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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G30/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de noviembre de 2004 de Riesgos y de la Gerencia de Estudios Económicos; y, En uso de la atribución conferida por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Precisar que las inversiones que la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima (CMCPL) se encuentra facultada a adquirir en aplicación de lo dispuesto en su Ley Especial son las siguientes: a) Certificados de depósito emitidos por una empre- sa del sistema financiero del país; así como instrumen-tos hipotecarios, warrants, y letras de cambio prove- nientes de transacciones comerciales, emitidos por en- tidades establecidas en el país. b) Instrumentos representativos de deuda privada e instrumentos representativos de capital para la cartera negociable, emitidos por empresas establecidas en elpaís, que sean materia de algún mecanismo centraliza- do de negociación conforme a la ley de la materia. c) Certificados de participación en los fondos mutuos y fondos de inversión administrados por sociedades es- tablecidas en el país, supervisadas y reguladas por el organismo competente. d) Títulos representativos de la deuda pública perua- na, interna y externa, así como obligaciones del Banco Central de Reserva del Perú. Artículo Segundo.- Para efectuar inversiones adi- cionales a las mencionadas en el artículo anterior, laCaja Municipal de Crédito Popular de Lima deberá solici- tar la autorización respectiva de acuerdo con lo dis- puesto en la normativa vigente. Artículo Tercero.- La Caja Municipal de Crédito Po- pular de Lima deberá contar con una política de inversio- nes establecida de acuerdo con su grado de exposicióny tenerla a disposición de la Superintendencia para cuan- do ésta la solicite. Artículo Cuarto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 20121 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G53/G75/G64/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G65/G6C /G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G2D/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1815-2004 Lima, 4 de noviembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por el Banco Sudamerica- no para que se le autorice el traslado de su Agencia ubicada en local comercial Nº 15 de la Galería Comer-cial Complejo Marriott, con frente a la Av. José Larco Nº 1301, distrito de Miraflores, provincia y departa- mento de Lima, al local comercial Nº 34 de la mismaGalería; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "B" mediante Informe Nº DESF "B" 172-OT/2004; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban-ca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular Nº B-2134- 2004; y, en uso de la facultad delegada mediante Reso- lución SBS Nº 003-98;RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Sudamericano el traslado de su Agencia ubicada en el local comercialNº 15 de la Galería Comercial Compleo Marriott, con frente a la Av. José Larco Nº 1301, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, al local comercial Nº34 de la misma Galería. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca 20118 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G6F/G6A/G61/G6D/G69/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G61/G6E/G64/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G58/G49/G56/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G20/G45/G73/G63/G6F/G6C/G61/G72/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G54/G65/G63/G6E/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61/G20/G46/G45/G4E/G43/G59/G54/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 347-2004-CONCYTEC-P Lima, 9 de noviembre de 2004 VISTOS: El Informe Técnico y el Informe Legal de fecha 9 de noviembre del 2004 a través de los cuales se recomienda declarar en Situación de Urgencia la Con-tratación del Servicio de Alojamiento para participantes de la XIV Feria Escolar Nacional FENCYT 2004, así como de la contratación del servicio de alquiler e instala-ción de stands para la mencionada Feria Nacional. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28303, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC es un organismopúblico descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de dere- cho público interno y autonomía científica, administrati-va y económica; Que, el CONCYTEC, es el organismo rector del SY- NACYT, encargado de dirigir, fomentar, coordinar, su-pervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; Que, el literal l) del artículo 5º de la Ley Nº 28303, dispone que corresponde al Estado normar, orientar, co- ordinar, planificar, fomentar, supervisar y evaluar el de- sarrollo de la CTel, para el cumplimiento de los objetivosnacionales entre los que se encuentra la promoción, divulgación e intercambio de CTel en los diferentes nive- les del sistema educativo a través de museos, ferias,premios nacionales y otros mecanismos que propicien la valorización social del conocimiento, la identificación y promoción de talentos y la adopción de hábitos perma-nentes de investigación e innovación; Que, el Ministerio de Educación y la Oficina de Actuali- zación y Fortalecimiento de las Ciencias del CONCYTEC,han programado la realización de la fase final de la XIV Feria Escolar Nacional FENCYT 2004, a realizarse del 12 al 14 de noviembre de 2004, en la ciudad de Lima; Que, a la XIV FENCYT concurrirán escolares prove- nientes de las diferentes regiones del Perú, así como de los países que conforman la Organización de los Esta-dos Americanos - OEA; Que, el CONCYTEC convocó a procesos de selec- ción de Adjudicación Directa Selectiva Nºs. 006 y 007para la contratación de los servicios “Alojamiento para participantes de la XIV Feria Escolar Nacional FENCYT