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Pág. 268490 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, conforme se da cuenta en los documentos de vistos, este Organismo Superior de Control, ha recibido la convocatoria de la Contraloría General del Estado de laRepública del Ecuador para participar en el Seminario In- ternacional “Auditoría Ambiental: Herramienta de Control en la Conservación del Medio Ambiente”, a realizarse en laciudad de Quito, Ecuador, del 17 al 21 de mayo de 2004; Que, el citado evento tiene como objetivo ampliar la visión del auditor ambiental, dotándole de instrumentos in-novadores para planificar, desarrollar, controlar y reportar adecuadamente los resultados de las auditorías ambienta- les, y asegurar su trascendencia como instrumento deevaluación y mejoramiento del desempeño ambiental; Que, acorde con el objetivo general de mejorar y mo- dernizar el control gubernamental, el referido Seminarioconstituye una posibilidad para la Contraloría General de la República de participar, a través de su representante, en el intercambio directo de experiencias con otros países de laRegión y recoger los avances en nuevos conceptos, me- todologías y técnicas en materia de auditoría ambiental, con el consecuente efecto multiplicador a nivel institucio-nal, mediante la capitalización y aplicación de los conoci- mientos adquiridos; Que, en tal sentido, resulta conveniente autorizar el viaje de la CPC Marina Cárdenas Timoteo, profesional de la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimonio Cultural de la Contraloría General de la República, para participar en elcitado evento; Que, los gastos que irrogue la comisión de servicios de la citada profesional, serán asumidos con cargo a los re-cursos del presupuesto de la Contraloría General de la República, conforme al Memorando Nº 379-2004-CG/FI de la Gerencia de Finanzas; De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 32º y 33º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - LeyNº 27785, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y la Resolución de Contraloría Nº 164-2004- CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la CPC Marina Cárdenas Timoteo, profesio- nal de la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimonio Culturalde la Contraloría General de la República, a la ciudad de Quito, Ecuador, del 16 al 22 de mayo de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje de la citada profesional serán asumidos con cargo a los recur-sos del Pliego 019: Contraloría General, conforme al si- guiente detalle: Pasajes US$ 313,31 Viáticos US$ 1 200,00 Tarifa Corpac US$ 28,24 Artículo Tercero.- La citada profesional presentará al Despacho Contralor con copia a la Gerencia de Coopera-ción Técnica, un informe sobre los contenidos del evento y un ejemplar del material técnico pertinente, dentro de los quince días (15) días calendario siguientes de efectuado elviaje. Asimismo, asume el compromiso de difundir los co- nocimientos adquiridos entre el personal de la Institución. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación, a la profe- sional cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la República Contralora General de la República (e) 09237J N E Incluyen diversas jurisdicciones en la convocatoria a consulta popular de re- vocatoria del mandato de autoridades municipales efectuada mediante Res.Nº 072-2004-JNE RESOLUCIÓN Nº 090-2004-JNE Lima, 13 de mayo 2004 Vistos, los expedientes de iniciativa de consulta popular de revocatoria del mandato de alcaldes y regidores corres- pondientes a dieciocho municipalidades distritales y una pro-vincial de la República, remitidos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para el trámite respectivo; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 072-2004-JNE de fecha 21 de abril del presente año, se convocó a consulta popular para la revocatoria de autoridades municipales en 166 circunscripcio- nes de la República, para el domingo 17 de octubre del 2004; Que es competencia del Jurado Nacional de Eleccio- nes admitir las solicitudes de revocatoria del mandato de autoridades municipales que hayan sido presentadas antela Oficina Nacional de Procesos Electorales y que cum- plan con los requisitos formales, a fin de convocar a con- sulta electoral de revocatoria dentro de los noventa (90)días siguientes de solicitada formalmente, con arreglo a los artículos 8º y 21º, tercer párrafo, de la Ley Nº 26300; Que conforme a lo previsto por los artículos 6º y 22º de la citada norma, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ha verificado la autenticidad de las firmas de la relación de adherentes de cada solicitud de revo-catoria, emitiéndose en cada caso, la constancia que acredita que los promotores han cumplido con presen- tar las firmas válidas de no menos del 25% de electoresde la jurisdicción de acuerdo a lo establecido por la Re- solución Nº 006-2004-JNE; Que las solicitudes elevadas, han cumplido con con- signar la fundamentación de los pedidos de revocatoria, que no requiere ser probada, y los otros requisitos forma- les de admisibilidad, señalados en los artículos 4º y 21º dela ley acotada; Que de conformidad con lo previsto por el artículo 46º de la Ley Nº 26300, el Jurado Nacional de Eleccionesestá facultado para acumular las iniciativas de convoca- toria de revocatoria de autoridades municipales para so- meterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta; Por estos fundamentos, el Jurado Nacional de Elec- ciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero: Incluir en la convocatoria a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades munici- pales, efectuada mediante Resolución Nº 072-2004-JNE de fecha 21 de abril de 2004, a las jurisdicciones enunciadas enel anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo: Poner en conocimiento de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros de Estado, de la Ofici-na Nacional de Procesos Electorales y del Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil, la presente reso- lución para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENAS VELA MARQUILLO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General