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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (10/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G30/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de noviembre de 2004 Ejecutiva del Gobierno Regional de Loreto, los resulta- dos de las evaluaciones efectuadas a los postulantes al Concurso Público para la Selección del Director Regio- nal de Salud de Loreto, declarándose como ganador delmencionado Concurso Público al doctor Carlos Efraín VIDAL ORE, al haber obtenido el mayor puntaje; Que, en consecuencia, resulta necesario expedir la Resolución Ejecutiva Regional designando al nuevo Di- rector Regional de Salud de Loreto; Estando a lo propuesto; con las visaciones de la Ofi- cina Regional de Asesoría Jurídica, Oficina Regional de Administración, Gerencia General Regional del Gobier- no Regional de Loreto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Regla- mento de Organización y Funciones del Gobierno Re- gional de Loreto, aprobado por Ordenanza Regional Nº003-2003-CR/RL, de fecha 21 de enero del 2003 y su modificatoria, aprobada por Ordenanza Regional Nº 020- CR/GRL, del 14 de diciembre del 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al doc- tor CARLOS EFRAIN VIDAL ORE, en el cargo de Direc- tor Regional de Salud de Loreto, Nivel F-5. Artículo 2º.- PRECISAR que el plazo de dicha desig- nación tendrá una duración de dos (2) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución, deconformidad con lo dispuesto por las Directivas emitidas por la Presidencia del Consejo Nacional de Descentrali- zación; encargándose a la Gerencia General Regional,comunique al Ministerio de Salud la presente designa- ción para los efectos de Ley; y, a la Oficina Regional de Administración para la publicación correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 20117 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F /G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA /G30/G36/G39/G32/G2D/G32/G30/G30/G34/G2F/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G20/G50/G49/G55/G2D /G52/G41/G2D/G50/G52 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 845-2004/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR Piura, 4 de noviembre de 2004 VISTOS; El Memorándum Nº 203-2004/GRP-470000 del 25 de junio del 2004, los Memorandos Nºs. 1038 y 1040-2004/GRP-400000 del 30 de junio del 2004, el In- forme Nº 240-2004/GRP-480400 del 27 de julio del 2004,el Informe Nº 809-2004/GRP-460000 del 6 de agosto del 2004, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0692-2004/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR del 10 de agostodel 2004, el Informe Nº 314-2004/GRP-480400 del 4 de octubre del 2004 y el Informe Nº 1073-2004/GRP-460000 del 13 de octubre del 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0692-2004/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR se De-claró como Servicios Personalísimos los servicios que prestaría el Dr. Rubén Ernesto Cáceres Zapata, en la elaboración de los siguientes estudios: Diseño logístico,económico y comercial para promover un sistema de servicios integrados en la ejecución de la integración hacia Manaos y áreas de influencia; y Estudio técnico-legal para la puesta en operaciones del puente aéreo hacia Manaos; estableciéndose como contraprestación, por los servicios a realizar, la suma de Doce Mil y 00/100Nuevos Soles (S/. 12,000.00); Que, la realización de los estudios antes menciona- dos, fue requerida por la Oficina Regional de Promociónde Inversiones y Cooperación Técnica Internacional, através del Memorándum Nº 203-2004/GRP-470000, como parte de la estrategia para promocionar las inversiones privadas en la costa del Pacífico, específicamente en la Región Piura; Que, a través de los Memorandos Nºs. 1038 y 1040- 2004/GRP-400000 del 30 de junio del 2004, la Gerencia General dispone la contratación de un profesional paraque elabore los estudios antes aludidos, ascendiendo el valor referencial de cada uno de los Estudios a Doce Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 12,000.00); Que, con el Informe Nº 314-2004/GRP-480400 del 4 de octubre del 2004, la Oficina de Abastecimiento y Ser- vicios Auxiliares, se ratifica en la contratación del Dr.Rubén Ernesto Cáceres Zapata, por ser el profesional que reúne los requisitos para elaborar los estudios soli- citados por la Oficina de Promoción de Inversiones yCooperación Técnica Internacional; asimismo, solicita se rectifique el monto de la contraprestación, conforme a los Memorandos descritos en el considerando ante-rior, el mismo que ascenderá a Veinticuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 24,000.00); igualmente, informa que debe aprovecharse la ocasión para emitir la Resolución,conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 011-2001- CONSUCODE/PRE; Que, mediante el Informe Nº 1073-2004/GRP-460000 del 13 de octubre del 2004, la Oficina Regional de Ase- soría Jurídica, manifiesta que procede la rectificación de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0692-2004/GOBIER-NO REGIONAL PIURA-PR, en lo referente al monto de la prestación a otorgar al Dr. Rubén Ernesto Cáceres Zapata; asimismo, informa que deberá emitirse el actode administración correspondiente, el mismo que debe- rá reunir los requisitos establecidos en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; Que, conforme a lo anteriormente expuesto, es pro- cedente la rectificación del monto de la prestación que percibirá el Dr. Rubén Ernesto Cáceres Zapata, la mis-ma que quedará establecida en Veinticuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 24,000.00); debiendo, asimismo pre- cisarse la fuente de financiamiento y el plazo de dura-ción del referido contrato; Con las visaciones de las Oficinas Regionales de Asesoría Jurídica, de Administración, de Promoción deInversiones y Cooperación Técnica Internacional, Ge- rencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acon- dicionamiento Territorial y de la Gerencia General Regio-nal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- PRECÍSESE el Artículo Segundo de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0692-2004/GO-BIERNO REGIONAL PIURA-PR, en el extremo referido al monto de la prestación por los servicios a realizar, el mismo que quedará establecido en Veinticuatro Mil y00/100 Nuevos Soles (S/. 24,000.00). Artículo Segundo.- PRECÍSESE que el plazo de duración del contrato autorizado en el Artículo Tercerode la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0692-2004/GO- BIERNO REGIONAL PIURA-PR, será de treinta (30) días, contados a partir de la suscripción del mismo. Artículo Tercero.- El egreso que origine la presta- ción a que hace mención el Artículo Primero, será con cargo a la siguiente estructura y cadena de gasto: FUNCIÓN 03: ADMINISTRACIÓN Y PLANEAMIENTO PROGRAMA 003:ADMINISTRACIÓN SUBPROGRAMA 0006: ADM INISTRACIÓN GENERAL ACTIVIDAD 1.00267: GESTIÓN ADMINISTRATIVA COMPONENTE 3.00693: GESTIÓN ADMINISTRATIVA META 00002: ACCI ONES DE PLANEAMIENTO FTE. FTO. 16: RECURSOS ORDINARIOS PARA GOBIERNOS REGIONALES Artículo Cuarto.- En cumplimiento del Art. 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el Art. 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, remitiéndose copia de la mis- ma a la Contraloría General de la República, adjuntando,asimismo, los documentos de Vistos, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su expedi- ción. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente Resolu- ción a las Oficinas Regionales de Asesoría Jurídica, de Administración, de Promoción de Inversiones y Coope-