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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2004 (18/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G36/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de mayo de 2004 nal del Distrito Judicial de Junín, en el Despacho de la Fis- calía Provincial Mixta de Chanchamayo. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi-cial de Junín, Gerencia Central de Personal, Gerencia deRegistro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 09390 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONATA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G6E/G7A/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G2D/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 CONSEJO NACIONAL DE TASACIONES RESOLUCIÓN Nº 099-2004-VIVIENDA-9310 Lima, 14 de mayo del 2004 VISTO, el Informe Nº 033-2004-VIVIENDA-9321 del 27 de abril del 2004, mediante el cual la Oficina General deAdministración del CONATA señala que resulta indispen-sable para el crecimiento sostenido de la institución contarcon un programa de fiscalización y de cobranza de la trans-ferencia del 3/1000 del rendimiento del impuesto predial de los Gobiernos Locales a favor del Consejo Nacional de Ta- saciones, para el cumplimiento de las funciones que le co-rresponde como organismo técnico nacional encargado dela formulación periódica de los aranceles de terrenos yvalores unitarios oficiales de edificación, de conformidadcon lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 952; CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,concordante con lo dispuesto en el artículo 108º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establece que se encuentran exoneradas de los pro-cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ciones Directas las adquisiciones y contrataciones que serealicen por situación de urgencia; Que, una vez aprobada la exoneración correspondiente, la contratación debe efectuarse a través de un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, conforme a lo establecidopor el artículo 20º del mencionado Texto Único Ordenado; Que, el artículo 21º de la citada norma define como si- tuación de urgencia los casos en que la ausencia extraor-dinaria e imprevisible de un determinado servicio compro- mete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o las operaciones productivas que laEntidad tiene a su cargo, Que, en los artículos 105º y 116º del referido Regla- mento, se establecen los procedimientos a los que debensujetarse tales contrataciones, precisándose que deberá indicarse en la resolución de exoneración el órgano que se encargará de llevar a cabo dicha contratación; Que según el documento de vistos, la Oficina General de Administración del CONATA señala que resulta indis-pensable para el crecimiento sostenido de la institucióncontar con un programa de fiscalización y de cobranza de la transferencia del 3/1000 del rendimiento del impuesto predial a favor del Consejo Nacional de Tasaciones, para elcumplimiento de las funciones que le corresponde comoorganismo técnico nacional encargado de la formulaciónperiódica de los aranceles de terrenos y valores unitariosoficiales de edificación, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 952; lo que resulta necesario para asegurar la continuidad del referido servicio; caso con-trario, se comprometería la continuidad de los servicios esenciales y operativos de la institución; Que, por su parte, el Informe Legal Nº 023-2004-VIVIEN- DA-9351del 29 de abril del 2004, de la Oficina de AsesoríaJuridica señala que la situación descrita compromete enforma directa la continuidad de los servicios esenciales y operativos del CONATA; lo que determina que se configure la situación de urgencia prevista en el artículo 21º de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en elnumeral 2 del artículo 108º de su Reglamento; Que, el contenido de los referidos informes justifica téc- nica y legalmente la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio que permita al Consejo Nacional de Tasaciones contar con un programa de fiscali-zación y de cobranza de la transferencia del 3/1000 delrendimiento del impuesto predial de los Gobiernos Localesa favor del Consejo Nacional de Tasaciones, para el cum-plimiento de las funciones que le corresponde como orga- nismo técnico nacional encargado de la formulación perió- dica de los aranceles de terrenos y valores unitarios oficia-les de edificación, de conformidad con lo establecido en elDecreto Legislativo Nº 952; cumpliéndose así con lo dis-puesto en el artículo 113º del mencionado reglamento. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado y en los artículos 105º, 113º y 116º de su Regla-mento; y en uso de las facultades conferidas en los artículos 17ºy 18º del Decreto Supremo Nº 026-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgencia la contratación del servicio que permita al Consejo Nacional deTasaciones contar con un programa de fiscalización y de co-branza de la transferencia del 3/1000 del rendimiento del im- puesto predial de los Gobiernos Locales a favor del Consejo Nacional de Tasaciones, para el cumplimiento de las funcio-nes que le corresponde como organismo técnico nacionalencargado de la formulación periódica de los aranceles deterrenos y valores unitarios oficiales de edificación, de con-formidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 952. Artículo Segundo.- Aprobar la exoneración del proce- so de selección correspondiente a la contratación del ser-vicio que permita al Consejo Nacional de Tasaciones con-tar con un programa de fiscalización y de cobranza de latransferencia del 3/1000 del rendimiento del impuesto pre-dial de los Gobiernos Locales a favor del Consejo Nacional de Tasaciones, para el cumplimiento de las funciones que le corresponde como organismo técnico nacional encarga-do de la formulación periódica de los aranceles de terre-nos y valores unitarios oficiales de edificación, de confor-midad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 952. Artículo Tercero.- Autorizar a la Oficina General de Administración para efectuar la contratación, referida me- diante el proceso de Selección de Adjudicación Directa deMenor Cuantía. Artículo Cuarto.- Encárgase a la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resoluciónen el Diario Oficial El Peruano, así como su remisión de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días si-guientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS JURGEN FIDEL BUSSE LEÓN Presidente Ejecutivo 09374 I N P E /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64 /G64/G65/G20/G50/G72/G65/G6E/G73/G61/G20/G79/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G41/G6C/G74/G69/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 318-2004-INPE/P Lima, 14 de mayo de 2004