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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (04/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 279652 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de noviembre de 2004 bre del Grupo de Río", a llevarse a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil; Que, es necesaria la participación de dos servidores del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a fin que brinden cobertura periodística a las diver-sas actividades que cumplirá el señor Presidente de la República en dicho evento; Que, los gastos por concepto de viáticos, de los referi- dos comisionados serán asumidos por el Instituto Na- cional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2004, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autoriza-ción de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Karen Louise Herrera Menéndez y Emilio Guzmán CárdenasOrtiz, periodista y camarógrafo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, respectivamente, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil,del 3 al 5 de noviembre de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1 200,00 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguien- tes de efectuado el viaje, los referidos servidores deberán presentar ante su institución un informe detallado descri-biendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución será refrenda- da por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 19892 Autorizan viaje de la Ministra de Sa- lud a MØxico y encargan su Despachoal Ministro de Trabajo y Promoción delEmpleo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 364-2004-PCM Lima, 2 de noviembre del 2004 CONSIDERANDO: Que en la XVI Reunión del Grupo Técnico Asesor para Vacunas e Inmunización (GTA), a realizarse del 3 al 5 de noviembre de 2004, en la ciudad de México D.F., México,se llevará a cabo la Reunión del Comité de Coordinación Inter-Agencial Regional (CCI), a la cual ha sido invitada la Ministra de Salud, Pilar MAZZETTI SOLER, en que haráuna presentación del Plan del Perú para la eliminación de la Rubéola y Síndrome de la Rubéola Congénita; Que asimismo se abordará y revisará los últimos adelantos científicos con relación a las vacunas y su desarrollo, producción y utilización; Que en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje de la Ministra de Salud, cuyos gastos serán asumidospor la Organización Panamericana de la Salud, y encargar el Despacho de Salud al Ministro de Trabajo y Promocióndel Empleo, en tanto dure la ausencia de la titular; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legisla-tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Ministra de Salud, doctora Pilar MAZZETTI SOLER, a la ciudad de México D.F., México, del 4 al 6 de noviembre de 2004, para los finesdescritos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar el Despacho de Salud al Mi- nistro de Trabajo y Promoción del Empleo, doctor JavierNEVES MUJICA, mientras dure la ausencia de la titular. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente resolu- ción no irrogará ningún egreso al Estado ni otorgaráderecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 19893 AGRICULTURA Aprueban Reglamento de la Ley del Sistema de Mercados Mayoristas deAlimentos - Ley N” 28026 DECRETO SUPREMO Nº 038-2004-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28026 - Ley del Sistema de Mercados Mayoristas de Alimentos, se dio el marco le-gal para la promoción y el desarrollo de mercados mayoristas de alimentos y los servicios que las empre- sas operadoras de dichos mercados prestan a los agen-tes de comercio para facilitar la actividad cotidiana de compraventa al por mayor de tales productos; Que, es necesario dictar el reglamento de la menciona- da Ley; De conformidad con el artículo 118º inciso 8) de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento de la Ley Nº 28026 - Ley del Sistema de Mercados Mayoristas de Alimentos, que consta de tres (3) títulos, veinte (20)artículos y tres (3) disposiciones finales; el mismo que forma parte de este Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por los Ministros de Agricultura y de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción