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PÆg. 279829 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 2004 Artículo 14º.- Los puestos de venta, tendrán un área mínima de 5 m2, a excepción de los puestos de venta deaves beneficiadas, carnes, pescados y mariscos, los que deberán tener 6 m2; como mínimo, en ambos ca- sos, ninguno de los dos lados deberá ser menor de 2.00m. Artículo 15º .- Los puestos de carnes, aves benefi- ciadas, pescados y mariscos, deberán contar con mos-tradores y lavaderos recubiertos de material liso, sin grietas, con surtidor de agua con llave de cierre automá- tico. Los lavaderos y bancos o tablas de cortes de evis-cerados, deberán estar alejados del mostrador, garanti- zando que las operaciones de lavado y corte no afecten al usuario, principalmente por el salpicado de agua, san-gre, escamas y otros. Deberán contar además, con facilidades de refrige- ración o congelación. Artículo 16º.- Los puestos dedicados a preparación y expendio de comidas y bebidas, se ubicarán en una sección separada de la zona de comercialización dealimentos crudos, de los servicios higiénicos, del colec- tor de residuos y de cualquier otro punto de contamina- ción, y a una distancia no menor de 25 m de cualquierade ellos. El área de atención al público, deberá estar incorpo- rada al puesto, no está permitido invadir en modo algunolos pasadizos o áreas de circulación, en concordancia con lo establecido en el Artículo 7º de la presente Orde- nanza. Deberá tener un área propia para el preparado de alimentos, lavado de servicios y despensa, con buena ventilación e iluminación. La cocina deberá tener un áreade 6 m2 como mínimo y contará con campana extracto- ra de humos y olores. Está prohibida la atención al públi- co directamente de la cocina. Deberá tener paredes re-vestidas de mayólica blanca, a una altura mínima de 1.50 m, y pisos de loseta o similar. Artículo 17º.- Las divisiones de los puestos de ven- tas, así como la cobertura, deben ser de material incom- bustible. Está prohibido el uso de triplay, plástico o simi- lar, Las puertas pueden ser enrollables metálicas. Artículo 18º.- Los puestos deberán estar agrupa- dos en secciones, distribuidos por giros, numerados en forma correlativa y mostrarán la numeración y licenciade apertura de establecimiento, en lugares visibles. Artículo 19º.- Los puestos de venta no deben abrir hacia la vía pública, debiendo atender todos ellos, haciael interior del mercado. Artículo 20º.- Los mercados deberán respetar las normas de seguridad establecidas por INDECI y Bom-beros, en relación al número de extintores y su ubica- ción, para ser usados con prontitud en caso de incen- dios; y de señalización de áreas de seguridad y evacua-ción en caso de sismos. CAPÍTULO V REQUISITOS PARA SOLICITAR LICENCIA DE OBRA EN VIA DE REGULARIZACIÓN Artículo 21º.- La Licencia de Obra en Vía de Regula- rización, será otorgada por la Jefatura de Obras Priva- das de la Gerencia de Desarrollo Urbano, al propietarioo representante legal de la persona jurídica, que realice actividades comerciales en locales propios, en concor- dancia con lo establecido en el CAPÍTULO II de la pre-sente Ordenanza. En el caso que la persona jurídica no sea propietario del local que ocupa, para solicitar la Licencia de Obra enVía de Regularización, deberá presentar Contrato de Alquiler y autorización expresa del propietario para soli- citar la licencia y ejecutar la obra. Artículo 22º.- El representante legal de la persona jurídica solicitante , debidamente acreditado, deberá pre- sentar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, la siguientedocumentación: a. Carpeta, incluyendo hoja de trámite, cuadro de valores, FUO, parte 1, por triplicado, firmado por Arqui- tecto o Ingeniero Colegiado, y el propietario.b. Boleta de Habilitación del Profesional responsable. c. Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edifica- torios, vigente. d. Copia simple del certificado literal de dominio o con dictamen legal del abogado. e. Poder otorgado al Representante Legal del propie- tario, inscrito en Registros Públicos; o de la persona jurídica, constituida de acuerdo a lo establecido en elArtículo 2º, de la presente Ordenanza. f. Presupuesto de obra. g. Planos de acuerdo a Ley Nº 27157 y su Reglamen- to, firmados por el propietario, con sello y firma del Arqui- tecto Representante. Los planos deberán graficar la ubicación de los pues- tos de venta, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 18º de la presente Ordenanza. h. Fotos a color del local, mostrando el frente y los edificios colindantes. i. Memoria descriptiva j. Comprobante de pago por derechos: - Revisión C.A.P. ___________0.10% valor de la obra (mínimo 1% UIT) - Revisión Administrativa _____0.25% valor de la obra (mínimo 1% UIT) - Revisión INDECI __________0.02% valor de la obra (mínimo 1% UIT) - Revisión BOMBEROS ______0.02% valor de la obra (mínimo 1% UIT) k. Para la revisión de BOMBEROS e INDECI, se de- berá presentar planos de evacuación, señalización, cál- culo de evacuación y sistema contra incendios; debida-mente sellados y firmados por profesional competente. CAPÍTULO VI REQUISITOS PARA SOLICITAR LICENCIA GENERAL E INDIVIDUAL DE APERTURA DE ESTACIONAMIENTO Artículo 23º.- La Licencia General de Apertura de Establecimiento, será otorgada en forma corporativa, deacuerdo a lo establecido en el Artículo 2º de la presente Ordenanza; y a nombre de la razón social que los agru- pa. Esta Licencia no es extensiva a los puestos de ven-ta. Artículo 24º.- El representante legal, debidamente acreditado, deberá presentar a la Gerencia de Comer-cialización los siguientes documentos: a. Formato de Solicitud y Declaración Jurada de Ve- racidad de los documentos que se presentan. b. Licencia de Regularización de Obra, otorgada por la Jefatura de Obras Privadas de la Gerencia de Desa-rrollo Urbano. c. Título de Propiedad o documento que lo acredite, o Contrato de Alquiler vigente, debidamente legalizadonotarialmente, en caso de tratarse de local arrendado. d. Escritura Pública de Constitución de la Persona Jurídica, que solicita la Licencia General de Apertura deEstablecimiento, inscrita en los Registros Públicos. e. Certificado de Numeración del acceso principal del mercado. f. Fotocopia del DNI del Representante Legal solici- tante. g. Certificado de Compatibilidad de Uso, con Inspec- ción Técnica Básica de Defensa Civil, para mercados con área menor de 500 m2. h. Certificado de Compatibilidad de Uso, con Inspec- ción Técnica de Detalle de Defensa Civil, para mercados con área mayor de 500 m2. i. Recibo de Pago de Derechos por Autorización: 10.5625% U.I.T. Artículo 25º.- La Licencia Individual de Apertura de Establecimiento será otorgada a cada propietario o con- ductor de un Puesto de Venta del Mercado. Artículo 26º.- El Propietario o Conductor del Puesto de Venta debidamente acreditado, deberá presentar a la Ge- rencia de Comercialización, los siguientes documentos: a) Formato de Solicitud y Declaración Jurada de Ve- racidad de los documentos que se presentan.