Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (10/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G30/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de noviembre de 2004 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1128/INC Lima, 27 de octubre de 2004VISTO, El Acuerdo Nº 0521, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 29 defecha 7 de octubre del 2004; CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organis- mo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsa- ble de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación,conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 0521 de fecha 7 de octu- bre de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del InstitutoNacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos "Quisipata" (N 8´876, 505 - E 267,407), "Cancal" (N 8’ 876, 086 - E 270,181),"Quero" (N 8’877, 025 - E 273,483) y "Villa Alta" (N 8’878, 043 - E 272,516), ubicados en la provincia de Bolognesi, departamento de Ancash; Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, y de la Oficina de AsuntosJurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Su-premo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Or- ganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción los sitios arqueológicos siguientes: "Quisipata" (N 8’876, 505 - E 267,407), "Cancal" (N 8’876, 086 - E 270,181), "Quero" (N 8’877, 025 - E 273,483) y "VillaAlta" (N 8'878 043 - E 272,516), ubicados en la provincia de Bolognesi, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Encargar al Instituto Nacional de Cultu- ra - Ancash, la elaboración del Expediente Técnico (Pla- no, Ficha Técnica y Memoria Descriptiva) de los Sitios Arqueológicos mencionados en el Artículo 1º de la pre-sente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiesen afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberán contar con laaprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspon-dientes, COFOPRI, autoridades políticas, civiles y su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 20174 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1130/INC Lima, 27 de octubre de 2004VISTO, El Acuerdo Nº 545, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 30 defecha de 14 octubre del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organis- mo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsa- ble de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 545 de fecha 14 de octu- bre de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del InstitutoNacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos siguientes: - Sitio Arqueológico Nº 4 "Pedregal I" (Cajb. 16g-04), ubicado en el caserío Pedregal, distrito y provincia de Cajabamba, departamento de Cajamarca. - Sitio Arqueológico Nº 5 "Pedregal II" (Cajb. 16g-05), ubicado en el caserío Pedregal, distrito y provincia de Cajabamba, departamento de Cajamarca. - Sitio Arqueológico Nº 10 "El Soplo" (Pat. 16h-01), ubicado en el caserío Los Altos del Soplo, distrito de Sartimbamba, provincia de Sánchez Carrión, departa-mento de La Libertad. - Sitio Arqueológico Nº 11 "Minaspampa" (Pat. 16h- 2), ubicado en el caserío Minaspampa, distrito de Sartim-bamba, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad. - Sitio Arqueológico Nº 12 "San Mateo" (Pat. 16h-03), ubicado en el caserío San Mateo, distrito de Sartimbam- ba, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad. - Sitio Arqueológico Nº 13 "Talpito I" (Pat. 16h-04), ubicado en el caserío Aragustay, distrito de Cochorco, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Li-bertad. - Sitio Arqueológico Nº 14 "Talpito II" (Pat. 16h-05), ubicado en el caserío Aragustay, distrito de Cochorco,provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Li- bertad. - Sitio Arqueológico Nº 15-16 "Talpito III" (Pat. 16h-06 - Pat. 16h-07), ubicado en el caserío Aragustay, distrito de Cochorco, provincia de Sánchez Carrión, departamen- to de La Libertad. - Sitio Arqueológico Nº 17 "Talpito IV" (Pat. 16h-08), ubicado en el caserío Aragustay, distrito de Cochorco, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Li-bertad. - Sitio Arqueológico Nº 18 "Talpito V" (Pat. 16h-09), ubicado en el caserío Aragustay, distrito de Cochorco,provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Li- bertad. - Sitio Arqueológico Nº 19-20 "Talpito VI" (Pat. 16h-10 - Pat. 16h-11), ubicado en el caserío Aragustay, distrito de Cochorco, provincia de Sánchez Carrión, departa- mento de La Libertad. Y aprobar los expedientes técnicos (Ficha Técnica, Memoria Descriptiva de las áreas intangibles de los mo-numentos arqueológicos antes citados: - Plano Nº 03, de "Ubicación y Poligonal de Delimita- ción Arqueológica Pedregal I" (Sitio 4), con un área intangi- ble de 1,829.37 m2 y 169.60 ml. de perímetro. Escala: 1/ 250 de septiembre-2004, ubicado en el caserío Pedre-gal, distrito y provincia de Cajabamba, departamento de Cajamarca. - Plano Nº 04, de "Ubicación y Poligonal de Delimita- ción Arqueológica Pedregal II" (Sitio 5), con un área in- tangible de 6,833.48 m2 y 325.72 ml. de perímetro. Es- cala: 1/500 de septiembre-2004, ubicado en el caseríoPedregal, distrito y provincia de Cajabamba, departa- mento de Cajamarca. - Plano Nº 05, de "Ubicación y Poligonal de Delimita- ción Arqueológica El Soplo" (Sitio 10), con un área intan- gible de 7,657.072 m2 y 488.718 ml. de perímetro. Esca- la: 1/500 de septiembre-2004, ubicado en el caserío LosAltos del Soplo, distrito de Sartimbamba, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad. - Plano Nº 08, de "Ubicación y Poligonal de Delimita- ción Arqueológica Talpito I" (Sitio 13), con un área intan- gible de 2,213.866 m2 y 215.586 ml. de perímetro. Esca- la: 1/400 de septiembre-2004, ubicado en el caserío