TEXTO PAGINA: 24
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G30/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de mayo de 2004 derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09833 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 396-2004-MTC/02 Lima, 21 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia-rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex-cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguengastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable losviajes al exterior del país en comisión de servicios, esta-bleciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstosserán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectoresde Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,así como de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyocaso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona-les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia-ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría -I otorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe mantener un programa anual de vi-gilancia sobre la seguridad operacional a través de laejecución de inspecciones técnicas a los explotadoresaéreos en el país, basado en las disposiciones estableci-das en el citado Convenio y en los estándares de la Or-ganización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GM 135.04, del 27 de abril del 2004, en el marco del ProcedimientoNº 13 de la sección correspondiente a la Dirección Ge-neral de Aeronáutica Civil (Inspección Técnica a Basesy Estaciones de Aeronavegabilidad para Establecimientoo Actualización de Operación), establecido en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decre-to Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, participar en la próximareunión de confiabilidad que se llevará a cabo en la es-tación de Santiago de Chile, durante los días 26 y 27 demayo del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 6619 y 6620, la solicitante ha cumplido con elpago del derecho de tramitación correspondiente alProcedimiento a que se refiere el considerando anterior,ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá-ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Or-den de Inspección Nº 0643-2004-MTC/12.04-SDA de-signando al Inspector Agustín José García Franco, pararealizar una inspección técnica a la estación de laempresa Lan Perú S.A., como parte del proceso deevaluación del programa de confiabilidad de manteni-miento de aeronavegabilidad, en la ciudad de Santia-go, República de Chile, durante los días 26 al 27 demayo del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun-ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar la inspección técnica a que se contraela Orden de Inspección Nº 0643-2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Agustín José García Franco, Inspector de la Dirección General de Ae-ronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, a la ciudad de Santiago, República de Chile,durante los días 26 al 27 de mayo del 2004, para losfines a que se contrae la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos deAcotación Nº 6619 y 6620, abonados a la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, incluyendo las asignaciones por concepto de viáti-cos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguientedetalle: Viáticos US$ 400.00 Tarifa por Uso de AeropuertoUS$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec-tor mencionado en el artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calen-dario siguientes de efectuado el viaje, deberá presen-tar un informe al Despacho Ministerial, con copia a laOficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante elviaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09834 VIVIENDA /G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G42/G61/G72/G72/G69/G61/G6C/G20/G61 /G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G79/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G2D /G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G2D/G63/G61/G2C/G20/G49/G71/G75/G69/G74/G6F/G73/G2C/G20/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F/G20/G79/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 125-2004-VIVIENDA Lima, 25 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 004-2004-VIVIEN- DA se creó el Programa Mejoramiento Integral de Ba-