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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (22/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 2

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G30/G38/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de noviembre de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F AGRICULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G20/G6F/G74/G6F/G72/G2D /G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G66/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G63/G6F/G74/G75/G72/G69/G73/G2D /G6D/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G64/G72/G65/G20/G64/G65 /G44/G69/G6F/G73 INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 224-2004-INRENA Lima, 8 de noviembre de 2004 VISTO: El Informe Técnico Legal Nº 684-2004-INRENA-IFFS- OAJ de fecha 24 de septiembre de 2004, por el cual se realizó la evaluación de la Propuesta Técnica presenta-da por el Sr. Tiburcio Huacho Hoyos para la concesión directa de un área con fines de ecoturismo a desarrollar- se en 279.72 hectáreas, ubicadas en el distrito y provin-cia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, la misma que tendrá la denominación de Desarrollo Turís- tico y Conservación Agua Negra-Madre de Dios, por loque recomienda aprobarla mediante la Resolución Jefa- tural correspondiente. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover laconservación de la diversidad biológica; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector encargado de la gestión yadministración de los recursos forestales y de fauna silvestre a nivel nacional, de conformidad con lo previsto tanto en el numeral 3.4 del artículo 3º de la Ley Nº 27308,Ley Forestal y de Fauna Silvestre, como en el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0314-2002- AG, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo,encargándose al Instituto Nacional de Recursos Natu- rales - INRENA su difusión, aplicación y cumplimiento; Que, con Carta Nº 550-2004-INRENA-IFFS (DA- CFFS), la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre co- munica al Sr. Tiburcio Huacho Hoyos que su solicitud del área para concesión continuará bajo la modalidad deConcesión Directa, autorizándole a presentar su Pro- puesta Técnica, de conformidad con lo señalado en el numeral 18.2 del 18º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG; Que, mediante Carta Nº 003-2004-THH del 16 de septiembre del 2004, el señor Tiburcio Huacho Hoyos,remite a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre la Propuesta Técnica descrita, la cual incluye un documento de 50 folios, y en relación a la oferta económica, la men-cionada empresa señala que se acogerá a los pagos que por derecho de aprovechamiento apruebe el INRE- NA; Que, la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG es- tablece respectivamente en sus artículos 16º y 19º, el contenido de la Propuesta Técnica y los criterios para sucalificación; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 684-2004- INRENA-IFFS-OAJ de fecha 24 de septiembre del 2004,se evaluó la Propuesta Técnica presentada por el Sr. Tiburcio Huacho Hoyos, la cual ha obtenido el 80% del puntaje, superando así el puntaje mínimo establecido enel numeral 18.3 del artículo 18º de la Resolución Ministe- rial Nº 0314-2002-AG; Que, el numeral 22.1 del artículo 22º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG dispone que la concesión se otorga mediante Resolución Jefatural, la cual es pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano e incluye la decla-ración de ganador y aprobación de la Propuesta Técni- ca, en caso de concesión directa;Que, el literal a) del artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre es la encar-gada de proponer las políticas, normas, sistemas, pla- nes y programas relacionados con la gestión y adminis- tración de recursos forestales, además de controlar ysupervisar su cumplimiento o ejecución; En uso de las facultades otorgadas mediante el inci- so j) del artículo 8º del Reglamento de Organización yFunciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Propuesta Técnica” pre- sentada por el Sr. Tiburcio Huacho Hoyos. Artículo 2º.- Otorgar una concesión para ecoturis- mo a favor del Sr. Tiburcio Huacho Hoyos, bajo la moda-lidad de concesión directa, a desarrollarse en un área de 279.72 hectáreas, ubicada en el distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, por unperíodo de 40 años renovables. Artículo 3º.- Definir el área que se otorga en conce- sión, la cual se encuentra enmarcada dentro de las si-guientes coordenadas geográficas: Vértice Norte (N) Este (N) 1 8600300 452720 2 8600300 453500 3 8601829 453500 4 8601829 453922 5 8602133 453922 6 8602000 454750 7 8600572 454403 8 8601068 453348 9 8601207 452720 Artículo 4º.- Precisar que el otorgamiento de la con- cesión se complementa con la suscripción del contrato correspondiente, en consecuencia para que la conce-sión se haga efectiva el interesado deberá suscribir el referido contrato con el INRENA, conforme a lo estipula- do en el artículo 23º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG. Regístrese, comuníquese y publíquese.LEONCIO ÁLVAREZ VÁSQUEZ Jefe 21037 INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 225-2004-INRENA Lima, 8 de noviembre de 2004 VISTO: El Informe Técnico Legal Nº 573-2004-INRENA-IFFS- OAJ de fecha 20 de agosto de 2004, por el cual se realiza la evaluación de la Propuesta Técnica presenta- da por INKA TERRA ASOCIACIÓN para la concesióndirecta de un área con fines de ecoturismo a desarrollar- se en un área de 9,999.981 hectáreas, ubicada en el distrito Las Piedras, provincia de Tambopata, departa-mento de Madre de Dios, la misma que tendrá la denomi- nación de Reserva Ecológica INKATERRA, por lo que recomienda aprobarla mediante la Resolución Jefaturalcorrespondiente. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica;