Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2004 (22/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 22 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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la delegacion, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de Centros Poblados de:
ITEM CENTRO POBLADO DISTRITO 1 MORDAZA COTABAMBAS 2 CULEBREROS MORDAZA MORDAZA DE MOSSA 3 EL MORDAZA OLMOS 4 EL MORDAZA MORROPE 5 6 7 8 LA COLPA LA MORDAZA LANCHECONGA LAS PIRIAS PROVINCIA COTABAMBAS MORROPON MORDAZA MORDAZA DEPARTAMENTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

CHALAMARCA CHOTA QUEROCOTILLO CUTERVO HUAMBOS MORDAZA SALITRAL LLOCHEGUA HUARANGO INCAHUASI SAN MORDAZA DE MORDAZA PICHANAQUI MORDAZA CRESPO Y MORDAZA SINCOS HAQUIRA PICHIGUA MORDAZA CRESPO Y MORDAZA SAN MORDAZA CHOTA SAN MORDAZA MORROPON HUANTA SAN MORDAZA FERRENAFE SAN MORDAZA

9 MALACASI 10 MAYAPO 11 MIRAFLORES 12 MOYAN 13 MORDAZA MORDAZA 14 MORDAZA CAMONA 15 PUEBLO MORDAZA 16 SALLAHUACHAC 17 SAN MORDAZA DE LLAC-HUA 18 SAN MORDAZA 19 MORDAZA MORDAZA DE ANDA 20 TITIRE

CHANCHAMAYO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA JAUJA COTABAMBAS ESPINAR MORDAZA MORDAZA MARISCAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

mentarias para la Prevencion del MORDAZA de Activos, aplicables a las empresas supervisadas, que contienen disposiciones sobre el sistema de prevencion adicionales a las establecidas mediante Ley Nº 27693, MORDAZA que creo la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 163-2002-EF; Que, por su parte, mediante la Resolucion SBS Nº 556-2004 del 21 de MORDAZA del 2004 se otorgo un plazo de adecuacion de seis (6) meses para que las empresas supervisadas por esta Superintendencia procedan a registrar las operaciones a que se refiere el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27693. No obstante, la MORDAZA preciso que las empresas del sistema financiero debian continuar efectuando el registro de operaciones en efectivo hasta el vencimiento del plazo indicado; Que, mediante la Ley Nº 28306 se han introducido modificaciones a lo dispuesto por la Ley Nº 27693, resultando necesario otorgar una ampliacion al plazo senalado en el parrafo precedente de esta Resolucion; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca, Seguros, Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Asesoria Juridica y Riesgos, asi como por la Gerencia de Estudios Economicos; y, En uso de las facultades conferidas por los numerales 7 y 9 del articulo 349º de la Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliese hasta el 1 de enero de 2005 el plazo de seis (6) meses otorgado en el inciso b) del articulo primero de la Resolucion SBS Nº 556-2004 a las empresas senaladas en el articulo 1º de las Normas Complementarias para la Prevencion del MORDAZA de Activos, aprobadas por Resolucion SBS Nº 1725-2003, para proceder a registrar las operaciones a que se refiere el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27693, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2002-EF. No obstante, las empresas del sistema financiero deben continuar efectuando el registro de operaciones en efectivo hasta el vencimiento del plazo indicado, a partir del cual deberan realizar el registro de operaciones de conformidad con las normas aplicables. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 21028

Articulo 2º.- Los Jefes de las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de Centros Poblados mencionados en el articulo precedente, quedan encargados de las funciones establecidas en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM de fecha 23 de MORDAZA de 1998, asi como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3º.- El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros de nacimiento, matrimonio y defuncion, a las Oficinas de Registro de Estado Civil, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a estas, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe 20643

UNIVERSIDADES
Autorizan viaje de Presidente del Consejo Superior de Investigaciones de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA a Brasil, para participar en evento del CLAF
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RECTORADO RESOLUCION RECTORAL Nº 005536-R-04 MORDAZA, 18 de noviembre de 2004 Visto el Expediente con Registros de Mesa de Partes General Nº 20202-RG-04 del Consejo Superior de Investigaciones, sobre viaje al exterior en Comision de Servicios; CONSIDERANDO: Que via comunicacion fax del 7 de octubre de 2004, el Centro Latinoamericano de Fisica (CLAF) invita al Dr.

SBS
Amplian plazo a que se refiere la Res. SBS Nº 556-2004, para que las empresas supervisadas procedan a registrar operaciones a que se refiere el Reglamento de la Ley Nº 27693
RESOLUCION SBS Nº 1889-2004 MORDAZA, 18 de noviembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 1725-2003 del 12 de diciembre de 2003 se aprobaron las Normas Comple-

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