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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2004 (28/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 116

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G32/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de mayo de 2004 dido en la capacidad de pago de los contribuyentes, para efectos de cumplir con las obligaciones tributarias; Que, resulta conveniente seguir prorrogando los pla- zos señalados en las Ordenanzas mencionadas, referidas entre otros al plazo de vencimiento del pago de la primera trimestral del Impuesto Predial, así como el plazo para lapresentación de la declaración jurada Masiva, y para elacogimiento al beneficio tributario 2004, para que un nú-mero mayor de vecinos se acojan a los beneficios otorga-dos; Estando a lo expuesto, contando con la opinión legal favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica expresada me-diante Informe Nº 520-2004-OAJ/MVES, y en uso de lasatribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972, con el Voto Unánime del Concejo Munici-pal, se expide la presente: ORDENANZA Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 31 de julio del 2004, el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas yel pago de la primera y segunda cuota trimestral del Im- puesto Predial 2004 en la jurisdicción de Villa El Salvador. Artículo 2º.- Ratificar el Art. 2º de la Ordenanza Nº 078- MVES y la gratuidad de las Declaraciones Juradas deActualización del Impuesto Predial (incorporaciones, recti-ficaciones u otros), así como la condonación de pago decualquier clase de multa, respecto de declaraciones del Impuesto Predial y de transferencia de inmuebles, para los vecinos que cumplan con efectuar la Declaración Juradamencionada hasta el 31 de julio del 2004, con los mismosrequisitos establecidos en la anterior Ordenanza Nº 078-MVES, pudiendo acogerse los expedientes en trámite. Artículo 3º.- Ratificar el Art. 3º de la Ordenanza Nº 078- MVES, respecto a que la incorporación como poseedores o tenedores mediante la presente Declaración Jurada Ma-siva sólo tiene efectos de prestación tributaria, no constitu-yendo reconocimiento de otros derechos de naturaleza ci-vil, comercial u otros distintos a los tributos. Artículo 4º.- Prorrogar hasta el 31 de julio del 2004, la vigencia plena de la Ordenanza Municipal Nº 077-MVES, la cual estableció el Beneficio Tributario a favor de loscontribuyentes del distrito. Artículo 5º.- Establézcase como horario de atención para la presente campaña, tanto en el Palacio Municipalcomo en las Agencias Municipales, el que a continuación se detalla: - De Lunes a Viernes de 08.00 hrs. a 17.00 hrs. - Sábado de 08.00 hrs. a 12.00 hrs. Artículo 6º.- Encargar a la Dirección Municipal en co- ordinación con la Secretaria General, Oficina de Rentas, Oficina de Administración y Agencias Municipales de De-sarrollo el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 10165 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G79/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G65/G6E/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G41/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G72/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2004/MVES Villa El Salvador, 21 de mayo del 2004 Visto: El Informe Nº 502-2004-DESUR/MVES, de fe- cha 21.05.2004, suscrito por la Gerente de Desarrollo Ur-bano de esta Municipalidad. CONSIDERANDO: Que, mediante los Informes Nºs. 479, 480, 481 y 483- 2004-MVES/DESUR, de fechas 14, 17, 17 y 17.05.2004respectivamente, suscritos por la Gerencia de DesarrolloUrbano, se hace de conocimiento los requerimientos de materiales e insumos de las siguientes obras cofinancia-das por la Municipalidad de Villa El Salvador con el PRO-GRAMA A TRABAJAR URBANO: “Construcción de dos Losas Deportivas en la Av. Separadora Industrial”, cuyo Valor Referencial asciende a S/. 232,931.67; “Construcciónde Muros de Piedra y Veredas de Adoquín en el Malecónde la Playa Venecia”, cuyo Valor Referencial asciende a S/ . 210,693.37; “Construcción de Muros de Piedra y Veredasde Adoquín en el Malecón del Km. 23 de la Panamericana Sur”, cuyo Valor Referencial asciende a S/. 210,696.37 y “Limpieza, Nivelación y Preparación de la Superficie de laZona Afectada con el Incendio en los AA.HH. del CerroLomo de Corvina”, cuyo Valor Referencial asciende a S/.73,449.11; Que, mediante el informe señalado en la parte intro- ductoria, se hace de conocimiento que a partir de la quinta convocatoria del Programa a Trabajar Urbano se ha dis-puesto que los requerimientos, adjudicaciones y los com-probantes de pago de las obras cofinanciadas por el Pro-grama, estén a nombre de la Municipalidad de Villa El Sal-vador, en su calidad de organismo ejecutor, variándose la modalidad con la que hasta la fecha se venia trabajando, lo cual ha generado la paralización de las obras antes cita-das, dado que los plazos y procedimientos exigidos por laLey de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, deman-dan mayor tiempo del señalado por el Programa, el mismoque mediante Notificaciones Nºs. 34 y 35-04-JVC-SE- ATU19, recepcionadas el 11.05.2004, así como la Carta Nº 054-CN-2004-ATU-OZLS/JZ, provenientes de la Jefa-tura Zonal Lima Sur, comunica reiteradamente que losmateriales, insumos y servicios necesarios para las obrasmencionadas, deberán adquirirse en un plazo máximo de15 días, caso contrario se resolverán los convenios de co- financiamiento, por lo que a efectos de preservar la inver- sión lograda, se recomienda la declaración de urgencia delos procesos de selección de los recursos de las obrasantes señaladas; Que, mediante Memorando Nº 282-2004-MVES-DES- UR, suscrito por la Gerencia de Desarrollo Urbano, se re- mite el consolidado de recursos a utilizar en las obras ya citadas, los cuales ascienden a un monto total de: S/.727,773.52 , desglosados de la siguiente manera: S/.399,980.85 (54.96 %) a ser financiados por el Programa ATrabajar Urbano y S/. 327,792.67 (45.04%) cuyo cofinan-ciamiento corresponde a la Municipalidad; Que, mediante Informe Nº 529-2004-OAJ/MVES, de fecha 21.05.2004, el Gerente de Asesoría Jurídica de estaMunicipalidad, es de la opinión legal que, de conformidadcon lo previsto en el Art. 21º de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones “ Se considera situación de urgencia, cuan- do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determi- nado bien o servicio compromete en forma directa e inmi- nente la continuidad de los servicios esenciales y de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición o con- tratación de los bienes, servicios u obras, sólo por el tiem- po o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda” . Razón por la cual opina por la procedencia de lo solicitado, reco-mendando que ésta sea aprobada con Acuerdo de Con-cejo; Estando a los fundamentos expuestos, contando con el proveido favorable del Director Municipal del 20.05.2004, en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,con el Voto Mayoritario del Concejo Municipal y con dis-pensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, se expi-de el siguiente; ACUERDO: Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia, la ad- quisición de los materiales, insumos y servicios necesa-rios para la ejecución de las obras siguientes en Conveniocon el Programa a Trabajar Urbano: “Construcción de dos Losas Deportivas en la Av. Separadora Industrial”, “Cons- trucción de Muros de Piedra y Veredas de Adoquín en elMalecón de la Playa Venecia”, “Construcción de Muros de Piedra y Veredas de Adoquín en el Malecón del Km. 23 dela Panamericana Sur” y “Limpieza, Nivelación y Prepara-ción de la Superficie de la Zona Afectada con el Incendio en los AA.HH. del Cerro Lomo de Corvina”, conforme al siguiente desagregado, en cumplimiento a lo dispuesto porel inciso 6, Numeral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CON-SUCODE/PRE;