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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2004 (10/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 268253 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de mayo de 2004 referidos a la infancia, adolescencia y familia en la jurisdic- ción del distrito de Comas. Artículo Tercero.- APRUÉBESE, el Reglamento de Organización y Funciones del COMUDENA - COMAS, elcual consta de: III Títulos, 13 artículos y Disposición Com-plementaria, que adjunto forma parte integrante de la pre- sente Ordenanza; y encárguese al señor Alcalde la convo- catoria e instalación del mismo. Artículo Cuarto.- AUTORÍCESE, al señor Alcalde a invitar a los representantes de las instituciones públicas,privadas y organizaciones vecinales de la jurisdicción paraque se incorporen en el Comité participando en la ceremo- nia pública de instalación. Artículo Quinto.- PRECÍSESE, que las funciones es- pecíficas a desarrollar por el Comité son: orientar, apoyary coordinar acciones que propicien: a) El análisis de la problemática de la infancia y la fa- milia en la localidad. b) La elaboración e implementación de propuestas de acciones interinstitucionales para la atención de la infanciay la familia a nivel local. c) La comunicación y nexo entre las instituciones pú- blicas, privadas y organizaciones de la comunidad y el Gobierno Local. d) La evaluación del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño y del Código de los Niños yAdolescentes en la localidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 08890 Autorizan contratación de servicios de empresa para fiscalización de los Gran- des Contribuyentes mediante proceso de adjudicación directa de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 40-2004-C/MC Comas, 26 de abril de 2004EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 26 de abril del 2004, el Expediente Nº 5384-2004, por elcual la empresa MILACRON - Gestiones y Servicios deIntegración Avanzada S.R.L., solicitan a modo de renova-ción una nueva contratación de sus servicios personalísi- mos por el período del 1 de abril al 31 de diciembre del 2005, y relacionado a lo mismo los Informes Nº 028-2004-GAT/MC, de fecha 13 de abril del 2004, del Gerente deAdministración Tributaria, Informe Nº 087-2004-GDU/MC,de fecha 15 de abril del 2004, del Gerente de DesarrolloUrbano, e Informe Nº 0389-2004-GAL/MC, de fecha 21 de abril del 2004, del Gerente de Asesoría Legal; manifestan- do la necesidad de seguir contratando los servicios de laEmpresa MILACRON, bajo la modalidad de Servicios Per-sonalísimos, para la Fiscalización Tributaria de los gran-des contribuyentes de la jurisdicción de la Municipalidadde Comas; y, CONSIDERANDO: Que, del conjunto de Informes del Visto, se acredita la necesidad de ampliar la base tributaria de nuestra Admi-nistración por concepto de formalización de nuevos contri- buyentes y la determinación de las subvaluaciones exis- tentes en la base conocida, lo que posibilitará administrarde forma satisfactoria los recursos municipales de tal for-ma que permitan implementar los servicios municipales ysolucionar la situación de especial necesidad que atravie-sa la situación financiera de la Municipalidad, recomendan- do la contratación de una empresa dentro de los paráme-tros de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, artículo 19º inci-so h), para asegurar una pronta recuperación de las rentasmunicipales, que permitan subsanar la situación financieramunicipal; debiendo la empresa a contratar reunir las con-diciones particulares que le permitan ejecutar el servicio requerido por la Municipalidad; Que, de conformidad con el artículo 93º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, estable-ce que las Municipalidades podrán entregar en concesiónlos servicios de fiscalización de los tributos a su cargo; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, señala en su artículo 19º queestán exonerados de los Procesos de Licitación Pública oConcurso Público o Adjudicación Directa, según sea elcaso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen:h) para servicios personalísimos de acuerdo a lo que esta- blezca el reglamento; Que, el artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM - Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, establece que se encuentranexonerados del respectivo proceso de selección, los con-tratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se hayan tenido en cuenta y como requisito esencial la cali-dad del locador, ya sea por sus características inherentes,particulares o especiales o por su determinada calidad,profesión, ciencia, arte u oficio; Que, de acuerdo a la experiencia laboral de la empresa MILACRON, se tiene como especialidad la recaudación tri- butaria de grandes contribuyentes, en diferentes jurisdic-ciones de municipios distritales y provinciales, relevándo-se de todo comentario el hecho de haber contado con susservicios el año 2003, encontrándose conforme por lasunidades orgánicas y precisamente el Informe Nº 28-2004- GAT/MC, de fecha 13 de abril del 2004 del Gerente de Ad- ministración Tributaria donde señala que a mérito de ellose ha recaudado la suma de S/. 2'000,000.00 (Dos millo-nes y 00/100 Nuevos Soles); Que, conforme lo establece el inciso c) del artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contratacio- nes no sujetas al procedimiento de Licitación Pública, Con- curso Público o Adjudicación Directa se aprobarán porAcuerdo de Concejo Municipal, en el caso de gobiernoslocales; Que, el artículo 116º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM - Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Concejo Mu- nicipal determinará qué órgano se encargará de la contra-tación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y sucomplejidad, envergadura o sofisticación; Que, se debe precisar el tipo de actividades a contra- tar, por lo que es importante señalar que no se puede pac- tar servicios que involucren la competencia de las faculta- des inherentes del Ejecutor Coactivo, contratándose den-tro de los límites de las facultades que están previstas enla Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en sus artí-culos 69º inciso 2), 79º en el punto 3.2 y punto 3.6, queestablecen cuáles son las rentas municipales y su compe- tencia para autorizar y fiscalizar la ejecución de obras de servicios públicos y normar, regular y otorgar autorizacio-nes, derechos y licencias, así como realizar fiscalizacio-nes; Estando a lo expuesto, en atención a la documentación del Visto, y en uso de las facultades conferidas por el artí- culo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalida- des, luego del debate correspondiente, el Pleno del Con-cejo aprobó por Mayoría el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- APROBAR, la exoneración del pro- ceso de selección correspondiente a la contratación de losservicios de la empresa MILACRON - Gestiones y Servi-cios de Integración Avanzada S.R.L., para brindar el servi-cio de Fiscalización de los Grandes Contribuyentes, bajola modalidad de Servicios Personalísimos, a partir del 1 de mayo del 2004, hasta el 31 de diciembre del 2004; en base a las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo.