Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2004 (26/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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lineamientos para la designacion del Comite Especial, en los casos senalados en el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual tendra a su cargo la realizacion del MORDAZA de Seleccion acotado anteriormente; Que, la presente adquisicion se encuentra incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 962-2004-IN que modifico la R.M. Nº 0392004-IN y la R.M. Nº 0192-2004-IN; De conformidad, con lo establecido en la Ley del Ministerio del Interior, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; y, Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, el Comite Especial que tendra a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion integral del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, al que se refiere la presente Resolucion, el cual estara integrado por los siguientes miembros: TITULARES
General MORDAZA MORDAZA Eco. Comandante Comandante Eco. PNP PNP PNP PNP PNP MORDAZA MORDAZA SEGEU, quien lo presidira MORDAZA MORDAZA PAZ Willman MORDAZA MORDAZA MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

SUPLENTES
General MORDAZA Comandante Cont. Comandante Cont. Comandante Eco. PNP PNP PNP PNP PNP MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- La Policia Nacional del Peru y demas dependencias del Sector, brindaran al Comite Especial el apoyo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas disposiciones conexas y reglamentarias. Articulo 3º.- El Comite Especial elevara al Titular del Sector, a traves del despacho de la Direccion Ejecutiva de Administracion de la Policia Nacional del Peru, un informe pormenorizado y sustentado de las acciones realizadas, una vez finalizado el proceso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 09978

Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 2272001-JUS, de fecha 27 de agosto del 2001, se autorizo a la Asociacion Civil "Justicia y Conciliacion", a funcionar como Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION BOLOGNESI, con sede en la MORDAZA de Chimbote; Que, mediante Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 674-2003-JUS/STC, de fecha 19 de setiembre del 2003, se dispuso la apertura de Procedimiento Sancionador contra el CENTRO DE CONCILIACION BOLOGNESI; Que, mediante Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 865-2003-JUS/STC, de fecha 12 de diciembre del 2003, se le impuso al CENTRO DE CONCILIACION BOLOGNESI, la sancion de Desautorizacion de Funcionamiento; Que, mediante Proveido Nº 578-2004-JUS/STC, de fecha 22 de MORDAZA del 2004, se declaro firme la Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 865-2003JUS/STC, de conformidad con el articulo 212º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el articulo 23º del Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliacion, Capacitadores y Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 245-2001JUS, senala que la Desautorizacion de Funcionamiento acarrea la cancelacion de la autorizacion de funcionamiento del Centro de Conciliacion y su cierre definitivo; Que, asimismo, el ar ticulo 42º de la nor ma precedentemente citada, senala que la resolucion que imponga la sancion de desautorizacion, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y Ley Nº 28163 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Decreto Supremo Nº 040-2001-JUS; Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliacion, Capacitadores y Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 245-2001-JUS, modificado por Resolucion Ministerial Nº 314-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar la Autorizacion de Funcionamiento y el Registro del CENTRO DE CONCILIACION BOLOGNESI. Articulo 2º.- Disponer que la Secretaria Tecnica de Conciliacion, vele por el cumplimiento de la presente Resolucion y asuma la tenencia y custodia del Registro de Actas y Acervo Documentario del CENTRO DE CONCILIACION BOLOGNESI. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Justicia

JUSTICIA
Cancelan autorizaciones de funcionamiento y registros de centros de conciliacion con sedes en la MORDAZA de Chimbote
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 122-2004-JUS

09838
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 123-2004-JUS

MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2004 VISTOS, la Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 026-2004-JUS/STC, de fecha 21 de enero del 2004 y sus antecedentes; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0362002-JUS, de fecha 28 de enero del 2002, se autorizo a

MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2004 VISTOS, la Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 865-2003-JUS/STC, de fecha 12 de diciembre del 2003 y sus antecedentes;

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