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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2004 (15/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de mayo de 2004 mado en 1994 por la Asamblea General de las Naciones Unidas; Que, en este contexto es conveniente que el Perú cuente con un documento que contenga de manera or- gánica e integrada, las políticas públicas a favor de lafamilia; Que, conforme a las atribuciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social de diseñar, proponer y ejecu-tar la política de desarrollo social y humano, le compete convocar a los sectores e instituciones con la finalidad de elaborar el Plan Nacional de la Familia, como primerespacio de desarrollo humano y social; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; en la LeyNº 27779; en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; y, en la Ley Nº 27594; Y estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitución de la Comisión Multi- sectorial Constituir la Comisión Multisectorial encargada de la elaboración del Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004 - 2011, la cual estará conformada por los representantesde las siguientes Instituciones: - Dos (2) representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, uno de los cuales la presidirá; - Un (1) representante del Ministerio del Interior; - Un (1) representante del Ministerio de Educación; - Un (1) representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; - Un (1) representante del Ministerio de Justicia; - Un (1) representante del Ministerio de Salud; - Un (1) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; - El Poder Judicial y el Ministerio Público podrán de- signar cada uno, a un representante titular y un alterno,ante la Comisión Multisectorial, según la formalidad es- tablecida en el artículo 3º de la presente Resolución.Artículo 2º.- Secretaría Técnica El Gerente General del Instituto Nacional de Bienes- tar Familiar o su representante, actuará como Secreta- rio Técnico de la mencionada Comisión. Artículo 3º.- Representantes Las instituciones citadas en el artículo 1º de la presen- te Resolución, designarán a sus representantes titular yalterno en el término de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de la misma, mediante Resolu- ción Ministerial o, mediante oficios dirigidos al DespachoMinisterial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, según corresponda. La Comisión tendrá la facultad de invitar a especialis- tas y representantes de diversas Instituciones del Sec- tor Público y Privado para el cumplimiento de sus fines, y solicitar de éstos la información adicional que requiera.El apoyo que reciba la Comisión Multisectorial será ad honorem. Artículo 4º.- Plazo La Comisión tendrá un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados desde la publica-ción de la presente Resolución, para la presentación de la propuesta del Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004 - 2011, a la Titular del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social. Dicho Plan será aprobado mediante Decreto Supre- mo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 5º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 09350 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberántener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU