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Pág. 268247 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de mayo de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Lino Ro- berto Molina Valencia, Patricia Victoria Mc Callum Luján yMercedes Delpino Aspiazu, Inspectores de la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 10 al 11 de mayo del 2004,para los fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acota- ción Nºs. 7307, 7308, 7689, 7690, 7884, 7889 y 8575, abo-nados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones porconcepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, deacuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por tres Inspectores) US$ 1, 320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 84.72(por tres Inspectores) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Artículo 1º de la presen-te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) díascalendario siguientes de efectuado el viaje, deberán pre-sentar un informe al Despacho Ministerial, con copia ala Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las accio- nes realizadas y los resultados obtenidos durante el via-je autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 08856 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de lacomisión de delitos de peculado,usurpación de función pública, concu-sión implícita y abuso de autoridad RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 167-2004-CG Lima, 5 de mayo de 2004 Visto, el Informe Especial Nº 042-2004-CG/ZN, resul- tante del Examen Especial efectuado al Consejo Transi-torio de Administración Regional Huánuco - CTAR HUÁ- NUCO, período Enero - Diciembre 2002; y, CONSIDERANDO: Que en cumplimiento del Plan Anual de Control de la Gerencia de Gobiernos Regionales de la Contraloría Ge- neral de la República, aprobado para el año 2003, este EnteTécnico Rector del Sistema Nacional de Control, dispusola realización de una acción de control en el Consejo Tran-sitorio de Administración Regional Huánuco, cuyo objetivofue determinar si los procesos de ejecución de obras públi- cas en sus diversas modalidades, se realizaron en sus fa- ses de programación, estudio, ejecución, supervisión y li-quidación, en concordancia con la normativa aplicable, determinando el grado de cumplimiento de los objetivosprevistos; Que, como consecuencia de la acción de control efec- tuada, la Comisión Auditora ha evidenciado que la eje- cución del proyecto de inversión “Complejo Turístico deBaños” fue realizada por la Gerencia Regional de Pro-moción de Inversiones, no obstante a que dicha atribu-ción correspondía a la Gerencia Regional de Operacio-nes, según lo establecido en el Reglamento de Organi- zación y Funciones del CTAR, la misma que rehusó ha- cerse cargo de la ejecución de la obra, aunándose a ellola omisión de los funcionarios de la Alta Dirección desupervisar la correcta ejecución de la obra por parte delos órganos competentes, pese a tener conocimiento delhecho irregular; siendo que los trabajos ejecutados muestran deficiencias técnicas, gastos en exceso en mano de obra, materiales y el riesgo de la pérdida de lainversión por la suma ascendente a S/. 149 702,50; cons-tituyendo los hechos expuestos indicios razonables quehacen presumir la comisión de los delitos de Usurpa-ción de Función Pública y Abuso de Autoridad en la mo- dalidad de Omisión, Rehusamiento o Demora de actos funcionales, previstos y penados en los artículos 361º y377º del Código Penal, respectivamente; Que, asimismo, la Comisión Auditora ha evidenciado que para la ejecución de la obra “Construcción del C.E. Nº 32492 Las Vegas”, se adquirieron un total de 307 bol-sas de cemento en exceso a las requeridas según el Ex-pediente Técnico de la referida obra; siendo que a la fe-cha se desconoce el uso y destino del material adquiridoen exceso, lo que evidencia que los funcionarios encarga- dos de la supervisión de la obra omitieron realizar una adecuada administración de los insumos de la misma,ocasionando un perjuicio económico por la suma de S/. 5618,10 nuevos soles; hechos que constituyen indicios ra-zonables que hacen presumir la comisión de los delitosde Peculado y Abuso de Autoridad en la modalidad de Omisión, Rehusamiento o Demora de actos funcionales, previstos y penados en los artículos 387º y 377º del Códi-go Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sis- tema Nacional de Control y de la Contraloría General dela República, constituye atribución de este OrganismoSuperior de Control, disponer el inicio de las accioneslegales pertinentes en forma inmediata, por parte del Pro-curador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño eco- nómico o presunción de ilícito penal, correspondiendoautorizar al Procurador Público a cargo de los asuntosjudiciales de la Contraloría General de la República elinicio de las acciones legales respectivas contra los pre-suntos responsables comprendidos en el Informe de Vis- to; y, De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República, y los De- cretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra- loría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legalescorrespondientes, por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente resolución, contra lospresuntos responsables comprendidos en el Informe deVisto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes co- rrespondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 08850