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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2004 (07/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 77

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G31/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de mayo de 2004 - Topográfico de la Zona Arqueológica Collor, Lámina P02, de fecha setiembre del 2003, a escala 1/2000, con unárea de 34.83 hectáreas y un perímetro de 2326.10 me-tros, ubicada en los distritos de Namora y Jesús, provincia y departamento de Cajamarca. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica mencio- nada en el Artículo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada “Patri-monio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 08653 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 289/INC Lima, 19 de abril de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 043, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 003 de fecha 17 de febrero del 2004; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-taciones culturales del país y de la conservación del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís-tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi-cionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 007, de fecha 6 de febrero del 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a laZona Arqueológica Usno Moqo, ubicada en el distrito deTamburco, provincia de Abancay, departamento de Apurí-mac; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídi-cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na- cional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Usno Moqo, ubicada en el distrito de Tamburco, provincia de Abancay, departamento de Apu-rímac. Artículo 2º.- Aprobar el Expediente Técnico de Delimi- tación de la Zona Arqueológica Usno Moqo, Plano Peri-métrico de la Zona Arqueológica de Usno Moqo, Lámina CA 279, de fecha setiembre del 2003, a escala 1/300, con un área de 0.33 hectáreas y un perímetro de 248.54 me-tros lineales, ubicado en el distrito de Tamburco, provinciade Abancay, departamento de Apurímac, con su respecti-va ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bie- nes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patri-monio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica men- cionada en el Artículo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agrope- cuarios, obras habitacionales y otros que pudiesen afectar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada “Pa-trimonio Cultural de la Nación”, deberán contar con la apro-bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 08654 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G72/G63/G65/G6C/G61/G73/G20/G72/G65/G66/G65/G2D /G72/G69/G64/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G63/G61/G74/G65/G67/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61 /G41/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G4D/G6F/G6E/G74/G65/G72/G72/G65/G79/G2C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G74/G65/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 291/INC Lima, 19 de abril de 2004 Visto, el Oficio Nº 007-2004-CCZAOAAHH, de fecha 27 de febrero del 2004, remitido a la Dirección Nacional del INC por la Comisión Calificadora de Zonas ArqueológicasOcupadas por Asentamientos Humanos, conteniendo elInforme Técnico Final y el Dictamen Nº 003-2004-CC-ZAOAAHH, correspondiente a la Zona Arqueológica Mon-terrey Sector 1, sector ocupado por la Asociación de Posesionarios Señor de los Milagros, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-98-PCM se creó la Comisión Calificadora de Zonas ArqueológicasOcupadas por Asentamientos Humanos (CCZAOAAHH),aprobándose su respectivo Reglamento, teniendo la citadaComisión como competencia la de aprobar los Estudios deEvaluación Arqueológica, así como la categorización y la delimitación de las zonas arqueológicas ocupadas por asen- tamientos humanos, definidas en dichos estudios, confor-me a lo dispuesto en su reglamento; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 017-98-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 025-99-MTC, esta-blece que es competencia de la Comisión Calificadora de Zonas Arqueológicas Ocupadas por Asentamientos Huma- nos el autorizar y supervisar todo permiso de investigacio-nes y excavaciones de interés arqueológico o histórico enterrenos públicos o privados ocupados por toda clase deposesión informal; Que, mediante Resolución Directoral Nº 278/INC del 15 de setiembre de 1998, se resuelve declarar como Patri- monio Cultural de la Nación al sitio arqueológico denomi-nado “Monterrey Sector 1 y 2” ubicado en el distrito de Ate-Vitarte, encargando a la Dirección General de PatrimonioArqueológico del INC establecer las acciones orientadas ala protección, conservación, puesta en valor y otras accio- nes de emergencia, las que deberán enmarcarse dentro de un plan de manejo y desarrollo para el sitio arqueológico; Que, con Resolución Directoral Nacional Nº 1394/INC, del 16 de noviembre de 2000, se resuelve la categoriza-ción del sitio Monterrey Sector 1 de acuerdo al DictamenNº 08-2000-CTA-CCZAOAAHH y disponer el retiro de los pobladores de los asentamientos humanos que ocupan el área arqueológica intangible; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 243/ INC, del 23 de marzo de 2001, se resuelve la categorizaciónde la Zona Arqueológica Monterrey Sector 1 de acuerdo alDictamen Nº 12-2000-CTA-CCZAOAAHH; Que, con fecha 23 de marzo de 2001, el Director Gene- ral de Patrimonio Arqueológico, en mérito al Convenio deCooperación Interinstitucional entre el Instituto Nacional deCultura (INC) y la Comisión Formalización de la PropiedadInformal (COFOPRI), mediante credencial 03-2001 autori-za a la arqueóloga Jenny Alcántara Díaz del Museo de si-