Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2004 (07/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 74

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G31/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de mayo de 2004 plido con emitir el Informe Legal de acuerdo a lo estableci- do en los Artículos 20º y 113º de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado y en su Reglamento, respecti-vamente; Que, los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado es-tablecen los procedimientos a que deben sometersetales contrataciones, precisando que deberá indicarseen la resolución exoneratoria el órgano que se encar-gará de llevar a cabo la contratación, y que una vez aprobada la exoneración, la contratación deberá reali- zarse mediante acciones inmediatas sobre la base dela obtención de la cotización que cumpla los requisitosestablecidos en las Bases; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, los Artículos 113º y 116º de su Regla- mento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectivamente y el nu-meral 6.5 de las Disposiciones Específicas de la Direc-tiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada porResolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; y, Estando a lo dispuesto por el Vicerrector Administra- tivo en Oficio Nº 0690-2004-VRAD-UNFV, de fecha28.4.2004; y, en uso de las facultades conferidas por laLey Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y el Re-glamento General de la Universidad Nacional FedericoVillarreal y la Resolución R. Nº 8460-2004-UNFV; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en situación de Ur- gencia la Contratación de los Servicios de Vigilancia ySeguridad de las Instalaciones de la Universidad Nacio- nal Federico Villarreal, por consiguiente, exonerar a la Universidad del proceso de selección correspondientepara contratar dichos servicios, por el plazo de dos (2)meses, a partir del 1 de mayo del 2004 hasta el 30 dejunio del 2004, hasta por el valor referencial ascendentea S/. 327,120.00 (Trescientos veintisiete mil ciento vein- te con 00/100 Nuevos Soles), afectándose a la fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Comité Espe- cial Permanente para los procesos de Adjudicacionesde Menor Cuantía -Bienes y Servicios- de la Univer-sidad Nacional Federico Villarreal, contratar los servi- cios que se refiere el artículo primero de la presente resolución, mediante proceso de Adjudicación de Me-nor Cuantía. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría Ge- neral de la Universidad tramite la publicación de la presen-te resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como re- mita copia de la misma y del Informe Técnico - Legal que la sustenta a la Contraloría General de la República, dentrode los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de suaprobación. Artículo Cuarto.- El Vicerrectorado Administrativo, así como los Jefes de las Oficinas Centrales de Planificación, Económico Financiera y, de Logística y Servicios Auxiliares, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento dela presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. VÍCTOR TAQUIA VILA Rector (e) 08732 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 FONDO MIVIVIENDA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G6F/G6D/G6F/G76/G65/G72/G20/G63/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G2D/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G39 /G61/G20/G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G2D /G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G54/G65/G63/G68/G6F/G20/G50/G72/G6F/G70/G69/G6F RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA EJECUTIVA Nº 55-SE-2004 Lima, 30 de abril de 2004VISTOS: El Informe Técnico Nº 003-04-2004/GP de fecha 29 de abril del 2004, de la Gerencia de Promoción y el Memo- rando Nº 151-2004-OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica el 30 de abril del 2004; CONSIDERANDO:Que, el literal h) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que están exonerados de los Proce-sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, según sea el caso, las contrataciones que serealizan para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 116º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,las contrataciones exoneradas, se efectúan mediante elproceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, según el Artículo 111º del mencionado Reglamento, modificado por el Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM, se-ñala que son considerados servicios personalísimos y portanto se encuentran exonerados del respectivo proceso deselección, los servicios de publicidad que prestan al Estadolos medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cual- quier otro medio de comunicación, en atención a las carac- terísticas particulares que los distinguen; es decir, que losmedios de comunicación son considerados "personalísimos",independientemente del medio que se trate; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico Nº 003-04-2004/GP de la Gerencia de Promoción, de fe- cha 29 de abril del 2004 es necesaria la contratación de publicidad para promover una campaña de comunicaciónpublicitaria en los medios de mayor alcance a nuestro mer-cado objetivo informando sobre la 9ª Convocatoria al Pro-grama Techo Propio; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos deselección, al amparo de las causales contenidas en el artí-culo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente un informetécnico-legal, emitido por las áreas técnicas y de asesoríajurídica de la Entidad. Dicho informe contendrá la justifica- ción técnica y legal de la contratación y de la necesidad de la exoneración, y contemplará criterios de economía talescomo los costos y la oportunidad; Que, con relación a los criterios de economía (costos y la oportunidad) de la contratación del servicio de publici-dad, según el Informe Técnico Nº 003-04-2004/GP, el pre- cio para la contratación de dicho servicio en los diferentes medios de comunicación asciende en total a la suma deUS$ 26 653.59 (veintiséis mil seiscientos cincuenta y tresy 59/100 Dólares Americanos) incluido el IGV, para alcan-zar alrededor de 19.54 millones de impactos a nivel nacio-nal, y a un costo por mil promedios de US $ 1.15 que co- rresponde a un mes de publicidad de exposición en me- dios; Que, el Informe Legal contenido en el Memorándum Nº 151-2004-OAJ, de fecha 30 de abril del 2004, indica que laGerencia de Promoción ha sustentado la causal de exone-ración del proceso de adquisición prevista en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; De conformidad con los Artículos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, losartículos 111º y 116º de su Reglamento aprobados por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y, la Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, el titular de la entidad es el Secretario Ejecutivo;En uso de sus facultades conferidas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la contratación de publicidad para promover una campaña de comunicación publicitaria so-bre la 9ª Convocatoria al Programa Techo Propio, en losmedios de mayor alcance a nuestro mercado objetivo, exo-nerándolos del proceso de selección, de conformidad con lo siguiente: a. Tipo de contrato: servicios. b. Descripción del servicio: publicidad en: