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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G31/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de mayo de 2004 tio Arturo Jiménez Borja- Puruchuco a realizar Recolec- ción Sistemática de Superficie en el Asentamiento Huma-no Señor de los Milagros, ubicado en el distrito de Ate -Vitarte a realizarse los días 26 al 30 de marzo de 2001; Que, mediante Informe Nº 072-01-INC-MSAJB-P de fecha 6 de abril del 2001, el Director del Museo de SitioArturo Jiménez Borja-Puruchuco remite el Informe Nº 045-01-INC/MSAJB-P-JAD sobre Recolección y Registro deMaterial cultural de superficie de la Zona ArqueológicaMonterrey 1; Que, mediante Informe Nº 628-2001-INC/GL del 16 de agosto del 2001, la Gerencia Legal del INC, opina que elexpediente presentado por la DGPA solicitando se aprue-be la redelimitación de la Z.A. Monterrey Sector 1, deberetornar a la DGPA y ser remitido a la CCZAOAAHH a finde que se proceda de acuerdo a lo prescrito en el Decreto Supremo Nº 017-98-PCM y su modificatoria; Que, mediante Oficio Nº 105-2001-CCZAOAAHH del 3 de setiembre del 2001, dirigido a la Dirección General dePatrimonio Arqueológico, la Comisión Calificadora de Zo-nas Arqueológicas Ocupadas por Asentamientos Huma-nos devuelve el expediente correspondiente a la Zona Ar- queológica Monterrey - Sector 1 sector ocupado por la Asociación de Posesionarios Señor de los Milagros, a finde que se complemente el Informe final del Estudio de Eva-luación Arqueológica de acuerdo a lo señalado en el Re-glamento de Calificación de Zonas Arqueológicas Ocupa-das por Asentamientos Humanos, aprobado mediante De- creto Supremo Nº 017-98-PCM; Que, posteriormente en sesión 16 del 25 de octubre del 2001, la Comisión Calificadora de Zonas Arqueológicasocupadas por Asentamientos Humanos, acuerda que exis-te la necesidad de complementar el informe de la Recolec-ción Sistemática de Superficie con un Estudio de Evalua- ción Arqueológica con excavación de pozos de cateo debi- do a que el informe no cumple con los requisitos técnicosnecesarios para poder emitir un Dictamen respecto a laZona Arqueológica y continuar con lo establecido en elDecreto Supremo Nº 017-98-PCM; Que, mediante Memorándum Nº 299-2002-INC/DGPA- D, del 18 de junio 2002, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico remite a la Comisión Calificadora de ZonasArqueológicas Ocupadas por Asentamientos Humanos elInforme Final del Estudio de Evaluación Arqueológica Mon-terrey sector 1 a cargo de la Lic. Jenny Alcántara; Que, mediante Informe Nº 734-2002-INC/GL de fecha 28 de agosto del 2002, la Gerencia Legal del INC opina que la documentación retorne a la CCZAOAAHH para quecumpla con encausar el procedimiento dentro del marcolegal previsto por el Decreto Supremo Nº 017-98-PCM ymodificatorias; Que, mediante Oficio Nº 028-2002-CCZAOAAHH de fecha 25 de setiembre del 2002, la Comisión Calificadora de Zonas Arqueológicas Ocupadas por AsentamientosHumanos remite a la Dirección General de PatrimonioArqueológico el Acta de Observaciones de fecha 10 desetiembre del 2002; Que, mediante Oficio Nº 001-2003-CCZAOAAHH-P, la Comisión Calificadora de Zonas Arqueológicas Ocupadas por Asentamientos Humanos remite a la Dirección Gene-ral de Patrimonio Arqueológico el Acta de Observacionesal Informe Final del Proyecto de Evaluación ArqueológicaMonterrey Sector 1 de fecha 4 de diciembre del 2002 pre-sentada por el Comité Técnico Arqueológico; Que con fecha 14 de febrero 2003, los miembros de la CCZAOAAHH realizaron una inspección al terreno evalua-do a fin de verificar in situ el estado actual, concluyendoque los restos subyacentes se encontraron aislados y fue-ra de contexto, además de encontrarse entre viviendas conalto grado de consolidación; Que, en la sesión Nº 007-2003 de fecha 19 de mayo de 2003 los Miembros de la CCZAOAAHH han acordado quehabiendo transcurrido un tiempo prudencial y no habiendocumplido la arqueóloga Alcántara con subsanar el total delas observaciones formuladas, el expediente sea derivadoal Comité Técnico Arqueológico para que en base a las supervisiones del Comité y Comisión realizadas al sitio y los elementos con los que se cuente hasta la fecha, emitael Dictamen correspondiente; Que, mediante sesión Nº 03 de fecha 7 de octubre de 2003, el Comité Técnico Arqueológico, emite el DictamenNº 03-2003-CTA-CCZAOAAHH, que sustenta la catego- rización del área del “Estudio de Evaluación Arqueológica Monterrey Sector 1”, sector ocupado por la Asociación dePosesionarios Señor de los Milagros, ubicada en el distritode Ate, provincia y departamento de Lima;Que, en Sesión Nº 001 del 26 de enero de 2004, la Comisión Calificadora de Zonas Arqueológicas Ocupadaspor Asentamientos Humanos, recibe y aprueba el InformeTécnico Final y el Dictamen Nº 003-2003-CTA-CC- ZAOAAHH, emitiendo el Dictamen Nº 003-2004-CC- ZAOAAHH; Con las visaciones de la Dirección de Gestión y la Ofi- cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con los dispuesto por la Ley Nº 24047 “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción", su modificatoria la Ley Nº 24193; el Decreto Supre- mo Nº 017-98-PCM que crea la Comisión y aprueba elReglamento de Calificación de Zonas Arqueológicas Ocu-padas por Asentamientos Humanos, sus modificatorias, elDecreto Supremo Nº 046-98-PCM y el Decreto SupremoNº 025-99-MTC; y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED “Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura”; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR el nuevo plano de Parcelas Nº 005-CCZAOAAHH-2003 referido a la categorización de la Zona Arqueológica Monterrey Sector 1, distrito de Ate, pro-vincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- MANTENER como Zona Arqueológica In- tangible a la denominada Parcela A, al encontrarse en ellalas estructuras y edificios de factura prehispánica que de- ben ser conservados, manteniendo su carácter de inalienabilidad e intangibilidad, correspondiente al sectordonde se ubican los edificios prehispánicos subsistentes yparte del área actualmente ocupada por la Asociación deVivienda 8 de Enero donde subyacen vestigios arqueoló-gicos. La Parcela “A” abarca una extensión superficial de 21,462.77 m2 encerrada dentro de una poligonal de 690.02ml, cuyos datos técnicos están contenidos en el Plano Nº005-CCZAOAAHH-2003. Artículo 3º.- CATEGORIZAR como Zona Desafecta- ble al área denominada Parcela B, del sitio Monterrey Sec- tor 1 correspondiente al sector ocupado por la Manzana B (lotes 5, 6, 7, 8, y parcialmente los lotes 4 ,9 y 10), el pasa-je Marcavalle y la Manzana C (lotes 4, 5 y 6) de la Asocia-ción de Posesionarios Señor de los Milagros, además delcamino de acceso (vía sin asfaltar) hacia la Asociación dePosesionarios Señor de los Milagros y al AH. Monterrey A, al encontrarse los restos que existían severamente depre- dados y removidos. La Parcela “B” abarca una extensión superficial de 1,300.84 m2, encerrada dentro de una poligonal de 153.21ml, cuyos datos técnicos, están contenidos en el Plano Nº005-CCZAOAAHH-2003. Artículo 4º.- APROBAR el nuevo Plano Remanente Nº 006-CCZAOAAHH-2003, que define el perimétrico del árearemanente de la Zona Arqueológica Monterrey Sector 1,distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Catego-rizada como Zona Arqueológica Intangible con un área de21,462.77 m2 y un perímetro de 690.02 ml. Artículo 5º.- COMUNICAR a la directiva de la A.P. Se- ñor de Los Milagros, que cualquier obra que implique movi-miento de tierras para construcción de viviendas; obras deequipamiento urbano; instalación de tuberías para los ser-vicios de agua y desagüe; servicio de energía eléctrica oproyectos de edificación a realizarse en la manzana “B” lotes 4,5,6,7,8, 9 y 10, y en la vía de acceso a la Asocia- ción de Posesionarios Señor de los Milagros y al “AH.Monterrey A”, deberá contar con la autorización del Institu-to Nacional de Cultura y se ejecutará bajo estricta supervi-sión de un arqueólogo a través de un monitoreo arqueo-lógico permanente con el fin de registrar cualquier eviden- cia arqueológica que aún pudiera encontrarse bajo la su- perficie. Artículo 6º.- DISPONER que la Subdirección del Mu- seo de Sitio Arturo Jiménez Borja-Puruchuco oficie al Cen-tro Educativo Nº 1252, a la Asociación de PosesionariosSeñor de los Milagros, a los Asentamientos Humanos Mon- terrey A y Monterrey B y a la Asociación de Vivienda 8 de Enero, aledaños al Sitio Monterrey Sector 1, que deberánparalizar todo tipo de actividades que ocasionen dañosdentro de la parcela A categorizada como Zona Arqueoló-gica Intangible. Artículo 7º.- COMUNICAR a la Municipalidad Distrital de Ate, COFOPRI, autoridades políticas y civiles acerca de las categorías establecidas en la zona y la accionesque deberán realizar acorde a éstas, conforme a loestablecido en la presente resolución.