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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2004 (26/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G34/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de marzo de 2004 c.1) Número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) o documento de identidad, de ser el caso. c.2) Descripción, nombre o razón social con quien se realizó la operación. c.3) Saldo Contable al 31 de diciembre de cada ejerci- cio. d) Saldo final de la cuenta contable. 3.3.3 Del Anexo 3: “Control mensual de la cuenta 10 - Caja y Bancos” Este anexo deberá contener el detalle, al último día ca- lendario de cada mes, de la cuenta 10-Caja y Bancos e incluirá como mínimo la siguiente información: a) Identificación de las cuentas bancarias y del efecti- vo. b) Saldos contables iniciales del período. b.1) Debe. b.2) Haber. c) Movimientos del período: c.1) Deudor. c.2) Acreedor. d) Saldos contables finales del período: d.1) Debe. d.2) Haber. e) Conciliación:e.1) Debe. e.2) Haber. f) Saldos según Estados de Cuenta Corriente: f.1) Debe. f.2) Haber. 3.3.4 Del Anexo 4: “Control anual de las cuentas 20 - Mercaderías y 21 - Productos Terminados” El control anual de las cuentas 20 - Mercaderías y 21 - Productos Terminados se efectuará al 31 de diciembre de cada ejercicio gravable e incluirá como mínimo la siguienteinformación: a) Código de la existencia. b) Tipo de existencia: b.1) Mercadería. b.2) Producto Terminado. c) Descripción de la mercadería o producto terminado. d) Unidad de medida. e) Método de valuación aplicado. f) Cantidad de la mercadería o producto terminado.g) Costo unitario de la mercadería o producto termina- do. h) Costo total de la mercadería o producto terminado. 3.3.5 Del Anexo 5: “Control mensual de los bienes del Activo Fijo propios” Este anexo deberá contener el detalle, al último día ca- lendario de cada mes, de los bienes del activo fijo que seanpropiedad del contribuyente e incluirá como mínimo la si- guiente información: a) Fecha de operación: Adquisición, ingreso al patrimo- nio, mejora, baja o retiro del activo fijo. b) Descripción del activo fijo.c) Método de valorización del activo fijo: c.1) Valor de adquisición. c.2) Valor de un bien de características similares. c.3) Valor de tasación. d) Marca y/o modelo del activo fijo. e) Número de serie y/o placa del activo fijo. f) Referencia de la anotación de la operación vinculadaal activo fijo en el Registro de Compras o en el Registro de Ventas e Ingresos. g) Número del Comprobante de Pago o Declaración Única de Aduanas (DUA) o documento que sustente la pro-piedad, costo, mejora incorporada, baja o retiro del activo fijo. h) Valor contable del activo fijo.i) Provisión acumulada contable de la depreciación o amortización del activo fijo. j) Valor contable neto del activo fijo.k) Ajustes tributarios de la depreciación o amortización acumulada contable. l) Valor neto del activo fijo para la aplicación del nume- ral 3 del inciso a) del articulo 118º de la Ley. 3.3.6 Del Anexo 6: “Control mensual de los bienes del Activo Fijo de terceros” Este anexo deberá contener el detalle, al último día ca- lendario de cada mes, de los bienes del activo fijo de terce- ros afectados a la actividad, e incluirá como mínimo la si- guiente información: a) Fecha del contrato de cesión en uso, arrendamiento, usufructo, arrendamiento financiero, comodato y en gene-ral cualquier contrato mediante el cual se otorgue el dere- cho a usar un bien. b) Situación del activo fijo: alquiler, cesión en uso, etc.c) Descripción del activo fijo. d) Método de valorización del activo fijo: d.1) Valor de un bien de características similares. d.2) Valor de tasación. e) Marca y/o modelo del activo fijo. f) Número de serie y/o placa del activo fijo. g) Valor del activo fijo. El Libro de Inventarios y Balances que los contribuyen- tes del Régimen Especial del Impuesto a la Renta se en-cuentran obligados a llevar no podrá tener un atraso mayor a 10 (diez) días hábiles para el registro de las operaciones de carácter mensual o anual, según corresponda. El in-cumplimiento de lo dispuesto en el presente párrafo se san- cionará de acuerdo al Código Tributario. Artículo 4º.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de abril del 2004. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única.- Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigencia de esta norma se encuentren acogidos al Ré- gimen Especial del Impuesto a la Renta de acuerdo a loestablecido en la Ley deberán: 1. Efectuar un Balance General al 1 de abril del 2004 en el Libro de Inventarios y Balances, a cuyo efecto utiliza- rán el formato aprobado en el Anexo 1, a excepción de la columna “Saldos finales del Estado de Pérdidas y Ganan-cias por Función”. En el citado balance determinarán los saldos de sus cuentas del activo y pasivo, reflejando la diferencia de losmismos en la cuenta 50-Capital Social o la 59-Resultados Acumulados, según corresponda, salvo el caso de los con- tribuyentes que provengan del Régimen General del Im-puesto a la Renta, quienes reflejarán la diferencia de sal- dos en la cuenta 59-Resultados Acumulados. 2. Efectuar un registro inicial de sus activos fijos al 1 de abril del 2004, a cuyo efecto utilizarán los formatos apro- bados en los anexos 5 y 6. El valor a ser considerado en el mencionado registro será el de adquisición. En caso no se pueda determinar dicho valor, se tomará el de un bien de características si- milares o, a falta de éste, el de tasación efectuado por laentidad competente, calculados a la fecha señalada en el párrafo anterior. En todos los casos, los contribuyentes se encuentran obligados a sustentar documentariamente la valuación efec- tuada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional