacna y conformado por autoridades yempresarios, atendiendo a las competencias con mayorincidencia en la configuración de un sistema funcional tu-rístico: urbanismo y ordenación del territorio, cultura y pa-trimonio, medio ambiente, transportes y obras públicas,agricultura, rubro artesanal, comercio, sanidad y seguri-dad ciudadana; Que, todos los proyectos y actividades del Plan Estra- tégico Turístico de Tacna a elaborar por el Comité, debe-rían ser desarrollados y ejecutados conjuntamente con lasempresas privadas de turismo, en coordinación con elGobierno Regional y Local, buscando a la vez coordinarcon entidades gubernamentales, de más alto grado; Que, el éxito y operatividad de este Comité está sujeto a la imprescindible participación del sector privado y delos gremios de la ciudad, y el constante empuje de las au-toridades regionales y ediles como líderes de este proce-so de cambio; Que, la estrategia para el desarrollo del turismo debe institucionalizarse además con la elaboración de un PlanRegional, en el que se recojan los actuales programas deconcientización turística, plan estratégico del turismo yactividades de otros sectores y administraciones del go-bierno; Que, el papel esencial de los empresarios turísticos de la Región consiste en definir las bases para la elaboraciónde una estrategia de desarrollo del turismo. Dichas basesdeben ser el punto de partida para las líneas de interven-ción en materia de producto, promoción, comercializacióny calificación que el turismo requiere; Que, se tiene que identificar las oportunidades y ries- gos y delimitar las grandes líneas estratégicas que debencontribuir a la configuración de productos turísticos com-petitivos, en consonancia con las expectativas del merca-do. El marco de una planificación sostenible es la condi-ción para evitar las descoordinaciones que suele caracte-rizar a estos procesos. Existen otros numerosos aspectosa tener en cuenta de los que depende en última instanciael éxito de un modelo turístico; Que, en mérito a la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013 - Ley Orgánica de GobiernosRegionales, artículos 15º numeral a) y 38º, el Consejo Re-gional aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Objeto Créase por necesidad y utilidad regional el "Comité Regional de Promoción Turística de Tacna", encargada deelaborar y organizar el Plan Estratégico Turístico de Tacnay como Órgano Consultivo y de Coordinación de la Políticade Turismo de la Región de Tacna. Artículo Segundo.- Conformación El Comité Regional de Promoción Turística de Tacna, estará integrado de la siguiente forma: - (1) Representante del Gobierno Regional, quien lo presidirá. - (1) Representante de la Dirección Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo. - (1) Representante de la Dirección Regional Sectorial de Educación. - (1) Representante de la Cámara de Comercio.- (1) Representante de la Asociación de Hoteles.- (1) Representante de la Asociación de Restaurantes.- (1) Representante de la Cámara de Turismo.- (1) Representante del Sindicato de Choferes.- (1) Representante de la Policía Nacional.- (1) Representante de las Agencias de Viajes.- (1) Representante de la Aju Zotac.- (1) Representante de la Zofra Tacna.- (1) Representante de cada Municipalidad Provincial de la Región de Tacna. Se aclara que los cargos directivos son ad honórem.Artículo Tercero.- Secretaría Técnica El Director Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo, deberá asesorar y prestar el servicio administra-tivo al Comité Regional de Promoción Turística de Tacna. Artículo Cuarto.- Ejecución Encargar a la Gerencia General Regional la ejecución de la presente Ordenanza Regional, debiendo elaborar elreglamento de funcionamiento del Comité, el mismo quedeberá ser aprobado mediante Decreto Regional previoacuerdo de directorio de Gerentes Regionales. Artículo Quinto.- Publicidad Disponer que la Dirección Regional de Administración efectúe la publicación de la presente Ordenanza en el Dia-rio Oficial El Peruano y la Oficina de Soporte Informáticorealice la publicación en el Portal Electrónico de la Región. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Tacna para su promulgación. En Tacna, a los dos días del mes de marzo del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Tac- na, a los dos días del mes de marzo del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 06103 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3 /G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G2D/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G62/G72/G69/G6E/G2D/G64/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G63/G61/G75/G2D /G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2004/MDA Ancón, 10 de marzo del 2004 Visto, el Informe Nº 150-2004-OAJ/MDA de la Oficina de Asesoría Jurídica, en la Sesión de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que corresponde al Concejo Muni-cipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejarsin efecto los acuerdos; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 025-2004/MDA de fecha 13 de febrero del 2004 el Concejo Municipal deAncón, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el día 23de febrero del 2004, aprobó la exoneración del proceso deselección para contratar los servicios personalísimos conla Persona Jurídica "Gálvez Monteagudo & AbogadosSCRL", a fin de que brinde el servicio especializado enrecaudación tributaria y no tributaria de recursos no presu-puestados por las empresas de servicios básicos, de acuer-do a lo dispuesto en el inciso h) del artículo 19º e inciso c)del artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado con D.S. Nº 012-2001-PCM, quedispone que las contrataciones de servicios personalísi-mos, están exoneradas de los procesos de Licitación Pú-blica, Concurso Público o Adjudicación Directa y se otor-gan mediante la modalidad de Adjudicación de Menor Cuan-tía y aprobada mediante Acuerdo de Concejo; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 150-2004-OAJ/MDA de fecha 10.3.04., señala que lapersona jurídica "Gálvez Monteagudo & Abogados SCRL",