Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2004 (16/05/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Pag. 268559

Que, mediante el Oficio Nº 1512-2003-INRENA-J-IFFS del 31 de diciembre de 2003, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, remite el proyecto de Resolucion Ministerial para dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 106-97-INRENA, de fecha 29 de diciembre de 1997; Resolucion Ministerial Nº 0524-97-AG, de fecha 31 de diciembre de 1997; y la Resolucion Jefatural Nº 296-2000INRENA, de fecha 21 de noviembre de 2000; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 106-97-INRENA, se autorizo el funcionamiento del Zoocriadero "Centro Ecologico Recreacional Huachipa", a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA (SEDAPAL), ubicado en Av. Las MORDAZA s/n, Huachipa, distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de MORDAZA, con el proposito de promover el uso sostenible y el manejo en cautiverio de especimenes de la fauna silvestre; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 0524-97AG, se autoriza un numero limitado de especimenes de fauna MORDAZA, y la entrega en custodia y usufructo de especies que provengan de decomisos e intercambios con zoocriaderos autorizados por el INRENA, al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL, propietario del zoocriadero "Centro Ecologico Recreacional Huachipa", establecido con fines comerciales, de difusion cultural y cientificos; por contar con la infraestructura y condiciones tecnicas apropiadas en funcion de sus objetivos y fines; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 296-2000-INRENA, se autoriza la extraccion y entrega en custodia y usufructo de fauna MORDAZA no vedada al Zoocriadero "Centro Ecologico Recreacional Huachipa", en funcion de sus objetivos y fines, para la ampliacion del plantel genetico inicial; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 177-2001EF, de fecha 16 de marzo del 2001, se ratifican los acuerdos adoptados por la Comision de Promocion de la Inversion Privada (COPRI), por los cuales se establecio la entrega en concesion al sector privado, del "Centro Ecologico Recreacional Huachipa"; Que, conforme a los Informes del Visto, la cantidad de ejemplares otorgados que detalla el informe elaborado por profesionales de SEDAPAL en el ano 2002, difiere de la cantidad de ejemplares encontrados en la inspeccion ocular realizada por personal del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, con fecha 14 de MORDAZA de 2003; que asimismo, la titularidad del Zoocriadero "Centro Ecologico Recreacional Huachipa" ha sido entregada en concesion el 16 de MORDAZA del 2002, toda vez que el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada en Proyectos de Infraestuctura y Servicios Publicos (CEPRI), ha adjudicado la Buena Pro, al Consorcio Ecolatina S.A.C., suscribiendo ambos el Contrato de Concesion, con fecha 19 de agosto de 2002, en el cual se consignan la metodologia y responsabilidades. Por lo que se recomienda en ambos informes, la derogacion de las citadas Resoluciones; Que, ello permitira que la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA MORDAZA, sea la encargada de aprobar el proyecto y autorizar el posterior funcionamiento del MORDAZA Zoologico Huachipa, segun las atribuciones concedidas mediante la Resolucion Jefatural Nº 302-2002-INRENA. Igualmente, de producirse esta, los animales entregados en custodia y usufructo por la Resolucion Ministerial Nº 0524-97-AG, revierten automaticamente a propiedad del Estado; Que, el INRENA es la autoridad publica encargada de realizar y promover las acciones necesarias para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, la conservacion de la diversidad biologica MORDAZA y la gestion sostenible del medio ambiente rural, mediante un enfoque de ordenamiento territorial por cuencas y su gestion integrada; estableciendo alianzas estrategicas con el conjunto de actores sociales y economicos involucrados. Siendo asi, a traves de su Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, tendra a su cargo la supervision de los ejemplares de fauna MORDAZA que mantenia el referido Zoocriadero hasta que se emitan las resoluciones que autoricen el funcionamiento del Zoologico "Parque Zoologico Huachipa" y la entrega en custodia y usufructo de dichos especimenes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902 y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG;

Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 106-97-INRENA, de fecha 29 de diciembre de 1997; Resolucion Ministerial Nº 0524-97-AG, de fecha 31 de diciembre del 1997; y la Resolucion Jefatural Nº 296-2000-INRENA, de fecha 21 de noviembre de 2000, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Todos los animales entregados en custodia y usufructo por la Resolucion Ministerial Nº 052497-AG, revierten automaticamente a propiedad del Estado. Articulo 3º.- La Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, tendra a su cargo la supervision de los ejemplares de fauna MORDAZA que mantenia el Zoocriadero "Centro Ecologico Recreacional Huachipa" hasta la emision de las resoluciones que autoricen el funcionamiento del Zoologico "Parque Zoologico Huachipa" y la entrega en custodia y usufructo de dichos especimenes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 09282

Aprueban y aceptan donacion efectuada a favor del SENASA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0319-2004-AG MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 VISTO: El Oficio Nº 357-2004-AG-SENASA-DGSA, de fecha 8 de marzo de 2004, del Director General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; y, CONSIDERANDO: Que, la Embajada de Estados Unidos de MORDAZA ha emitido la Carta de Donacion, de fecha 2 de febrero de 2004, en representacion del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, mediante el cual se certifica la donacion de medicinas para uso veterinario bajo el Programa de Asistencia Humanitaria del Departamento de Defensa de los Estados Unidos de MORDAZA a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, por un valor FOB de US$ 4,975.53 (Cuatro Mil Novecientos Setenticinco y 53/100 Dolares Americanos), Guia Aerea Nº 7489902324, de fecha 11 de febrero de 2004; con el fin de ser utilizada en el Ejercicio de Capacitacion en Destreza Medica (MEDRETE), en la MORDAZA de MORDAZA del 6 al 20 de marzo del 2004; Que, mediante el documento del Visto, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA comunica la aceptacion de la donacion mencionada en el considerando precedente, a excepcion de diez (10) productos biologicos cuya utilizacion no esta autorizada en nuestro MORDAZA, conforme al detalle cuya relacion forma parte del expediente de la presente Resolucion, por lo que el monto de la donacion ha variado a US $. 4,134.26 (Cuatro Mil Ciento Treinticuatro y 26/100 Dolares Americanos); Que, el Articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 1542001-EF, establece que las donaciones provenientes del exterior seran aceptadas mediante Resolucion Ministerial del Sector a que corresponda el destino de los bienes muebles; y la Resolucion Nº 031-2002/SBN que aprueba la Directiva Nº 009-2002/SBN, regula el procedimiento para la aceptacion de los bienes muebles a favor del Estado; De conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura aprobada por Decreto Ley Nº 25902 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001AG;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.