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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (21/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 280797 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de noviembre de 2004 ción de personal de Capitanía de Puerto y represen- tante del Comité Local de vigilancia y Control Regio-nal. Artículo Cuarto.- Los representantes de los Ca- seríos y Comunidades Nativas que conformen los Comités Locales de Vigilancia y Control, deben ser elegidos en asamblea y reconocidos por los case-ríos y comunidades respectivamente. Asimismo, de- berán estar acreditados por la Dirección Regional de la Producción correspondiente con una vigencia deun año. Artículo Quinto.- Las funciones de los Comités Locales de Vigilancia se efectuarán sin perjuicio delas acciones de Control y Vigilancia de la Dirección Regional Sectorial de Producción de Ucayali. Artículo Sexto.- El Gobierno Regional de Ucayali designará el presupuesto necesario para el cumpli- miento y ejecución de acciones de Organización de Comités Locales de Control y Vigilancia Pesquero enCaseríos y Comunidades Nativas de la Región Uca- yali. Artículo Séptimo.- Declarar prioritario la imple- mentación del laboratorio de toxicología en la Región Ucayali a través del Proyecto “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Laboratorio Referencial deYarinacocha a través del área de Toxicología”, con la finalidad de identificar el uso de sustancias tóxicas en los pescados utilizados en el consumo humano yla preservación del medio ambiente. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza Re- gional entrará en vigencia al día siguiente de su pu-blicación en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación local. Por tanto mando se publique y cumpla. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 21095 Aclaran la Resolución Ejecutiva Regio- nal N” 1398-2004-GRU-P RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1400-2004-GRU-P Pucallpa, 4 de noviembre de 2004 VISTO; La Resolución Ejecutiva Regional Nº 1398- 2004-GRU-P; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1398-2004-GRU-P de fecha 4 de noviembre de 2004, se declaró la NULIDAD del acto de evaluación y califica-ción de las propuestas económicas de los ítems 14 y 15 del Proceso de Selección de Licitación Pública Nacional Nº 006-2004-GOREU; en dicha resolución se advierteun error material en la tercera línea del primer consideran- do y tercera línea del artículo primero, en el extremo que se ha consignado como Licitación Pública "Internacio-nal", debiendo ser lo correcto: Licitación Pública NACIO- NAL; Que, en Art. 201º de la Ley Nº 27444, los errores materiales o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cual- quier momento, de oficio o a instancia de los administra-dos; concordante con el Art. 14º numeral 14.1, que faculta a la propia autoridad emisora, efectuar la en- mienda en vicios no trascendentes que no invalidan elacto; En uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 27867 y la Ley Nº 27444;SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACLARAR el primer párrafo de la parte considerativa y el Artículo Primero de la parte re- solutiva, el extremo que dice: "Licitación Pública Interna-cional", debiendo ser lo correcto: "LICITACIÓN PÚBLI- CA NACIONAL". Artículo Segundo.- La presente resolución forma parte de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 1398-2004- GRU-P. Regístrese y comuníquese. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 21096 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Prorrogan plazo de vencimiento de diversas cuotas de los arbitrios muni- cipales del aæo 2004 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2004-MDB Barranco, 19 de noviembre del 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS, la Ordenanza Nº 208-MDB y el Decreto de Alcaldía Nº 015-2004-MDB; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos degobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la fecha de vencimiento para el pago de la prime- ra, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, novena y décima cuotas de los arbitrios municipales del año 2004 fue ampliada mediante Decreto de Alcaldía Nº015-2004-MDB hasta el 20 de noviembre del 2004; Que, a fin de que un mayor número de contribuyen- tes pueda acogerse a los beneficios que contempla laOrdenanza Nº 208-MDB, resulta necesario extender el plazo del vencimiento de las cuotas de los arbitrios refe- ridas; Que, es política de la Municipalidad Distrital de Ba- rranco otorgar a los contribuyentes las máximas facili- dades para garantizar el cumplimiento de sus obligacio-nes de pago; Que, en ejercicio de la facultad conferida por el artí- culo tercero de la Ordenanza Nº 208-MDB; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer la prórroga del venci- miento de la primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, novena, décima y décimo prime- ra cuotas de los arbitrios municipales del año 2004, has-ta el 20 de diciembre del 2004. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Administración Fi-nanciera y Tributaria, Subgerencia de Tesorería y Uni- dad de Estadística e Informática. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 21011