Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2004 (10/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, lunes 10 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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referidos a la infancia, adolescencia y familia en la jurisdiccion del distrito de Comas. Articulo Tercero.- APRUEBESE, el Reglamento de Organizacion y Funciones del COMUDENA - COMAS, el cual consta de: III Titulos, 13 articulos y Disposicion Complementaria, que adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza; y encarguese al senor MORDAZA la convocatoria e instalacion del mismo. Articulo Cuarto.- AUTORICESE, al senor MORDAZA a invitar a los representantes de las instituciones publicas, privadas y organizaciones vecinales de la jurisdiccion para que se incorporen en el Comite participando en la ceremonia publica de instalacion. Articulo Quinto.- PRECISESE, que las funciones especificas a desarrollar por el Comite son: orientar, apoyar y coordinar acciones que propicien: a) El analisis de la problematica de la infancia y la familia en la localidad. b) La elaboracion e implementacion de propuestas de acciones interinstitucionales para la atencion de la infancia y la familia a nivel local. c) La comunicacion y nexo entre las instituciones publicas, privadas y organizaciones de la comunidad y el Gobierno Local. d) La evaluacion del cumplimiento de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA y del Codigo de los Ninos y Adolescentes en la localidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08890

Autorizan contratacion de servicios de empresa para fiscalizacion de los MORDAZA Contribuyentes mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 40-2004-C/MC Comas, 26 de MORDAZA de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 26 de MORDAZA del 2004, el Expediente Nº 5384-2004, por el cual la empresa MILACRON - Gestiones y Servicios de Integracion Avanzada S.R.L., solicitan a modo de renovacion una nueva contratacion de sus servicios personalisimos por el periodo del 1 de MORDAZA al 31 de diciembre del 2005, y relacionado a lo mismo los Informes Nº 028-2004GAT/MC, de fecha 13 de MORDAZA del 2004, del Gerente de Administracion Tributaria, Informe Nº 087-2004-GDU/MC, de fecha 15 de MORDAZA del 2004, del Gerente de Desarrollo MORDAZA, e Informe Nº 0389-2004-GAL/MC, de fecha 21 de MORDAZA del 2004, del Gerente de Asesoria Legal; manifestando la necesidad de seguir contratando los servicios de la Empresa MILACRON, bajo la modalidad de Servicios Personalisimos, para la Fiscalizacion Tributaria de los MORDAZA contribuyentes de la jurisdiccion de la Municipalidad de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, del conjunto de Informes del Visto, se acredita la necesidad de ampliar la base tributaria de nuestra Administracion por concepto de formalizacion de nuevos contribuyentes y la determinacion de las subvaluaciones existentes en la base conocida, lo que posibilitara administrar de forma satisfactoria los recursos municipales de tal forma que permitan implementar los servicios municipales y solucionar la situacion de especial necesidad que atraviesa la situacion financiera de la Municipalidad, recomendando la contratacion de una empresa dentro de los parame-

tros de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, articulo 19º inciso h), para asegurar una pronta recuperacion de las rentas municipales, que permitan subsanar la situacion financiera municipal; debiendo la empresa a contratar reunir las condiciones particulares que le permitan ejecutar el servicio requerido por la Municipalidad; Que, de conformidad con el articulo 93º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, establece que las Municipalidades podran entregar en concesion los servicios de fiscalizacion de los tributos a su cargo; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala en su articulo 19º que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica o Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen: h) para servicios personalisimos de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, el articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM - Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se hayan tenido en cuenta y como requisito esencial la calidad del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, de acuerdo a la experiencia laboral de la empresa MILACRON, se tiene como especialidad la recaudacion tributaria de MORDAZA contribuyentes, en diferentes jurisdicciones de municipios distritales y provinciales, relevandose de todo comentario el hecho de haber contado con sus servicios el ano 2003, encontrandose conforme por las unidades organicas y precisamente el Informe Nº 28-2004GAT/MC, de fecha 13 de MORDAZA del 2004 del Gerente de Administracion Tributaria donde senala que a merito de ello se ha recaudado la suma de S/. 2'000,000.00 (Dos millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, conforme lo establece el inciso c) del articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones no sujetas al procedimiento de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa se aprobaran por Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de gobiernos locales; Que, el articulo 116º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM - Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Concejo Municipal determinara que organo se encargara de la contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, se debe precisar el MORDAZA de actividades a contratar, por lo que es importante senalar que no se puede pactar servicios que involucren la competencia de las facultades inherentes del Ejecutor Coactivo, contratandose dentro de los limites de las facultades que estan previstas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en sus articulos 69º inciso 2), 79º en el punto 3.2 y punto 3.6, que establecen cuales son las rentas municipales y su competencia para autorizar y fiscalizar la ejecucion de obras de servicios publicos y normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, asi como realizar fiscalizaciones; Estando a lo expuesto, en atencion a la documentacion del Visto, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por Mayoria el siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- APROBAR, la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios de la empresa MILACRON - Gestiones y Servicios de Integracion Avanzada S.R.L., para brindar el servicio de Fiscalizacion de los MORDAZA Contribuyentes, bajo la modalidad de Servicios Personalisimos, a partir del 1 de MORDAZA del 2004, hasta el 31 de diciembre del 2004; en base a las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo.

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