Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2004 (04/11/2004)
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TEXTO DE LA PÁGINA 18
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Nº RESOLUCION R.D. Nº 378 -2004 PRODUCE/DINSECOVI FECHA
NORMAS LEGALES
MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 2004
SINTESIS RESOLUTIVA Sancionar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, armador de la E/P MORDAZA I de matricula CE-0258-PM, con una multa de 17,1 (Diecisiete con un decimo) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por haber extraido recursos hidrobiologicos dentro de las 5 millas marinas. Sancionar a PESQUERA DE COMERCIALIZADORA MARITIMA S.A.C., armador de la E/P RAQUELITA 2 de matricula CE-1257-PM, con SUSPENSION DE TRES (03) DIAS efectivos de pesca, por haber extraido recursos hidrobiologicos dentro de las 5 millas marinas. Sancionar a la PESQUERA 2020 S.A.C. Con una multa ascendente a 14,61 (Catorce con sesenta y un centesimas) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y al armador de la E/P NAPO 4 de matricula CO-2448-PM con SUSPENSION de 30 dias efectivos de pesca, por extraer recursos hidrobiologicos dentro de las 5 millas marinas. Disponer la INMOVILIZACION de la E/P SHUN FONG hasta que regularice la situacion legal administrativa y disponer el DECOMISO del total de los recursos hidrobiologicos de calamar gigante (pota), extraidos en aguas juridiccionales (160 millas).
09-Ago-04
R.D. Nº 379 -2004 PRODUCE/DINSECOVI
09-Ago-04
R.D. Nº 380 -2004 PRODUCE/DINSECOVI
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R.D. Nº 381 -2004 PRODUCE/DINSECOVI
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RELACION DE RESOLUCIONES EXPEDIDAS DEL 03 AL 30 DE SETIEMBRE DEL 2004
Nº RESOLUCION R.D. Nº 382 -2004 PRODUCE/DINSECOVI FECHA 03-Sep-04 SINTESIS RESOLUTIVA Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA S.A.C., contra la R.D. Nº 295-2004-PRODUCE/DINSECOVI y ESTABLECER la suspension de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado por 3 dias efectivos de PROCESAMIENTO. Disponer la ACUMULACION y el ARCHIVO DEFINITIVO de 70 Reportes de Ocurrencias contenidos en los informes legales Nros 337-03 al 437-04 PRODUCE/ DINSECOVI-DSVS. Los reportes fueron levantados cuando aun no se habia vencido el plazo otorgado por el Art. 6º del D.S. Nº 010-2004-PRODUCE. Sancionar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, armadores de la E/P CRISTO MORDAZA de matricula PL-3024-CM por realizar faenas de pesca dentro de las 5 millas marinas sin inspector a bordo, con una multa ascendente a 0,13 (Trece centesimas) Unidades Impositivas Tributarias UIT. Sancionar a la empresa C.N.C. S.A.C., de MORDAZA con una multa ascendente a 3 (Tres) Unidades Impositivas Tributarias UIT, por procesar recursos hidrobiologicos sin contar con la licencia de operacion. Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para acogerse al descuento del 80 % de la multa impuesta mediante RD Nº 138-2002-PE/DINSECOVI. Sancionar a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. COPEINCA S.A., armador de la E/P MORDAZA MORDAZA de matricula CO-19579-PM, con una multa ascendente a 10,66 (Diez con sesenta y seis centesimas) Unidades Impositivas Tributarias UIT, por haber extraido recursos hidrobiologicos con volumenes superiores al 15% de capacidad de bodega. Sancionar a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. COPEINCA S.A., armador de la E/P MORDAZA MORDAZA de matricula CO-19579-PM, con una multa ascendente a 14,69 (Catorce con sesenta y nueve centesimas) Unidades Impositivas Tributarias UIT, por haber extraido recursos hidrobiologicos con volumenes superiores al 15 %. de capacidad de bodega. Sancionar a los senores MORDAZA QUEREVALU MORDAZA Y MORDAZA, armadores de la E/P DON MORDAZA 2 de matricula PT-5519-CM, con una multa ascendente a 0,15 (Quince centesimas) Unidades Impositivas Tributarias UIT, por haber realizado faenas de pesca sin llevar inspector a bordo. Sancionar a la empresa HUNG YANG FISHERY CO.LTD., propietario de la E/P calamarera de bandera Madagascar SHUN FONG con indicativo internacional XUBY 3, con una multa ascendente a 240,57 (Doscientos cuarenta con cincuenta y siete centesimas) Unidades Impositivas Tributarias UIT. Y el DECOMISO de la totalidad de los recursos hidrobiologicos contenidos en la bodega. Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada por el deposito bancario del 80 % de la multa impuesta y DEJAR SIN EFECTO la medida cautelar de INMOVILIZACION de la E/P. Sancionar a la EMPRESA PESQUERA EXTRACTIVA S.R.L.-Ilo, con una multa ascendente 2,03 (Dos con tres centesimas) Unidades Impositivas Tributarias UIT, por haber extraido el recurso anchoveta en tallas menores. Sancionar a la empresa PESQUERA 2020 S.A.C., armador de la E/P MORDAZA de matricula CO-4694-CM, por haber extraido recursos hidrobiologicos en areas reservadas con una multa ascendente a 9,20 (Nueve con veinte centesimas) Unidades Impositivas Tributarias UIT mas la SUSPENSION de 30 dias efectivos de pesca de su Embarcacion Pesquera.
R.D. Nº 383 -2004 PRODUCE/DINSECOVI
03-Sep-04
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