TEXTO PAGINA: 5
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G37/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 2 de mayo de 2004 lucha contra la pobreza y proyectos de inversión de infra- estructura productiva de alcance regional, en función delas capacidades de gestión de cada gobierno regional y local; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2003-VIVIEN- DA, se crea el Consejo Directivo en el Proyecto Especial Pasto Grande, como máximo órgano de la entidad, encar- gado de establecer las políticas, planes, actividades, me-tas y estrategias de la Institución, encargado además de supervisar la administración general y la marcha del Pro- yecto Especial; Que, el mencionado Decreto Supremo dispone que el citado Consejo Directivo estará integrado entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura; Que, en consecuencia, es necesario designar al repre- sentante del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 017-2001-AG y el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 033-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, al Ing. Alfredo Valentín Ki- hien Collado como representante del Ministerio de Agricul- tura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Pasto Grande, creado por Decreto Supremo Nº 033-2003-VIVIEN-DA. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 08412 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G42/G61/G73/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G56/G65/G6E/G74/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G61/G6C/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G71/G75/G69/G2D/G70/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6D/G62/G65/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G6D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G2D/G70/G72/G61/G76/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G61/G6C/G20/G63/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0303-2004-AG Lima, 30 de abril de 2004 VISTO:El Oficio Nº 009-2004-AG-CEVM/P de la Comisión Es- pecial de Venta de Maquinaria Agrícola y Agroindustrial delMinisterio de Agricultura, en lo referente a la aprobación de las Bases Administrativas para la venta directa al crédito de Equipos de Bombeo y del modelo de Contrato de Com-pra Venta al crédito de Equipos de Bombeo de propiedad del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 129-2001, de fecha 30 de noviembre de 2001, se autorizó al Ministerio de Agricultura a vender directamente a los productoresagrarios, personas naturales o jurídicas, sin el requisito de subasta pública, la maquinaria de uso agrícola y agroin- dustrial de propiedad estatal que mantenga en sus alma-cenes y/o en los de las Direcciones Regionales Agrarias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-AG, de fecha 9 de enero de 2002, se dictaron las disposicionesreglamentarias par la Venta Directa de la Maquinaria Agrí- cola y Agroindustrial en aplicación del Decreto de Urgen- cia Nº 129-2001; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0074-2002-AG, de fecha 21 de enero de 2002, se constituyó la Comisión Especial de Venta de Maquinaría Agrícola y Agroindustrialdel Ministerio de Agricultura; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0614-2002-AG, de fecha 25 de junio de 2002, se aprueban las Bases Ad-ministrativas para la Venta Directa al Contado o al Crédito de la Maquinaria Agrícola y Agroindustrial de propiedad del Ministerio de Agricultura, sin requisito de subasta pública; Que, con motivo de la suscripción del Pacto Agrario Na- cional (PAN), denominado “Carta Verde”, se establecieronocho ejes centrales de la política del Estado para la agri- cultura, uno de los cuales es el “Aprovechamiento Sosteni-ble de los Recursos Naturales y Protección del Medio Am- biente”, en el cual se inserta como medida inmediata en materia de aguas de uso agrícola el “Programa Nacionalde Aprovechamiento de Aguas Subterráneas - PRONA- SUB”; Que, el “Programa Nacional de Aprovechamiento de Aguas Subterráneas - PRONASUB”, tiene previsto proveer de Equipos de Bombeo (motor y bomba) a los productores agrarios en condiciones excepcionales de financiamiento,con el fin de atenuar el efecto negativo de la escasez de agua presentada en los valles del norte en el corto plazo y desarrollar el aprovechamiento intensivo de las aguas sub-terráneas bajo el enfoque del uso conjunto de este recurso natural, que permita una mayor disponibilidad de agua, efec- tuar el drenaje vertical, disminuir la vulnerabilidad del abas-tecimiento de agua para riego y aumentar la producción y productividad agrícola como consecuencia de revertir la situación actual al detener el proceso de degradación detierras y recuperar progresivamente los suelos afectados; Que, a tal fin, es necesario aprobar las Bases Adminis- trativas para la Venta Directa al Crédito de los Equipos deBombeo de propiedad del Ministerio de Agricultura y el Modelo de Contrato de Compraventa de Maquinaria al Cré- dito en el marco del Programa de Venta de Equipos deBombeo; así como autorizar al funcionario que en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, suscribirá los contratos que se originen; Que, de conformidad con el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar las Bases Administrativas para la Venta Directa al Crédito de los Equipos de Bombeo de pro- piedad del Ministerio de Agricultura, a que se refiere elAnexo 01 que forma parte de la presente Resolución Mi- nisterial. Artículo 2º .- Aprobar el Modelo de Contrato de Com- praventa de Maquinaria al Crédito en el marco del Progra- ma de Venta Directa al Crédito de Equipos de Bombeo, a que se refiere el Anexo 02, que forma parte de la presenteResolución Ministerial. Artículo 3º .- Autorizar al Secretario Ejecutivo de la Comisión Especial de Venta de Maquinaria a suscribir, ennombre y representación del Ministerio de Agricultura, los contratos Compra Venta al Crédito que se originen en apli- cación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministe-rial. Artículo 4º .- La Oficina de Tramite Documentario trans- cribirá a las Direcciones Regionales Agrarias la presenteResolución y sus anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura ANEXO 01 BASES ADMINISTRATIVAS PARA LA VENTA DIRECTA AL CRÉDITO DE EQUIPOS DE BOMBEO DE PROPIEDAD DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Decreto de Urgencia Nº 129-2001 Decreto Supremo Nº 002-2002-AG I. OBJETO DE LA VENTA DIRECTA Cumplir con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 129-2001 de 30 de noviembre del 2001 y publicado el 1de diciembre del mismo año y el D.S. 002-2002-AG publi- cado el 10 de enero de 2002, mediante los cuales se auto- riza al Ministerio de Agricultura, a vender directamente alos productores agrarios, personas naturales y jurídicas, sin el requisito de subasta pública, la maquinaria de uso agrícola y agroindustrial de propiedad del Estado, que semantenga en los Almacenes del Ministerio y/o en los de las Direcciones Regionales Agrarias. La presente autori-