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Pág. 268248 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de mayo de 2004 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 168-2004-CG Lima, 5 de mayo de 2004 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 04-2004-CG/ GDPC de 30.ABR.2004, los Oficios Nºs. 159, 160 y 209-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 22.MAR. y12.ABR.2004 respectivamente, así como los Atestados Policiales Nºs. 02 y 03-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 8 y 12.MAR.2004 respectivamente, resultantes de lasinvestigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especia-lizada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contra-loría General de la República, en la Universidad Nacionalde Trujillo - UNT; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 1571-2003-CG/DC de 5.SET.2003 dispuso larealización de un Examen Especial a la mencionada Uni- versidad, a fin de determinar la veracidad de las denuncias presentadas sobre presuntas irregularidades en determi-nados procesos de administración de personal, recursosfinancieros, recursos logísticos, así como, presuntos co-bros indebidos e incumplimiento del principio de unidad decaja, hurto sistemático en la oficina técnica de tesorería, manejo irregular de recursos recaudados en el C.E.E, robo en el C.E.E. “Rafael Narváez Cadenillas”, pérdida de de-pósito del Laboratorio de Computación e Informática de laFacultad de Ingeniería Química; Que, debido a la existencia de irregularidades que con- tenían indicios de comisión de delito y al hecho de reque- rirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, la Co- misión consideró conveniente solicitar la participación dela Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional delPerú Adscrita a la Contraloría General de la República, afin que profundice las investigaciones del caso; Que, la citada Unidad Técnica conforme a sus atribu- ciones señaladas en los artículos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la PolicíaNacional del Perú, ha elaborado los Atestados Policialesde Vistos, los cuales han sido remitidos por dicha UnidadTécnica con Oficios Nºs. 152 y 153-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 19.MAR.2004 a la Sexta y Novena Fis- calía Provincial Penal de Trujillo, respectivamente, a fin que éstos órganos formalicen las denuncias pertinentes antelos Juzgados Penales competentes para el caso, por lacomisión de los delitos de Abuso de Autoridad en la moda-lidad de Incumplimiento de Obligaciones, Concusión Implí-cita y de Peculado; ilícitos previstos y sancionados por los artículos 377º, 383º y 387º del Código Penal vigente, res- pectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica delSistema Nacional de Control y de la Contraloría Generalde la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones le- gales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procu-rador Público, en los casos en que, producto de una verifi-cación se encuentre presunción de ilícito penal, así comoparticipar en los procesos judiciales, administrativos, arbi-trales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste, por lo que resulta conveniente autorizaral Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales dela Contraloría General de la República, a fin que se apersonee impulse las acciones legales correspondientes e inter-ponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la de- fensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en los Atestados Policiales de Vis-tos; De conformidad con los artículos 47º de la Constitu- ción Política del Estado, y 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e im-pulse las acciones legales correspondientes por los he-chos expuestos, en los Atestados Policiales de Vistos,remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 08851 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INADE Inician proceso investigatorio a ex directores ejecutivos del Proyecto Es-pecial CHINECAS por observaciones asu gestión administrativa y financiera INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 042-2004-INADE-1100 Lima, 28 de abril del 2004 Visto, el Oficio Nº 057-2003-INADE-2101-OGAI, del Jefe de la Oficina General de Control Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina General de Control Institucional dentro del Informe Nº 004-2003-02-0800, denominado "ExamenEspecial a la Gestión Administrativa y Financiera del Pro-yecto Especial CHINECAS", el cual estuvo orientado a evaluar la gestión administrativa y financiera del citado Proyecto Especial correspondiente al período enero - oc-tubre 2002, conforme a las Normas de Auditoría Guber-namental - NAGU, ha recomendado la apertura del co-rrespondiente proceso investigatorio, contra Hiladio Mén-dez Castillejo y Justino Velázquez Miranda, ex Directores Ejecutivos del mencionado Proyecto Especial, por las por las Observaciones 4, 6 y 8, y las Observaciones 4 y 8,respectivamente; Que, conforme se precisa en la Observación 4, el Proyecto Especial CHINECAS, no ha emitido las respec-tivas resoluciones de liquidación de algunas obras conclui- das, por lo que la cuenta 33 - Inmuebles Maquinaria, Equi- pos - Construcciones en Curso, se encuentra sobredimen-sionada, debido a que dichas obras se vienen contabili-zando como de ejecución, sin que puedan ser transferidasa la cuenta 37 - Infraestructura Pública; Que, respecto de la misma observación, la Comisión de Auditoría ha evidenciado, que durante los ejercicios 2000 y 2001, se concluyeron 9 y 5 obras, respectivamente, delas cuales sólo han sido liquidadas las obras que fueronconcluidas en el período 2000, estando pendiente la emi-sión de la resolución directoral de liquidación y las obrasconcluidas durante el ejercicio 2001, se encuentran en pro- ceso de liquidación, por tanto, las obras ejecutadas duran- te los años 2000 y 2001, no fueron inscritas en los Regis-tros Públicos; Que, con relación a las obras concluidas, se eviden- cia la inobservancia del artículo 164º, del Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual esta- blece que una vez construida la obra el contratista en-tregará a la entidad la liquidación del contrato de obracon los documentos de Declaratoria de Fábrica o Me-moria Descriptiva Valorizada, caso contrario, la entidaddeberá elaborar la liquidación, siendo los gastos carga- dos al contratista; Que, conforme se precisa en la Observación 6, dentro del Programa de Emergencia "Fenómeno del Niño", el Pro-