Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2004 (28/05/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 111

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 269277

(2) anos calendario contados desde la fecha de su eleccion. En los casos de reemplazo de representantes por vacancia o renuncia, la designacion de los nuevos representantes sera hasta completar el periodo de los cesantes.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Ordenanza que regula el otorgamiento de concesiones de obras publicas de infraestructura y de servicios publicos en el distrito
ORDENANZA Nº 187-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 33º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales pueden entregar en concesion la ejecucion y explotacion de obras de infraestructura o de servicios publicos locales; Que, el articulo 59º del mismo cuerpo normativo, establece que cualquier transferencia de propiedad o concesion sobre bienes municipales se hace a traves de subasta publica, conforme a Ley; Que, siendo interes de la Corporacion Municipal otorgar en concesion la explotacion de diversos servicios publicos, resulta necesario aprobar la MORDAZA correspondiente que la regule; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972, preceptua que mediante Ordenanzas, que son las normas de mayor jerarquia, se aprueba la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa, como el caso expuesto; Estando a los Informes Nºs. 24-2004-GCDL de la Gerencia Central de Desarrollo Local, 001 y 006-2004-OPEMSS de la Oficina de Proyectos Especiales, 19-2004-OAJMSS de la Oficina de Asesoria Juridica, contando con los Dictamenes favorables Nºs. 029-2004-CGM-MSS y 0362004-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos respectivamente; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por Unanimidad aprobo la siguiente:

CAPITULO II DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTANTES
Articulo 32º.- Obligaciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil Los representantes de la sociedad civil ante Consejo de Coordinacion Local Distrital estan obligados a: a) Coordinar con sus representantes, las opiniones y propuestas que llevaran a las sesiones del Consejo de Coordinacion Local Distrital. b) Coordinar permanentemente con los otros representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, para informar de las propuestas u opiniones que presentaran en las sesiones y concertar las propuestas conjuntas. c) Presentar al Consejo de Coordinacion Local Distrital las opiniones y propuestas concertadas de todas las organizaciones de la sociedad civil distrital o provincial a las que representan, independientemente de su opinion personal sobre el particular. d) Presentar y publicar los informes escritos, luego de cada periodo de sesiones contempladas en el articulo 99º de la Ley Organica de Municipalidades y sobre los actos realizados en cumplimiento del mandato recibido. Articulo 33º.- Derechos de los representantes Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital tienen derecho a: a) Convocar a los representantes de las organizaciones inscritas en el registro local, de manera individual o conjunta, a las reuniones de coordinacion e informacion que crean convenientes. b) Ser informados por los otros representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, sobre las propuestas que presentaran a las sesiones. c) Presentar su renuncia ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, a seguir ejerciendo el mandato y representacion para los cuales fueran elegidos.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- La Municipalidad abrira el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil a que se refiere la presente Ordenanza, dentro de los cinco (5) dias siguientes a la entrada en vigencia de la misma. Las organizaciones de la sociedad civil a las que se refiere el articulo 2º inciso b de la presente Ordenanza, que deseen participar en el primer MORDAZA de eleccion de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, podran presentar sus solicitudes de inscripcion de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza, dentro de los veinte (20) dias habiles siguientes a la fecha de apertura del Registro. Segunda.- El senor MORDAZA convocara a la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital para el periodo 2004-2006, dentro del plazo MORDAZA de diez dias habiles de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. La eleccion se realizara no MORDAZA de veinte (20), ni despues de cuarenta (40) dias calendario de la convocatoria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 10075

ORDENANZA SOBRE OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE OBRAS PUBLICAS DE INFRAESTRUCTURA Y DE SERVICIOS PUBLICOS EN EL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1º.- La presente Ordenanza establece las normas que rigen las concesiones que otorga la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA a personas naturales y/o juridicas, para la ejecucion y explotacion de obras de infraestructura y/o de servicios publicos en bienes que conforman el patrimonio municipal, entendiendose por tales todos aquellos que estan comprendidos dentro de los alcances de la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 2º.- La concesion es el acto administrativo por el cual la Municipalidad, a traves del procedimiento de subasta publica, otorga a personas naturales y/o juridicas la ejecucion y explotacion de obras de infraestructura y/o servicios publicos, determinados previamente y por un plazo establecido. Articulo 3º.- Entiendase por ejecucion de obra, una o mas de las siguientes prestaciones: la construccion, reparacion o conservacion de la obra. Asimismo la explotacion de la obra comprende: a. La prestacion del servicio basico y los servicios complementarios para los que fue ejecutada la obra; b. El mantenimiento de la obra en optimas condiciones de uso; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.