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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2004 (07/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 89

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G31/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de mayo de 2004 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6C /G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G69/G63/G69/G6F/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2004-MDP Pachacamac, 30 de abril del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACAMAC VISTO: En sesión ordinaria de fecha 30 de abril del 2004, la Resolución de Alcaldía Nº 422-2004-MDP/A, declarandola nulidad de oficio de la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2004-CEP/MDP, convocada para la adquisición de insumosdel Programa del Vaso de Leche, el Informe Nº 003-2004-CE/MDP, del Comité Especial, sobre nulidad de oficio del proceso de selección; y el informe Legal de la Oficina de Asesoría Legal Nº 370-2004-OAL/MDP, referido a la decla-ración de urgencia al suministro de productos alimenticiosal programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, la Resolución de Alcaldía Nº 422-2004-MDP/A, de- clara la nulidad de oficio del proceso de Licitación Pública Na-cional Nº 0001-2004-CEP/MDP, convocado para la adquisiciónde insumos destinados al Programa del Vaso de Leche, retro-trayendo el proceso de selección precitado hasta la etapa de elaboración de la Bases administrativas, a efecto de que ésta cumpla con las atingencias efectuadas por el CONSUCODE,señaladas en su Pronunciamiento Nº 064-2004 (GTN); Que, la declaración de nulidad de oficio del proceso de Licitación Pública Nacional Nº 0001-2004-MDP/CE, con-lleva retrasar la adquisición de los productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, los mismos que tie- nen como finalidad el consumo inmediato por parte de losbeneficiarios; por lo que se hace necesario adoptar lasacciones inmediatas que nos permitan evitar el desabasteci-miento de productos al citado Programa, dada las seriasimplicancias que conllevaría su paralización o interrupción para la salud de los miles de niños beneficiarios; Que, en este sentido, el análisis a los elementos susten- tados por el Comité Especial y la Resolución de AlcaldíaNº 422-2004-MDP/A, que declara la nulidad de oficio delProceso de Licitación Pública Nacional Nº 0001-2004-MDP/CE, justifican, al amparo de los artículos 19º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, decla- rar en situación de Urgencia la adquisición de productosalimenticios para el Programa del Vaso de Leche, por 90días, debiendo ser aprobado por Acuerdo de Concejo deconformidad a lo señalado por el TUO de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado; Que, es imprescindible declarar la situación de urgencia al suministro de productos del Programa del Vaso de Leche,a fin de asegurar el abastecimiento de productos al Progra-ma en mención, y adoptar acciones inmediatas para aten-der en forma normal las raciones diarias que demanda elPrograma del Vaso de Leche, de conformidad a lo señalado en la Ley Nº 27470 y su modificatoria la Ley Nº 27712; Que, el artículo 19º, del TUO de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº012-2001-PCM, sobre Exoneración de Licitación Pública,Concurso Público o Adjudicación Directa, señala en el in-ciso c) que están exonerados de los procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público o adjudicación Directa, se- gún sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que serealicen en Situación de Emergencia o de Urgencia decla-radas de conformidad con la presente ley; Que, de acuerdo a lo señalado por el artículo 21º de la acotada ley, se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la con-tinuidad de los servicios esenciales o de las operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo, lo que facultaa ésta, a la adquisición o contratación de los bienes, servi-cios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para efectuar el proceso de selección quecorresponda; Que, asimismo el artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, modificado por el D.S. Nº 079-2001-PCM, establece que la situación de urgencia debe entendersecomo una medida temporal ante un hecho de excepción quedetermina un acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indis-pensable a fin de paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones correspondientes; Que, el artículo 20º, de la acotada norma, señala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el artículo 19ºse realizan mediante el Proceso de Adquisición de Menor Cuan-tía, debiendo aprobarse la exoneración por Acuerdo de Conce- jo, el cual debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 días hábiles de su emisión; igualmente debe remitir-se copia del Acuerdo de Concejo y de los informes que lo sus-tentan a la Contraloría General de la República, dentro de los10 días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, se hace necesario remarcar que dicha adquisición deberá llevarse a cabo dando estricto cumplimiento a lo esta- blecido en el artículo 105º del Reglamento de la Ley, en con-cordancia con el Acuerdo Nº 008/005 del Tribunal de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, el cual establece que cons-tituye causal de nulidad de los procesos de selección, los ca-sos en que habiéndose declarado en situación de urgencia de acuerdo a Ley, las Entidades incumplen lo dispuesto por el ar- tículo 105º D.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorga- das por el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Orgánica deMunicipalidades, y con las dispensas del trámite de Apro- bación del Acta; por mayoría; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia, hasta por 90 días, al suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pachacamac, hasta la culminación del procesode selección correspondiente, según el siguiente detalle: ÍTEMS PR ODUCTO CANTIDAD MONTO Ítem I: Leche Evaporada 124,763 unid. de 410 g. S/. 218,335.25 Entera en Lata Ítem II: Hojuela de C ereales 17,505.40 kilogr amos S/. 64,769.98 (Avena, Quinua y Kiwicha) TOTAL S/. 283.105.23 Artículo Segundo.- La fuente de financiamiento corres- pondiente es la de transferencias internas del sector públi- co Programa Vaso de Leche. Artículo Tercero.- Encargar al Área de Abasteci- mientos, la adquisición mediante el proceso de Menor Cuan-tía, de conformidad a lo establecido por la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuer- do en el Diario Oficial El Peruano y su notificación a la Contraloría General de la República, el presente Acuerdo de Concejo, dentrode los diez días siguientes a su fecha de aprobación. Regístrese, publíquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE Vda. DE POBLET Alcaldesa 08647 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G32/G64/G6F/G2E/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G69/G2D /G76/G69/G6C/G20/G4D/G61/G73/G69/G76/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2004-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO; el Informe Nº 024-2004-URC-MDR, de fecha 15.3.04 de la División de Registros Civiles;