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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (22/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 3

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G30/G38/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de noviembre de 2004 Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector encargado de la gestión y administración de los recursos forestales y de fauna silvestre a nivel nacional, de conformidad con lo previstotanto en el numeral 3.4 del artículo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, como en el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº014-2001-AG; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0314-2002- AG, se aprueban las Disposiciones Complementariaspara el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, encargándose al Instituto Nacional de Recursos Natu- rales - INRENA su difusión, aplicación y cumplimiento; Que, con Carta Nº 272-2004-INRENA-IFFS (DA- CFFS), la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre co- munica a INKA TERRA ASOCIACIÓN que su solicituddel área para concesión continuará bajo la modalidad de Concesión Directa, autorizándole a presentar su Pro- puesta Técnica, de conformidad con lo señalado en elnumeral 18.2 del 18º de la Resolución Ministerial Nº 0314- 2002-AG, precisando en relación a la oferta económica que se hace al Estado por derecho de aprovechamien-to, que la escala correspondiente se encuentra en pleno proceso de aprobación de parte del INRENA; Que, mediante Carta S/N del 28 de abril del 2004, el señor José Purisaca Puicón, Gerente General de INKA TERRA ASOCIACIÓN, remite a la IFFS la Propuesta Técnica descrita, la cual incluye un documento de 134folios, y mediante Carta S/N de fecha 01 de setiembre del 2004, en relación a la oferta económica, la menciona- da empresa señala que se acogerá a los pagos que porderecho de aprovechamiento apruebe el INRENA; Que, la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG es- tablece en sus artículos 16º y 19º, el contenido de laPropuesta Técnica y los criterios para su calificación; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 573-2004- INRENA-IFFS-OAJ de fecha 20 de agosto del 2004, seevaluó la Propuesta Técnica presentada por INKA TE- RRA ASOCIACION, la cual ha obtenido el 75% del pun- taje, superando así el puntaje mínimo establecido en elnumeral 18.3 del artículo 18º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG; Que, el numeral 22.1 del artículo 22º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG dispone que la concesiónse otorga mediante Resolución Jefatural, la cual es pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano e incluye la decla- ración de ganador y aprobación de la Propuesta Técni-ca, en caso de concesión directa; Que, el literal a) del artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre es la encar- gada de proponer las políticas, normas, sistemas, pla-nes y programas relacionados con la gestión y adminis- tración de recursos forestales, además de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecución; En uso de las facultades otorgadas mediante el inci- so j) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto SupremoNº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Propuesta Técnica” pre- sentada por INKA TERRA ASOCIACION. Artículo 2º.- Otorgar una concesión para ecoturis- mo a favor de la empresa INKA TERRA ASOCIACIÓN,bajo la modalidad de concesión directa, a desarrollarse en un área de 9,999.981 hectáreas, ubicada en el distrito Las Piedras, provincia de Tambopata, departamento deMadre de Dios, por un período de 40 años renovables. Artículo 3º.- Definir el área que se otorga en conce- sión, la cual se encuentra enmarcada dentro de las si-guientes coordenadas geográficas: VérticeEste(E)Norte(N) VérticeEste(E)Norte(N) VérticeEste(E)Norte(N) P14948248615074 P134993798617552 P255045438616447 P24952719615324 P144998138617963 P265047258616255 P34957948615561 P155003168618175 P275048828616403 P44958408165588 P165004048618233 P285048828616404 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU