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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G30/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de noviembre de 2004 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G6E/G74/G75/G72/G61/G73/G20/G52/G75/G70/G65/G73/G2D/G74/G72/G65/G73/G20/G4B/G69/G6C/G6C/G61/G20/G4D/G61/G6E/G63/G68/G61/G79/G2C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1126/INC Lima, 27 de octubre de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 541, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 30 de fecha 14 de octubre de 2004, y; CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con per- sonería jurídica de derecho público interno; responsablede la promoción y desarrollo de las manifestaciones cul- turales del país y de la investigación, preservación, con- servación, restauración, difusión y promoción del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 541, de fecha 14 de octu- bre de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del InstitutoNacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación al Complejo de Pinturas Rupestres Killa Man- chay, ubicado en el distrito de Acobamba, provincia deAcobamba, departamento de Huancavelica; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decre-to Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamen- to de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Complejo de Pinturas Rupestres Killa Manchay, ubicado en el distrito de Acobamba, provincia Acobam-ba, departamento de Huancavelica. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología del Instituto Nacional de Cultura la elaboración del Expe-diente Técnico del Complejo Arqueológico mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición dePatrimonio Cultural de la Nación del Complejo Arqueo- lógico mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudie-se afectar o alterar el paisaje del Complejo Arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", debe con- tar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori- dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 20172/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G69/G74/G69/G6F/G73/G20/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G2C/G20/G41/G6E/G2D/G63/G61/G73/G68/G2C/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61/G2C/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G20/G79/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1127/INC Lima, 27 de octubre de 2004 VISTO, El Acuerdo Nº 546, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 30 de fecha de 14 octubre del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organis- mo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsa-ble de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de regis- trar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 546 de fecha 14 de octu- bre de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de laNación a los monumentos arqueológicos siguientes: - Sitio Arqueológico "Tequetequepampa" (UTM: UTM: 8´301,702 N - 812,089 E), ubicado en el distrito de Cha- chas, provincia de Castilla, departamento de Arequipa. - Sitio Arqueológico "Huayccellame" (UTM: 8´298,030 N - 812,025 E), ubicado en el distrito de Chachas, pro- vincia de Castilla, departamento de Arequipa. Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología y de la Oficina de AsuntosJurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decre-to Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamen- to de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los Monumentos Arqueológicos siguientes: - Sitio Arqueológico "Tequetequepampa" (UTM: UTM: 8´301,702 N - 812,089 E), ubicado en el distrito de Cha- chas, provincia de Castilla, departamento de Arequipa. - Sitio Arqueológico "Huayccellame" (UTM: 8´298,030 N - 812,025 E), ubicado en el distrito de Chachas, pro- vincia de Castilla, departamento de Arequipa. Artículo 2º.- Encargar al Insituto Nacional de Cultura - Arequipa, la elaboración del Expediente Técnico (Pla-no, Ficha Técnica y Memoria Descriptiva) de los Monu- mentos Arqueológicos mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiesen afectar oalterar el paisaje de los Monumentos Arqueológicos declara- dos "Patrimonio Cultural de la Nación", deberán contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspon- dientes, COFOPRI, autoridades políticas, civiles y supublicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 20173