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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2004 (15/05/2004)

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Pág. 268487 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de mayo de 2004 Artículo 2º.- Autorizar al Jefe de la Sucursal de Puno, para que mediante proceso de adjudicación de menorcuantía y con recursos propios de este Banco Central, contrate el servicio antes indicado por el período de tres meses o hasta que finalice el nuevo proceso de selec-ción por el que se elegirá a la empresa que en definitiva lo prestará, lo que suceda primero. El valor referencial por 90 días de servicio es de S/. 29 579,64. Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Dia- rio Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloría General de la República, conjuntamente conlos informes que la sustentan. Lima, 12 de mayo del 2004RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General (e) 09181 Aprueban Reglamento de las Cámaras de Compensación de Transferencias deCrédito CIRCULAR Nº 009-2004-EF/90 Lima, 13 de mayo de 2004Ref.Reglamento de las Cámaras de Compensa- ción de Transferencias de Crédito El Banco Central de Reserva del Perú ha dispuesto sustituir el Reglamento de las Cámaras de Compen-sación de Transferencias de Crédito, Circular Nº 005- 2001-EF/90, por el presente Reglamento que incorpo- ra la ampliación en el límite máximo por Transferenciade Crédito, acordado por el Directorio de este Banco Central. Así, se modifica el artículo 4º, inciso c), estable- ciéndose que el nuevo límite por Transferencia de Cré- dito es de S/. 265 000,00 (doscientos sesenta y cinco mil nuevos soles) o US$ 50 000,00 (cincuenta mil dó-lares de los Estados Unidos de América), según co- rresponda. RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General(e) Reglamento de las Cámaras de Compensación de Transferencias de Crédito Contenido Artículo 1º Alcances del Reglamento Artículo 2º DefinicionesArtículo 3º Obligaciones de las ESEC Artículo 4º Principios Básicos Artículo 5º Centralización de la informaciónArtículo 6º Ingreso de Transferencias de Crédito por las Entidades Participantes Artículo 7º Cálculo de las Posiciones Netas Bilate- rales y Multilaterales Artículo 8º Liquidación de la Compensación Artículo 9º Retiro Parcial de Transferencias de Cré- dito Artículo 10ºSanción por Retiro de Transferencias de Crédito Artículo 11ºSuministro del Resultado de la Compen- sación Artículo 12ºDevolucionesArtículo 13ºCausales de exclusión Artículo 14ºDuración de la exclusiónArtículo 15ºProcedimientos Especiales Anexo 1 De finiciones Anexo 2 Horario de la Compensación Electrónica de Transferencias de Crédito Artículo 1º Alcances del Reglamento El presente Reglamento se aplica al Proceso de Compensación de Transferencias de Crédito admi- nistrado por las Empresas de Servicios de Canje y Compensación (ESEC) y a su Liquidación en el Ban-co Central de Reserva del Perú (BCRP). Las transferencias de fondos derivadas de ope- raciones propias de las instituciones financieras nopueden ser objeto de la Compensación a que se re- fiere el presente reglamento. Este Reglamento deberá ser complementado por los reglamentos internos que emitan las ESEC de conformidad con el Reglamento General de los Ser- vicios de Canje y Compensación. Artículo 2º Definiciones Los términos que se utilizan en el presente regla- mento se encuentran definidos en el Anexo 1 y com- plementan las definiciones señaladas en el Anexo 1 del Reglamento General de los Servicios de Canje yCompensación (Circular Nº 022-2000-EF/90), salvo la definición de Transferencias de Crédito que es sus- titutoria. Artículo 3º Obligaciones de las ESEC Son obligaciones de las ESEC: a) Proveer el servicio de Compensación Electró- nica de Transferencias de Crédito, de conformidad con lo previsto en este Reglamento y en el Regla- mento General de los Servicios de Canje y Compen-sación. b) Autorizar el acceso de las empresas del siste- ma financiero a los servicios de Compensación deTransferencias de Crédito, en calidad de Entidades Participantes, directas o indirectas, en concordancia con lo señalado en el Artículo 6º del Reglamento Ge-neral de los Servicios de Canje y Compensación. c) Contar con reglamentos internos sobre políti- cas y procedimientos operativos y de control quepermitan que el Proceso de Compensación se reali- ce de manera oportuna, segura y eficiente. d) Establecer en sus reglamentos internos las ca- racterísticas del sistema, proveyendo a que los me- dios informáticos y de comunicaciones sean segu- ros y eficientes. e) Cumplir y hacer cumplir los horarios y procedi- mientos de Compensación establecidos por el BCRP. f) Contar con planes de contingencia para supe- rar los Riesgos Operacionales, de modo que se ga- rantice la continuidad del servicio. g) Constituir comités de representantes de las En- tidades Participantes para tratar los Riesgos Finan- cieros y Operacionales que pudieran presentarse en el Proceso de Compensación de Transferencias deCrédito. h) Proporcionar a cada Entidad Participante, al BCRP y a la Superintendencia de Banca y Seguros(SBS) la información estadística que le corresponda. Para el desarrollo de la actividad descrita en el literal a), se podrá contratar los servicios de terce- ros. Artículo 4º Principios Básicos La Compensación Electrónica de Transferencias de Crédito se rige por los siguientes principios bási- cos: a) La Compensación Electrónica de Transferen- cias de Crédito se realizará con observancia del ho- rario establecido en el Anexo 2.