Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2004 (09/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 9 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 04/100 NUEVOS SOLES (S/.3 353 434,04), equivalentes a NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUATRO Y 13/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 986 304,13), con cargo a los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 004 -Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8.4 del articulo 8º de la Ley Nº 28254. Articulo 2º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria", como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- MORDAZA de la presente Resolucion debera presentarse a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico dentro de los cinco (5) dias siguientes de aprobado. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de la Direccion General de Credito Publico, a suscribir en representacion del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, un Convenio de Transferencia de Recursos al Pliego Ministerio de Energia y Minas, que permita la implementacion de lo dispuesto en el numeral 8.4 del articulo 8º de la Ley Nº 28254. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 20159

Declaran improcedente recurso de queja interpuesto contra Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 06578-6-2004
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 555-2004-EF/10 MORDAZA, 8 de noviembre de 2004 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 06578-6-2004; CONSIDERANDO: Que, con fecha 5 de octubre de 2004, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA interpone Recurso de Queja contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 06578-6-2004 de fecha 3 de setiembre de 2004, que resuelve declarar improcedente la solicitud de aclaracion formulada por la recurrente respecto de la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 04289-4-2004; Que, la quejosa alega que interpone Recurso de Queja contra el Tribunal Fiscal al MORDAZA del articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificado por Decreto Legislativo Nº 953, en adelante el Codigo Tributario, por no estar de acuerdo con lo resuelto por la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 06578-6-2004, exponiendo una serie de argumentos a traves de los cuales cuestiona dicha resolucion; Que, de acuerdo a lo senalado por el Tribunal Fiscal en el Oficio Nº 6368-2004-EF/41.01 de fecha 27 de octubre de 2004, por medio del cual adjunta el Informe Nº 005-2004-EF/41.09.06 de fecha 25 de octubre de 2004, donde formula el descargo respectivo contra la queja interpuesta, la queja constituye una via a traves de la cual el contribuyente puede solicitar que el Ministerio de Economia y Finanzas, en su caso, disponga que se corrijan los actos que vulneren el procedimiento, pero no puede ser empleada para discutir asuntos contenidos en resoluciones formalmente emitidas por el Tribunal Fiscal, pues el articulo 153º del Codigo Tributario preve que contra ellas no cabe recurso alguno en la via administrativa, siendo que en todo caso, el sujeto supuestamente afectado puede recurrir al organo judicial correspondiente a efecto que este evalue si corresponde admitir una demanda contencioso - administrativa contra la resolucion emitida, conforme con lo dispuesto en los articulos 157º y 158º del Codigo Tributario, incorporados

por el Decreto Legislativo Nº 953, y en la Ley Nº 27584 Ley que regula el MORDAZA Contencioso Administrativo; Que, la queja es un remedio procesal por el cual el administrado que sufre perjuicios derivados de un defecto de tramitacion de procedimiento acude al superior jerarquico con el objeto de que se proceda a la subsanacion del mismo, por lo que dicho recurso no procura la impugnacion del acto administrativo en si, sino que constituye un medio de impulso en la tramitacion que busca que el procedimiento continue con arreglo a las normas correspondientes, de lo que se concluye que en la resolucion de la queja no cabria un examen sobre el fondo del asunto; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 155º del Codigo Tributario, el Recurso de Queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en el citado cuerpo legal, mas no contra resoluciones formalmente emitidas por el Tribunal Fiscal, respecto de las cuales el articulo 153º del citado Codigo Tributario preve que no cabe recurso alguno en la via administrativa; Que, de los hechos y normas MORDAZA citados se desprende que en el presente caso no existen actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en el Codigo Tributario y que, si la quejosa pretende impugnar una resolucion formalmente emitida por el Tribunal Fiscal por discrepar con el sentido del fallo contenido en MORDAZA, debio hacer uso de su derecho a interponer una demanda contencioso - administrativa contra la misma, presentada conforme a lo dispuesto en el Codigo Tributario, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953 y supletoriamente por la Ley Nº 27584, Ley que regula el MORDAZA Contencioso Administrativo, y no un Recurso de Queja; De conformidad con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Queja interpuesto por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 06578-6-2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 20160

Amplian Calendario de Compromisos del mes de octubre del Ejercicio Fiscal 2004
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 049-2004-EF/76.01 MORDAZA, 4 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 045-2004EF/76.01 se aprobo el Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado de los meses de octubre, noviembre y diciembre del Ano Fiscal 2004; Que, es necesario modificar, por ampliacion, el Calendario de Compromisos del mes de octubre de los Organismos comprendidos en el Gobierno Nacional y Gobierno Regional; Estando a lo informado por la Direccion de Programacion, Evaluacion Presupuestal y Procesamiento de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 33º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, el articulo 22º de la Directiva Nº 001-2004-EF/ 76.01 Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2004 y el articulo 23º de la Directiva Nº 002-2004-EF/76.01 Directiva para la Aprobacion, Ejecu-

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