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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G30/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de mayo de 2004 ANEXO 1 CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE LAS ESTADÍSTICAS TRIMESTRALES EMPRESAS Y ENTIDADES QUE REALIZAN ACTIVIDADES DE INTERMEDIACIÓN LABORAL PERÍODOS FECHAS DE PRESENTACIÓN I TRIMESTRE Primera semana de abril (*) II TRIMESTRE Primera semana de julio (*)III TRIMESTRE Primera semana de octubre (*)IV TRIMESTRE Primera semana de enero (*) (*) corresponde a los cinco días hábiles siguientes a la fecha de término del I, II, III y IV trimestre 09821 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G2D/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G79/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 395-2004-MTC/02 Lima, 21 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia-rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex-cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguengastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable losviajes al exterior del país en comisión de servicios, esta-bleciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstosserán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectoresde Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,así como de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyocaso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona-les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia-ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría -I otorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe mantener un programa anual de vi-gilancia sobre la seguridad operacional a través de laejecución de inspecciones técnicas a los explotadoresaéreos en el país, basado en las disposiciones estableci- das en el citado Convenio y en los estándares de la Or-ganización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Aero Cóndor S.A.C., con Carta GO-231E-2004, del 10 de mayo del 2004, en el marcodel Procedimiento Nº 5 de la sección correspondientea la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evalua-ción de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección Ge-neral de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos téc-nicos en simulador de vuelo del equipo Beechcraft 200/B90, en el centro de entrenamiento de Flight SafetyInternational, en la ciudad de Miami, a sus tripulantestécnicos Walter Grados, Guillermo Huayhua y JamesPeña; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nº 9400 y 9401, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerando an-terior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por laempresa solicitante del servicio, incluyendo el pagode los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuer-to; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Or-den de Inspección Nº 0716-2004-MTC/12.04-SDO de-signando al Inspector Armando Antonio Velarde Torres,para realizar los chequeos técnicos en simulador devuelo del equipo Beechcraft 200/B90 al personal ae-ronáutico propuesto por la empresa Aero CóndorS.A.C., en la ciudad de Miami, Estados Unidos deAmérica, durante los días 26 al 28 de mayo del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que le asigna la Ley Nº 27261 y suReglamento, pueda realizar los chequeos técnicos ensimulador de vuelo a que se contrae la Orden de Ins-pección Nº 0716-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Armando An- tonio Velarde Torres, Inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos deAmérica, durante los días 26 al 28 de mayo del 2004,para los fines a que se contrae la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Aero Cóndor S.A.C. a través de los Recibosde Acotación Nº 9400 y 9401, abonados a la Direcciónde Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, incluyendo las asignaciones por concepto de viáti-cos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguientedetalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de AeropuertoUS$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec-tor mencionado en el artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calen-dario siguientes de efectuado el viaje, deberá presen-tar un informe al Despacho Ministerial, con copia a laOficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante elviaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o